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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (06/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 238691 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son losórganos del Gobierno Local y tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que el artículo 41º del Código Tributario señala que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condo-nar con carácter general el interés moratorio y las sancio-nes respecto de los tributos que administren; Que, es política de la nueva administración edil, otorgar el máximo de facilidades a los contribuyentes para regula- rizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias for- males y sustanciales vencidas, libres del pago de los com-ponentes de la obligación principal, así como también delas sanciones administrativas; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huaral , en Sesión Extraordi- naria de fecha 15 de enero del 2003; en uso de las faculta-des conferidas por el Inc. 3) del artículo 36 de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámi-te de aprobación del Acta, por unanimidad aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- CONCEDER el Beneficio de Regu- larización Tributaria y Administrativa por esta única vez en el presente ejercicio en favor de los contribuyentes de la provincia de Huaral, a partir del 2 de enero del presenteaño. DEUDA TRIBUTARIA: OTORGAR con carácter general la condonación de in- tereses, recargos, reajustes y multas correspondiente alImpuesto Predial. MULTAS ADMINISTRATIVAS CONCEDER el beneficio de abonar solamente S/. 10.00 (DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la deuda por papele-tas de Infracción al Reglamento de Tránsito, de TransportePublico; impuestas al 31 de diciembre del año 2002. Artículo Segundo- Se incluyen en este beneficio todas aquellas deudas pendientes de pago vencidas al 31 de diciembre del año 2002, descritas en el artículoprimero, e incluidas las que se encuentran en vía coacti-va, condonándose los gastos, costas y/o arancelescoactivos la que se suspenderá automáticamente a lafecha en la que el deudor se acoja a los beneficios de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Conforme a la presente Ordenanza se entiende que los contribuyentes que se acojan al pre-sente beneficio de regularización hacen expreso reconoci-miento de su deuda con la Municipalidad, por lo que nopodrán presentar futuras reclamaciones, respecto a las deudas incluidas en dicho pago. Los contribuyentes que tuvieran reclamaciones pendientes por los tributos o multas que son materiadel presente beneficio, para acogerse a este beneficiodeberán desistirse de las mismas, presentando para talefecto una copia del cargo de la solicitud de desistimien- to, debidamente sellado por la Unidad de Administra- ción Documentaria, el mismo que se anexará al expe-diente administrativo. Artículo Cuarto.- Al 28 de febrero del 2003 fecha de vencimiento del plazo del beneficio de regularizaciónque por la presente Ordenanza se concede, la Municipalidad procederá inmediatamente a ejecutar la cobranza total de la deuda pendiente de pago, incluyen-do las sanciones tributarias, los intereses moratorios yel íntegro de las multas adeudadas, utilizando en loscasos que fuera necesario el procedimiento de cobran-za coactiva. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Rela- ciones Públicas e Imagen Institucional su difusión, y a laOficina de Administración Tributaria el cumplimiento de lapresente Ordenanza.POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. DAVID PEREA COLLANTES Alcalde Provincial de Huaral 02245 Amplían beneficios tributarios otorga- dos mediante la Ordenanza N” 001-2003-MPH ORDENANZA Nº 002-2003-MPH Huaral, 22 de enero del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huaral en Sesión Ordinaria de fecha 22 de enero del 2003, bajo la presidencia del señorAlcalde y con la totalidad de los señores regidores, se trató como punto de agenda la ampliación del Beneficio Espe- cial de Regularización Tributaria y Administrativa; CONSIDERANDO:Que, en virtud a la Ordenanza Nº 001-2003-MPH de fecha 15 de enero de 2003, se concede el beneficio de regularización tributaria aplicado a todos los contribuyentesdel distrito que adeudan el Impuesto Predial; Que, a fin de asegurar un proceso de saneamiento de los ingresos tributarios básicamente por lastransferencias de inmuebles y vehículos, la formaliza- ción de establecimientos comerciales industriales y de servicios y la construcción de vivienda, resulta nece-sario la adopción de medidas extraordinarias de carác-ter económico y financiero y darle a la recaudación uncarácter equitativo; Que, también resulta necesario atender a las deman- das de los usuarios del servicio público de limpieza, conociendo de las limitaciones en su prestación acae-cidos en la gestión anterior; Que, estando a lo antes expuesto, en virtud de lo establecido en el Texto Único del Código Tributario aproba-do por Derecho Supremo Nº 135-99-EF y estando a lo dis- puesto por el Artículo 109º, numeral 3) del Artículo 36º y numeral 2) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 23853, se ha expedido la siguiente Ordenan-za: SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR los beneficios tributarios establecidos en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº001-2003-MPH de condonación de los reajustes, intere-ses moratorios y multas hasta el 28 de febrero del 2003, alImpuesto de Alcabala, Vehicular y Espectáculos Públicos No Deportivos. Artículo Segundo.- REDUCIR en un 50% el monto de los Arbitrios Municipales que se adeudan por los ejercicios1999, 2000, 2001 y 2002, siendo extensivo el mismo bene-ficio por la obtención de la Licencia de funcionamiento y deconstrucción de Vivienda. Artículo Tercero.- La forma de pago de la deuda que se establezca como consecuencia del presente beneficiopodrá ser cancelada: 1.- Al Contado. 2.- Pago Fraccionado, con la escala siguiente: Deuda Tributaria: Desde S/. 1.00 hasta S/. 300.00máximo 3 cuotas Desde S/. 301.00 hasta S/. 600.00máximo 5 cuotas Desde S/. 601.00 hasta S/. 900.00máximo 8 cuotas Desde S/. 901.00 hasta S/. 1,200.00 máximo 10 cuotas Desde S/.1,201.00 a más máximo 12 cuotas El beneficio del Fraccionamiento Tributario lo solicitará el Titular de la Deuda Tributaria o en su defecto el repre-