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PÆg. 238676 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 33º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, compete a la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria (SUNAT) fijar la Tasa de InterésMoratorio (TIM), respecto a los tributos que administra y/orecauda; Que el artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas - señala que ADUANAS fijará la Tasa de Interés Moratorio (TIM), de acuerdo al procedimientoseñalado en el Código Tributario; Que asimismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 27658, medianteDecreto Supremo Nº 61-2002-PCM se dispuso la fusión de la Superintendencia Nacional de Aduanas con la Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria, otor-gándose a esta última la calidad de entidad incorporante; Que en tal sentido la presente resolución aprobará la tasa de interés moratorio aplicable a la deuda de tributosinternos y aduaneros; En uso de las facultades conferidas por el artículo 33º del TUO del Código Tributario, el Artículo 19º de la LeyGeneral de Aduanas y el inciso q) del Artículo 19º del Re-glamento de Organización y Funciones de la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjase en uno y cinco décimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplica-ble a las deudas tributarias en Moneda Nacional, corres- pondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT. Artículo 2º.- Fíjase en ochenta y cuatro centésimos por ciento (0.84%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio(TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Ex-tranjera, correspondientes a tributos administrados y/o re- caudados por la SUNAT. Artículo 3º.- Las tasas establecidas en la presente Resolución rigen a partir del día siguiente de la publicaciónde la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 02361 Incorporan contribuyentes al Directo- rio de Principales Contribuyentes deintendencias regionales y oficinas zo-nales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 033-2003/SUNAT Lima, 5 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que el artículo 88º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº135-99-EF y normas modificatorias señala que la declara-ción tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o nor-ma de rango similar; Que por su parte, el artículo 29º del Código antes refe- rido establece que el pago se efectuará en la forma queseñala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de éstos, la Resolución de la Administración Tributaria, espe- cificando asimismo que al lugar fijado por la SUNAT, paralos deudores tributarios notificados como Principales Con-tribuyentes no le será oponible el domicilio fiscal; Que de otro lado, según el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contri- buyentes efectuarán la declaración y el pago de la deudatributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las Unida-des de Principales Contribuyentes de las IntendenciasRegionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que es de interés fiscal incorporar nuevos contribuyen- tes al directorio de Principales Contribuyentes de las In- tendencias Regionales Lima e Ica y de las Oficinas Zona- les de Chimbote, Cajamarca y Huánuco; En uso de las facultades confer idas por los artículos 29º y 88º del TUO del Código Tributario, los artículos 5º y11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artícu-lo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incorpórase al directorio de Principales Contribuyentes de las dependencias que se indican en la siguiente tabla a los contribuyentes señalados en los anexos respectivos, los mismos que deberán cumplir sus obliga-ciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos con-tenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipode trámites referidos a tributos internos administrados y/orecaudados por la SUNAT, únicamente en el lugar señala- do expresamente para cada dependencia en la referida ta- bla: DEPENDENCIA ANEXO Nº LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIO- NES FORMALES Y SUSTANCIALES 1 Av. Benavides Nº 222, distrito de Miraflores, pro- vincia de Lima, departamento de Lima. INTENDENCIA 2 Av. Abancay Nº 491, distrito de Lima, provincia REGIONAL LIMA de Lima, departamento de Lima. 3 Av. Elmer Faucett s/n Centro Aéreo Comercial, tiendas 105, 106, 107 y 108. INTENDENCIA 4 Av. Matías Manzanilla Nº 106, distrito de Ica, pro- REGIONAL ICA vincia de Ica, departamento de Ica ó Calle Colón Nº 100, distrito de Chincha Alta, pro- vincia de Chincha, departamento de Ica ó Av. Mariscal Cáceres Nº 399, Segundo Piso, dis- trito de Ayacucho, provincia de Huamanga, de- partamento de Ayacucho OFICINA ZONAL 5 Jr. Manuel Villavicencio Nº 226 - Casco Urbano, CHIMBOTE distrito de Chimbote, provincia de Santa, depar- tamento de Ancash. OFICINA ZONAL 6 Jr. Belén Nºs. 740 -748, distrito de Cajamarca, CAJAMARCA provincia de Cajamarca, departamento de Caja- marca OFICINA ZONAL 7 Esquina 28 de Julio S/N, Edificio Estatal Nº 1, HUÁNUCO distrito de San Juan de Pampa, provincia de Pas- co, departamento de Pasco. Artículo 2º.- La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución a los contribuyentes señalados en losanexos. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional ANEXO Nº 1 RUC Nombre o Razón Social 20117623794 DISTGAN S.A.C. 20144298161 TERMINAL TERRESTRE ICA SA 20257121535 AGR OPECUARIA SUR ANDINA S.A. 20265752579 INVERSIONES HUARANGAL S.A. 20376721737 MARITIMA SUR PACIFICO S.A.C. 20416715301 CAÑAVERAL S.A. 20424964990 CART ONES VILLA MARINA S.A. 20425789326 CONSTRUCTORA AUSTRAL S.A.C. 20430792122 CORPORACION PERUANA DEL PUERTO S.A.C. 20457304847 COMPAÑIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C. 20501436357 CONSORCIO GMD-COMSA-OYR 20501751201 PRO YECTOS MINEROS Y CIVILES EIRL 20501942996 A VIPRO S.A.C. 20501991423 CONCENTRADORA DE MINERALES FORTUNA S.A. 20502545346 CONSORCIO CETIC - HUAYMANTA 20502619994 DAEWOO ELECTRODOMESTICOS S.A.C. 20503332052 QMAX PERU S.A.C. 20503371899 INITIATIVE MEDIA SUCURSAL DEL PERU 20503423287 CENTELSA PERU S.A.C.