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PÆg. 238357 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 gistro Nacional de Identificación y Estado Civil hasta que, la Buena Pro del Concurso Público Nº 008-2002-RENIEChaya quedado consentida. Artículo Segundo.- Encargar a la División de Logís- tica de la Gerencia de Administración la contratación delservicio de mensajería a nivel nacional, conforme a los considerandos expuestos. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración la comunicación de la presente resolución a laContraloría General de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02032 Declaran en situación de urgencia el servicio de impresión de formatos diver-sos en RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 029-2003-JEF/RENIEC Lima, 31 de enero de 2003 VISTOS, el Informe Nº 037-2003/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 30.ENE.2003; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Ci- vil - RENIEC, es un organismo constitucionalmente autóno- mo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica,administrativa, económica y financiera, conforme lo dispo-ne el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, Ley Nº 26497; Que, con fecha 23 de octubre del 2002, el Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil convocó al Concurso Público Nº 007-2002-RENIEC a fin de contratar el serviciode impresión de formatos diversos; aprobadas que fueranlas bases por el Comité Especial y, luego de efectuada laevaluación correspondiente, el 19 de diciembre del 2002 seotorgó la Buena Pro a las empresas ENOTRIA, GRAFICA TÉCNICA S.R.L., y SERVICIO GRAFICOS 2001; Que, el 27 de diciembre del 2002 las empresas ENO- TRIA, GRAFICA TÉCNICA S.R.L. y SCHROTH CORPO-RATION PAPELERA S.A.C. interpusieron recursos admi-nistrativos de apelación contra el otorgamiento de la Bue-na Pro, los mismos que fueran resueltos por la Entidad manteniéndose pendiente de resolver por CONSUCODE el recurso de revisión que la empresa GRAFICA TÉCNI-CA S.R.L. ha interpuesto; Que, no habiendo quedado aún consentida la Buena Pro ni existiendo fecha cierta para ello; se presenta unasituación en la cual el RENIEC no cuenta con el servicio de impresión de formatos diversos, perjudicándose así la operatividad de la Entidad, haciéndose necesario decla-rar en urgencia dicho servicio; Que, el artículo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM describe que la situa- ción de urgencia debe entenderse como una medida tem- poral ante un hecho de excepción, la cual determina unaacción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensa-ble para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realiceel proceso de selección correspondiente para las adqui- siciones y contrataciones definitivas; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMpublicado el 13 de febrero del 2001, en su artículo 21ºprecisa que: "se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las opera- ciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Di- cha situación faculta a la Entidad a la adquisición o con- tratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempoo cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda"; Que, así mismo, el artículo 19º de la norma citada en el numeral anterior señala que: "Están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju- dicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: c) En situaciones de emer- gencia o de urgencia declaradas ..."; Que, finalmente y en concordancia con los artículos antes citados, la Entidad hará las adquisiciones o contratacionesmediante acciones inmediatas sobre la base de la obtenciónde una cotización que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorización expresa del Titular; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Ge- rencia de Asesoría Jurídica y, de conformidad a las facul-tades conferidas por el inciso h) del artículo 11º delReglamento de Organización y Funciones ResoluciónJefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia el Servicio de Impresión de Formatos Diversos en elRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil hasta que, la Buena Pro del Concurso Público Nº 007-2002- RENIEC haya quedado consentida. Artículo Segundo.- Encargar a la División de Logís- tica de la Gerencia de Administración la contratación delservicio de Impresión de Formatos Diversos, conforme alos considerandos expuestos. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración la comunicación de la presente resolución a laContraloría General de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 02033 MINISTERIO PÚBLICO Modifican resolución relativa a compe- tencia territorial de fiscalías provincia-les mixtas de La Molina-Cieneguilla y de Huarochirí RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 133-2003-MP-FN Lima, 30 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es necesario aclarar la Resolución Nº 084-2003- MP-FN, de fecha 20 de enero del 2003 y estando a lodispuesto por el Artículo 64º del Decreto LegislativoNº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar los Artículos Cuarto y Sexto de la Resolución Nº 084-2003-MP-FN, de fecha 20de enero del 2003, los que quedarán redactados de lasiguiente manera: Artículo Cuarto.- La competencia territorial de la Prime- ra y Segunda Fiscalía Provincial Mixta de La Molina – Cie- neguilla, es la siguiente: La Molina, Cieneguilla, Centro Po- blado de Manchay, distrito Santísimo Salvador de Pacháca-mac, Distrito de Antioquia, Cuenca, Huarochirí, Mariatana,San Juan de Tantaranche, San Lorenzo de Quinti, San Pe-dro de Huancayre, Sangallaya, Santiago de Anchuacaya,Santo Domingo de los Olleros, Lahuaytambo y Langa. Artículo Sexto.- Modificar la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Mixta de Huarochirí, siendo a partir de lafecha la siguiente: Zona Norte: Los distritos de Callahuan-