TEXTO PAGINA: 79
PÆg. 238693 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de febrero de 2003 de apoyo en la Municipalidad y en la Comunidad en gene- ral, directamente o a través de las comisiones que inte-gran, lo que les demanda tiempo de trabajo; Que, dada la actual situación económica por la que atra- viesa la Municipalidad, es necesario fijar las dietas y remuneración de los Regidores y Alcalde respectivamenteen forma prudente, por lo que se acordó mantener los nive-les remunerativos establecidos por la gestión anterior; Estando a lo acordado por UNANIMIDAD y con dispen- sa del trámite de aprobación del Acta; y en uso de las fa- cultades conferidas en la Ley Nº 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- ESTABLECER que la Dieta de los señores Regidores y la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para el presente ejer-cicio presupuestal - 2003, sea el mismo que venían perci-biendo en la gestión anterior: - DIETA de S/. 1,000.00 (MIL Y 00/100 NUEVOS SO- LES), que percibirá cada Regidor por su asistencia efecti- va a cada Sesión de Concejo, abonándosele hasta un máxi-mo de 2 (dos) sesiones al mes. - Remuneración del Alcalde S/. 5,900.00 (CINCO MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensual. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director de la Ofi- cina de Administración, el cumplimiento del presente Acuer-do. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID PEREA COLLANTES Alcalde Provincial de Huaral 02246 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-MPH-2003 Huaral, 15 de enero del 2003 Visto; en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de Huaral de la fecha, el informe presentado por el señorPresidente del Concejo Municipal y Alcalde Provincial deHuaral, mediante el cual propone la adquisición de insu- mos por ampliación contractual y declaración de Urgencia; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo señala el Art. 194º, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distrita- les, son los órganos de Gobierno Local con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, por Ley Nº 24059, se crea el Programa del Vaso de Leche, siendo competencia directa de las Municipalida- des garantizar el normal desarrollo de dicho programa a través de los insumos requeridos por diferentes benefi-ciarios; sancionándose posteriormente la Ley Nº 26637norma con la cual se dictaron disposiciones relacionadasa la administración del Programa del Vaso de Leche; Que, del informe presentado por el señor Presidente del Concejo Municipal y Alcalde Provincial, el mismo que se sustenta en lo recomendado por la Dirección Municipaly cuenta además con la opinión legal correspondiente; sedesprende que de tenerse que sujetarse la Entidad al de-sarrollo del proceso de selección respectivo correría el ries-go de no poderse cumplir oportunamente con el suministro de insumos para el normal abastecimiento de los Benefi- ciarios del Programa del Vaso de Leche a cargo de la Mu-nicipalidad; Que, el D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones de Adquisiciones del Estadoen su Artículo 21º señala las causales por las cuales lamáxima autoridad de la Corporación podrá determinar la medida de Urgencia; asimismo el Artículo 141º del D.S. Nº013-2001—PCM, Reglamento de la Ley de Contratacionesde Adquisiciones del Estado, tipifica las causales por las cuales se puede acoger a esta disposición; Que, en la propuesta presentada por el Sr. Alcalde se aprecia que es factible acogerse a ambos procedi-mientos en razón de que por los montos asignados sepresenta la modalidad tipificada en el Artículo 141º ypor las características determinadas se presenta la medida de Urgencia amparada en el Artículo 21º del D.S. Nº 012-2001- PCM; Que, habiendo el Concejo Municipal analizado y evaluado la situación anotada por la Administración yal amparo de lo dispuesto en el Artículo 21º del D.S. Nº012-2001-PCM y Artículo 141º del D.S. Nº 13-2001- PCM, resulta factible atender a lo solicitado por la Administración; Estando a lo expuesto, con la opinión de los órganos competentes de la municipalidad, opinión legal de la Ofici-na de Asesoría Jurídica, conforme a lo dispuesto en el ar-tículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM y artículo 141º del D.S. Nº 013-2001-PCM; y, en uso de las facultades confe- ridas por los artículos 36º y 109º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, con dispensa de lectura de aprobaciónde acta y por mayoría; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- AUTORIZAR la ampliación contractual por adquisiciones y contrataciones complementarias propuestapor la Administración para los meses de enero y febrerodel presente año, hasta por la suma del 30% del contratooriginal conforme lo establece el Artículo 141º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo 2º.- CONSIDERAR SITUACIÓN DE UR- GENCIA la adquisición de Insumos para el Programa delVaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Huaral,por la alícuota correspondiente al mes de febrero y hastaque se culmine el proceso de selección correspondiente conforme a ley. Artículo 3º.- ENCARGAR su cumplimiento a la Direc- ción Municipal Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y ar- chívese. DAVID PEREA COLLANTES Alcalde Provincial de Huaral 02243 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA Declaran en situación de urgencia el Programa del Vaso de Leche y la Divi-sión de Limpieza Pœblica de laMunicipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2003-ACM-MPI Ica, 20 de enero del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE ICA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 2003, el Informe Legal Nº 37-03-AJ-MPI, presen- tado por la Dirección de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de Gobierno Local y como tales tienen autonomía política, económica y administrati-va en los asuntos de su competencia. Corresponden alConcejo las funciones normativas y a la Alcaldía las fun-ciones ejecutivas;