Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2003 (15/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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VISTO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 15 de febrero de 2003

El Oficio Nº 422-2003-AG-OGA-Nº 206-OPER del Director General de la Oficina General de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las adquisiciones o contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 125-2002PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. La evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, mediante el Informe Nº 003-2003-AG-OGAOPER, emitido por el Jefe de la Oficina de Personal del Ministerio de Agricultura, considera necesario la contratacion de los servicios de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, para la participacion de Funcionarios de la Sede Central del Ministerio de Agricultura en el Programa de Microeconomia de la Competitividad, organizado por el Centro de Negocios de la citada MORDAZA de estudios, para que desarrollen plenamente sus cualidades y potenciales, adquiriendo conocimientos, habilidades y destreza, en cumplimiento de los objetivos del indicado Programa de Microeconomia de la Competitividad; Que, la exoneracion de la contratacion de los servicios de la Pontificia Universidad Catolica del Peru se encuentra justificada, por cuanto en la actualidad el Programa Microeconomia de la Competitividad, organizado por el Centro de Negocios de la mencionada Universidad, es el unico programa practico que cuenta con un alto nivel basado en casos mundiales de desarrollo de la Microeconomia de la Competitividad, que permite la ejecucion de estrategias tendentes a lograr el desarrollo economico, ademas la referida universidad cuenta con prestigio nacional e internacional con programas estructurados y curriculas unicas, basadas en conocimientos innovadores con vision de futuro, encontrandose comprendido en la causal de exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, prevista en el articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con el articulo 111º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 125-2002-PCM; Que, de conformidad con el inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones del MORDAZA de seleccion, son aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo establecido en el articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 111º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 125-2002PCM; Estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el literal b) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;

Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente al Ministerio de Agricultura de la contratacion de los servicios de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, para la participacion de funcionarios de la Sede Central del Ministerio de Agricultura en el Programa de Microeconomia de la Competitividad, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion para que proceda a la contratacion a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, con la Pontificia Universidad Catolica del Peru, mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, con un valor referencial ascendente de US$ 6,750.00 dolares americanos, provenientes de la fuente de financiamiento recursos ordinarios. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 03059

Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de Uso Veterinario, registrados en el mes de enero de 2003
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2003-AG-SENASA-DGSA MORDAZA, 12 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 016-2002-AG y Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripcion y comercializacion de productos de uso veterinario, los mismos que estaran sujetos unicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones legales, disponiendose la publicacion periodica de los productos registrados; Que, conforme a lo senalado por el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Direccion General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion respecto de insumos de uso animal, asi como biologicos y farmacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorandum Nº 073-2003-AG-SENASADGSA-DIP, de fecha 6 de febrero del 2003, la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios registrados durante el mes enero del 2003, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegacion de facultades conferidas a la Direccion General de Sanidad Animal, mediante Resolucion Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visacion de la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de uso Veterinario, registrados en el mes de enero del 2003, en la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente:

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