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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (11/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

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PÆg. 238942 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de febrero de 2003 en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comisiónde Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY-ME, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de lasUnidades Ejecutoras 006 - Programa Nacional de Manteni-miento y Conservación Vial y 007 - Pro Vías Nacional. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones para el año 2003 de las Unidades Ejecutoras 006 -Programa Nacional de Mantenimiento y Conservación Vial y007 - Pro Vías Nacional, se encuentra a disposición del pú-blico en la página web: http://www.proviasnacional.gob.pe yen la Gerencia de Administración del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional, ubicado en la Av.Bolivia Nº 120 (2do. piso) Centro Cívico y Comercial de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02752 Autorizan viaje de inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2003-MTC/12 Lima, 5 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en con-cordancia con sus normas reglamentarias aprobadas porDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para elcaso de los servidores y funcionarios públicos de los Minis-terios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otor-gará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debien-do publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Pe-ruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autori-zaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil de Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida porla Dirección General de Aeronáutica Civil como dependen-cia especializada del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente identi-ficados a que se refiere la Ley son competentes, según suespecialidad, para verificar las capacidades exigidas a lostitulares de las autorizaciones para realizar actividades deaeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 090-2003-MTC/12.04 señalando que el Inspec-tor Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, realizará un che-queo técnico en la ruta Lima - Miami - Lima al personalaeronáutico propuesto por la empresa Aerocontinente S.A.,en la aeronave Boeing B-767, durante los días 11 y 12 defebrero de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo téc-nico en ruta a que se contrae la Orden de Inspección Nº090-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, Inspector de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 11 y 12 de febrero de 2003, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle:Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02753 Autorizan suscripción del contrato de fideicomiso a que se refiere el Contrato de Concesión para la Construcción y Explotación del Tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera PanamericanaNorte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2003-MTC/01 Lima, 5 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:Que, con fecha 15 de enero de 2003 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Conce-dente, suscribió con Norvial S.A., empresa conformada porlos miembros del Consorcio Concesión Vial, adjudicatariade la buena pro en la Licitación Pública Especial Interna-cional, y otros accionistas privados, el referido Contrato deConcesión, de conformidad con lo establecido en las Ba-ses de la Licitación Pública Especial Internacional, así comolos documentos vinculados al mismo; Que, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 3.3.k del Contrato de Concesión concordante con el nume-ral 2.3 de las Cláusulas Adicionales, la Sociedad Conce-sionaria constituirá un fondo de fideicomiso en el cual de-berá depositar un monto para ser destinado a la adquisi-ción de los predios comprendidos en el Derecho de Vía, loque deberá ser formalizado en un contrato de fideicomisoen el que participará el Concedente; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Vi- ceministro de Transportes, para que en representacióndel Ministerio de Transportes y Comunicaciones en sucalidad de Concedente, suscriba el Contrato de Fideico-miso a que se refiere la Cláusula 3.3.k del Contrato deConcesión para la Construcción y Explotación del TramoAncón-Huacho-Pativilca de la Carretera PanamericanaNorte, en concordancia con el numeral 2.3 de las Cláusu-las Adicionales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27779, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y Decre-to Supremo Nº 060-96-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Viceministro de Transpor- tes, para que en representación del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones en su calidad de Concedente, sus-criba el Contrato de Fideicomiso a que se refiere la Cláu-sula 3.3.k del Contrato de Concesión para la Construccióny Explotación del Tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Ca-rretera Panamericana Norte, en concordancia con el nu-meral 2.3 de las Cláusulas Adicionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02754