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PÆg. 238955 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de febrero de 2003 PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO Bolivia Boliviano 0.135245 Brasil Real 0.276167Canadá Dólar Canadiense 0.642385Colombia Peso 0.000359Corea Won 0.000818Chile Peso 0.001376Dinamarca Corona 0.133175Ecuador Sucre 0.000040Fiji Dólar de Fiji 0.466900Hong Kong Dólar 0.128370India Rupia 0.020708Indonesia Rupia 0.000108Inglaterra Libra Esterlina 1.564200Israel Nuevo Shekel 0.209512Japón Yen 0.008163Kuwait Dinar de Kuwait 3.312355Malasia Dólar Malasio O Ringgit 0.263227México Nuevo Peso 0.098097Noruega Corona 0.134448Nueva Zelandia Dólar Neozelandés 0.485700 Panamá Balboa 1.000000Pakistán Rupia Paquistaní 0.017065 Paraguay Guaraní 0.000156Rusia Rublo 0.031459Singapur Dólar de Singapur 0.565771Siria Libra Siria 0.022624Suecia Corona 0.109266Sud-Africa, República de Rand 0.100135Suiza Franco Suizo 0.677094Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.028860Tailandia Baht 0.023100Uruguay Peso 0.038462Venezuela Bolívar 0.000704Comunidad Andina Peso Andino 1.000000Unión Europea Euro 0.989500 Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá vi- gencia hasta la fecha de publicación de su modificatoria. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Adjunta de Aduana 02751 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Regulan rØgimen tributario corres-pon- diente a los arbitrios de limpieza pœ-blica, parques y jardines, y serenazgopara el ejercicio 2003 ORDENANZA Nº 126-MDMM Magdalena del Mar, 30 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR: POR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 2º de la Ley Nº 26725, norma que agrega el Artículo 69º-A al Decreto Legislativo Nº 776,concluido el ejercicio fiscal, y a más tardar el 30 de abril delaño siguiente, las Municipalidades publicarán sus Ordenan-zas aprobando el monto de las tasas por arbitrios, expli-cando el costo efectivo que demanda el servicio según elnúmero de contribuyentes y los criterios que justifiquen elincremento, de ser el caso;Que, mediante la Ordenanza Nº 041-MDMM, se estable- ció el régimen tributario aplicable a los Arbitrios de Limpie-za Pública, Parques y Jardines para el ejercicio 2000, lamisma que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 071de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que mediante Ordenanza Nº 065-MDMM, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 041-MDMM para el ejerci-cio fiscal 2001, la misma que fue ratificada por el Acuerdode Concejo Nº 044 de la Municipalidad Metropolitana deLima; Que, mediante Ordenanza Nº 064-MDMM, se aprobó el régimen Tributario del Arbitrio de Serenazgo para el ejer-cicio 2001, la que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº076 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante la Ordenanza Nº 100-MDMM, se estableció el régimen tributario aplicable a los Arbitriosde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgopara el ejercicio 2002, la misma que fue ratificada porAcuerdo de Concejo Nº 097 de la Municipalidad Metropo-litana de Lima; Que, la citada Ordenanza estableció los montos a co- brar para el ejercicio fiscal 2002 de conformidad con lo pre-cisado por el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776,Ley de Tributación Municipal y su modificatoria, la Ley Nº26725, así como los criterios para la determinación de lastasas o los importes fijos de los Arbitrios que resulten apli-cables al ejercicio; Que, conscientes de la difícil situación económica ge- nerada por la crisis y recesión económica que atraviesael país, y con el objeto de no incrementar la carga eco-nómica de los vecinos y contribuyentes de la Munici-palidad de Magdalena Mar, se ha estimado por conve-niente aplicar el mismo régimen utilizado durante el ejer-cicio fiscal 2002; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por los artículos 36º y 109º, de la Ley Nº 23853, LeyOrgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con votoUNÁNIME, y con dispensa del trámite de lectura y aproba-ción del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO CORRESPONDIENTE A LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2003 Artículo Primero.- Aplíquese para el ejercicio 2003 las disposiciones establecidas en las Ordenanzas Nºs. 041-MDMM, 064-MDMM (y su Anexo), 065-MDMM y 100-MDMM, que establecen el régimen tributario correspon-diente a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi-nes y Serenazgo para el ejercicio 2003. Artículo Segundo.- Cuando en las normas señaladas en el artículo primero de la presente Ordenanza se hagareferencia a la Unidad Impositiva Tributaria, se entenderáque es aquella vigente al 1 de enero del año 2003. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 02761 Fijan derechos por concepto de emisión mecanizada del impuesto predial, arbi- trios de limpieza pœblica, parques y jardines, y serenazgo municipal ORDENANZA Nº 127-MDMM Magdalena del Mar, 30 de enero de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria de la fecha; y,