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PÆg. 238938 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 6º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es lamáxima autoridad del Ministerio y Titular del Pliego delSector, que dirige y ejecuta la política del Ministerio en con-cordancia con las disposiciones constitucionales y legales; Que, el artículo 43º de la Ley Nº 27209 - "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", define a la Unidad Ejecutora, comola Dependencia Orgánica de un Pliego Presupuestario quecuenta con un nivel de descontración administrativa para con-traer compromisos, devengar gastos y ordenar pagos; Que, es necesario que el Ministro de Defensa precise las facultades de la máxima autoridad administrativa de las Uni-dades Ejecutoras Nº 001: Oficina General de Administración,Nº 006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Ae-roespacial -CONIDA-, Nº 008: Escuela Nacional de MarinaMercante, Nº 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Arma-das del Perú, con relación a los procesos de selección regula-dos por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 febrero 2001, ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 febrero 2001, con sus modificatorias; Que, el artículo 4º del mencionado Reglamento faculta al Titular del Pliego para que mediante Resolución pueda desig-nar a los funcionarios y dependencias de la Entidad encarga-dos de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrata-ciones, delegándoles los distintos niveles de decisión y autori-dad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que, porindicación expresa de dicho Reglamento, sean indelegables; Que, el artículo 7º del mencionado Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850, dispone que el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones será aprobado por el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el artículo 23º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que para cada proceso de se-lección la Entidad designará un Comité Especial que debe-rá llevar adelante el proceso; así como podrá designar unComité Especial Permanente para los casos previstos enel artículo 17º del mencionado Texto Único Ordenado; Que, el artículo 36º del referido Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que el contrato deberá cele-brarse por escrito y se ajustará a la proforma incluida enlas Bases con las modificaciones aprobadas por la Entidaddurante el proceso de selección; asimismo, el artículo 118ºdel citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, en el primer párrafo dispone quelos contratos serán suscritos por el funcionario que cuentecon las facultades suficientes para ello; Que, el artículo 25º del mencionado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que las Bases de una LicitaciónPública o Concurso Público serán aprobadas por el Titular delPliego que lo convoca o por el funcionario designado por esteúltimo; y el artículo 37º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, en el tercer párrafo, dispo-ne que elaboradas las Bases por el Comité Especial, éste laselevará a la autoridad competente para su aprobación; Que, el artículo 42º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que la Entidad podrá ordenar ypagar directamente la ejecución de prestaciones adiciona-les hasta por el quince por ciento de su monto, siempreque sean indispensables para alcanzar la finalidad del con-trato; asimismo, podrá reducir servicios u obras hasta porel mismo porcentaje; Que, el artículo 135º del referido Reglamento de la Ley Nº 26850, norma que para alcanzar la finalidad del contrato ymediante Resolución previa, el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad, según corresponda,podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, paralo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesa-ria u ordenar la reducción de dichas prestaciones; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, así como sus normas complementarias ymodificatorias, establecen mecanismos administrativos parala solución de controversias e impugnaciones durante eldesarrollo de los procesos de selección; Que, de acuerdo con el Principio de Economía estable- cido en el artículo 3º del Reglamento de Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Prin-cipio de Simplicidad establecido en el artículo IV del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Ad-ministrativo General, los trámites establecidos por la auto-ridad administrativa deben ser sencillos, debiendo eliminar-se toda complejidad innecesaria; De conformidad con la Ley Nº 27860, Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Reglamento de dicho Texto, aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, con sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de Carácter Público de las Unidades Ejecutorasdel Pliego 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al Ejer-cicio Fiscal del Año 2003, que a continuación se indica: - U/E 001: Oficina General de Administración Jefe de la Oficina General de Administración - U/E 006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo AeroespacialJefe Institucional de la Comisión Nacional deInvestigación y Desarrollo Aeroespacial - U/E 008: Escuela Nacional de Marina Mercante Director de la Escuela Nacional de MarinaMercante - U/E 009: Oficina Previsional de las Fuerzas ArmadasJefe de la Oficina Previsional de las FuerzasArmadas Artículo 2º.- Delegar a favor de los Jefes de las Unida- des Ejecutoras antes indicadas las siguientes funciones: a) Aprobar las modificaciones por inclusiones y exclusio- nes al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deCarácter Público. b) Nombrar los Comités Especiales de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-cación Directa Pública. c) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección antes indicados. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales o su reducción hasta el límite establecido en la normatividadvigente. e) Cancelar los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública,en los casos que corresponda. f) Suscribir los contratos derivados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-cación Directa Pública. g) Designar a los funcionarios y Dependencias de la Entidad encargados de los diferentes aspectos de las ad-quisiciones y contrataciones, delegándoles los distintos ni-veles de decisión y autoridad, bajo responsabilidad, a finque realicen los actos administrativos señalados en el pre-sente artículo. Artículo 3º.- Facultar a los Jefes de las Unidades Ejecu- toras, a ejercer las funciones siguientes: a) Nombrar los Comités Especiales Permanentes de los procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva yAdjudicación de Menor Cuantía. b) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección antes indicados. c) Suscribir los contratos derivados de los procesos de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de MenorCuantía. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales o su reducción hasta el límite establecido en la normatividadvigente. e) Cancelar los procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, en loscasos que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 02741 ECONOMÍA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplica- ción del Derecho Variable Adicional o re-baja arancelaria a importaciones de maíz,azœcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 003-2003-EF/15 Lima, 10 de febrero de 2003