Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003 IV. ALCANCE

NORMAS LEGALES

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El presente Reglamento establece las normas y procedimientos que seran aplicados por la Unidad de Control y Recaudacion, o quien haga sus veces, dependiente de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas. V. DEL FRACCIONAMIENTO 1. Se otorgara el fraccionamiento de pago a las deudas con la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, cuando por la situacion economica del deudor no le permita cancelar al contado el integro de la deuda, resultando aplicable el MORDAZA de veracidad presunta con fiscalizacion posterior. 2. Deudas materia de Fraccionamiento de pago son: 2.1.- Deudas Tributarias por los tributos administrativos por la Municipalidad de La Perla. Deudas por Multas determinadas en el Codigo Tributario. Multas Administrativas derivadas de infracciones a las normas municipales. VI. DEUDAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO 1. Las que habiendose beneficiado con el otorgamiento no han cumplido con el fraccionamiento otorgado, no podran fraccionar nuevamente. 2. Las que habiendo obtenido el beneficio no han cumplido con pagar sus cuotas correspondientes teniendo 2 cuotas no canceladas en dos meses consecutivos. 3. Las que por obligacion Tributaria no hayan vencido o cuando la Ley expresa determina la obligacion del Ejercicio Fiscal vigente y puedan pagarse por fraccionamiento. VII. LA DEUDA FRACCIONADA DEBE ESTAR ACTUALIZADA Y DEBE INCLUIR 1. Para el Caso de Tributos Municipales - Monto Insoluto de la Deuda Tributaria. - Factor de Actualizacion del Tributo. - El Interes Moratorio, se calculara hasta la fecha del convenio o beneficio de Fraccionamiento. 2. Para el Caso de Multas Tributarias - Monto Insoluto de la Multa Tributaria. - Factor de Actualizacion de la Multa. - El Interes Moratorio, se calculara hasta la fecha del convenio o beneficio del Fraccionamiento. 3. Para las Multas Administrativas - Monto de la Infraccion segun lo establecido por el Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas y el cuadro Unico de infracciones y sanciones administrativas. - Interes Moratorio, se calculara en base a numero de meses fraccionado segun la tabla de interes Moratorio. 4. Monto de la Infraccion segun lo establecido por el Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas y el cuadro Unico de infracciones y sanciones administrativas. Interes Moratorio, se calculara en base a numero de meses fraccionado segun la tabla de interes Moratorio. Todas las acciones de Cobranzas Coactivas pero que no esten en enmarcados en el considerando 3.1, 3.2 y 3.3. expresados anteriormente, las costas se cancelaran en forma integra asi como los gastos que de MORDAZA se hubiere incurrido en la cobranza, la misma que para proceder al fraccionamiento debera solicitar comunicar a la Unidad de Control y Recaudacion. 5. Para el Caso de Ingresos No Tributarios (Tasa de Unico Pago) - Importe de la Deuda. - Autorizacion del area solicitante. - Interes Legal dispuesto en el articulo 1246º del Codigo Civil. VIII. BENEFICIO DE PAGO PUNTUAL 1. Se considera beneficio de pago puntual cuando el beneficiario cumple puntualmente con su pago respecti-

vo a ello accedera a un beneficio adicional del 5% de Descuento por cuota vencida, cuando se trate exclusivamente de Tasa y Multas Administrativas. 2. La cancelacion de fraccionamiento MORDAZA del termino pactado tendria un beneficio excepcional del 10% de descuento del monto de la deuda, cuando se trate exclusivamente de tributos de tasas y multas administrativas. IX. PROCEDIMIENTO DEL FRACCIONAMIENTO CUOTA INICIAL.- La cuota inicial se encuentra enmarcada entre intervalos del 18% y el 30%. Segun cuadro adjunto: Tramos de la deuda UIT Inicial % de la deuda Nº de minimo Cuotas 30% 26% 24% 20% 18% Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta 8 10 12 15 20

Hasta 20% UIT Mas de 20% UIT hasta 50% UIT Mas de 50% UIT hasta 1UIT Mas de 1 UIT hasta 3 UIT Mas de 3 UIT

En todos los casos la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es vigente a la fecha de pago de la Cuota Inicial y ademas el 2% de la misma UIT determinara como minimo de cada cuota fraccionada. (*) Para determinar el monto de la cuota mensual se reducira la cuota inicial de la deuda correspondiendo el saldo a fraccionar en cuotas segun indique la tabla anterior descrita. El incumplimiento de las cuotas pactadas estara sujeto a la tasa de interes moratorios vigente, de acuerdo a lo determinado por el articulo 33 del TUO del Codigo Tributario vigente (D.S. Nº 135-99-EF). X. DE LA FACULTAD DISCRECIONAL MUNICIPAL La Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, o quien haga de sus veces, ejerce la facultad discrecional de autorizar o no la reduccion del monto de la cuota inicial y el otorgamiento de un mayor numero de cuotas a las previstas en el cuadro anterior. La tasa de interes de fraccionamiento, tiene como siglas TIF, vigente con un interes Moratorio del 80% por mes dentro del periodo de vencimiento de una cuota y vencida la misma sera del 100% de la tasa del Interes Moratorio (TIM). XI. ACEPTACION O DENEGACION DE LAS SOLICITUDES DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO Se dispondra mediante Formato, suscrita por la Administracion Municipal, previo informe de la Unidad de Control y Recaudacion. El formato de fraccionamiento contendra necesariamente el nombre o razon social del solicitante, domicilio, monto y denominacion, numero de cuotas, interes de fraccionamientos y monto de la cuota inicial, y cuyo valor sera de S/.10.00 Nuevos Soles y sera comprado exclusivamente en ventanillas de Tesoreria. XII. DEL PAGO DE LA CUOTA DEL FRACCIONAMIENTO La fecha de vencimiento de cada cuota sera de 30 dias calendario, contados a partir de la firma del convenio del fraccionamiento de pago. El incumplimiento de 1 o 2 cuotas de la misma, MORDAZA lugar a la perdida del beneficio concedido. Por la misma que se resolveria automaticamente el convenio, para la cual se emitiria a Resolucion Gerencial que resuelve el beneficio otorgado, notificado del mismo al contribuyente. El Deudor pierde automaticamente el beneficio del fraccionamiento concedido si durante la verificacion posterior se detectara que parte o todo de lo declarado por el es parcial o totalmente falso, sin perjuicio de iniciarse las acciones legales correspondientes. XIII. PROCEDIMIENTOS 1. Los deudores para acogerse al pago Fraccionado, sus siglas PF, deben presentar su solicitud valorada para

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