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PÆg. 239546 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de febrero de 2003 Que, mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001-PCM, se establece que las instituciones del Estado incluido los gobiernos locales deberán ela- borar el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes que será aprobado por la máxima autoridad ad- ministrativa, antes de iniciado el año calendario; Que, la Dirección de Administración en coordinación con la Oficina de Presupuesto, Planificación y Racionali- zación, han propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Comtrataciones para el año 2003, el cual consolida lainformación de las Licitaciones Públicas y Selectivas, que realizará en el año fiscal de conformidad a la Reso- lución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba laDirectiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, el mismo que resulta necesario aprobar; Estando a lo expuesto de conformidad con el D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y su reglamento apro- bado por D.S. Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE y las facultades conteni- das en la Ley Orgánica de la Municipalidad Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de las Licitaciones Públi- cas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas y Selectivas, para el ejercicio presupuestariodel año 2003, de la Municipalidad Distrital de Chaclaca- yo, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el artí- culo precedente, sea puesto a disposición de los intere-sados en la Unidad de Logística, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Directiva Nº 022-2001- CONSUCODE/PRE, aprobado por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Se- cretaría General la publicación de la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de copia de los mismos al Consejo Nacional de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y de la Comisión dela Promoción de la Pequeña y Micro Empresa dentro de los días hábiles establecidos en la Directiva Nº 022- 2001-CONSUCODE/PRE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 03304 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000002-2003-MDPP Mediante Oficio Nº 15-2003-MDPP la Municipalidad Distrital de Puente Piedra solicita se publique Fe de Erra- tas del Decreto de Alcaldía Nº 000002-2003-MDPP, pu-blicado en nuestra edición del 8 de febrero de 2003, en la página 238839. DICE:"Artículo Quinto.- Fijar en S/. 19.20 (Diecinueve y 20/ 100 nuevos soles) el monto mínimo del Impuesto Predial2003." DEBE DECIR:"Artículo Quinto.- Fijar en S/. 18.60 (dieciocho y 60/ 100 nuevos soles) el monto mínimo del Impuesto Predial 2003." 03406MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Plan EstratØgico de Desa- rrollo del distrito (Se publica la presente ordenanza a solicitud de la Muni- cipalidad de San Juan de Lurigancho, mediante Oficio Nº 079-2003-MSJL-SGC, recibido el 19 de febrero de 2003) ORDENANZA Nº 003 San Juan de Lurigancho, 14 de junio de 2002EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fe- cha el Dictamen Nº 004-2002-CEPP/CDSJL DE LA COMI-SIÓN INTERNA DE TRABAJO DE ECONOMÍA, PLA- NEAMIENTO Y PRESUPUESTO sobre "APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO DEL DIS-TRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO"; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, esto de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; Que, las funciones generales y específicas de las Municipalidades se refieren a planificar, ejecutar e impul- sar en el ámbito de sus jurisdicciones a través de los organismos competentes, el conjunto de acciones ne-cesarias orientadas a satisfacer al ciudadano el ambien- te adecuado para sus necesidades vitales más sentidas en materia de promover y estimular la creación de fuen-tes de trabajo, de desarrollo urbano, vivienda y seguri- dad colectiva, de población, de salud y saneamiento ambiental, de promoción de los derechos del niño, ado-lescente, defensa de la familia, educación, cultura, turis- mo, recreación y deportes, de abastecimiento y comer- cialización de productos, de transporte, circulación ytránsito; Que, estas acciones son efectuadas con los recur- sos propios de la Municipalidad, contando con el apoyode otros órganos del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados, corporaciones de desarrollo y demás entidades; por lo cual se debe planificar sus programasde corto, mediano y largo plazo, en función de los requeri- mientos de las Municipalidades amparados en los Artí- culos 62º, 65º, 66º, 67º, 68º, 69º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 23853; Que, para los efectos de las acciones descritas en los parágrafos precedentes, éstos se ejecutan de acuer-do con los planes de desarrollo provincial, elaborado sobre la base de los distritales y comunales, cuya prio- ridad y programación es aprobada por los respectivosConcejos Municipales, con el voto favorable de la mayo- ría del número legal de sus miembros; la ejecución de estos planes integrales se realiza, empezando por losde nivel comunal y con la asistencia técnica y económi- ca, en su caso de los organismos centrales y regionales del sector público respectivo; estos últimos supervisa-rán que toda acción se sujete a las normas técnicas correspondientes tal como lo señala el Artículo 63º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 566 de fe- cha 3 de abril de 2000, en su Artículo Primero se resuel- ve aprobar el Convenio Marco de Cooperación para elFortalecimiento y Consolidación de la Red de Or- ganizaciones Sociales y la Institucionalización de Meca- nismo de Participación y Concertación Social para elDesarrollo Integral del distrito, entre la Municipalidad Dis- trital de San Juan de Lurigancho y el Centro de Promo- ción y Desarrollo Poblacional (CEPRODEP), suscrito enel mes de marzo del año 2000; Que, mediante Informe Nº 278-2001-OP/MSJL de fecha 15 de noviembre de 2001, emitido por la Ofici-na de Planeamiento, previa evaluación y formulación del Informe Técnico sobre el Plan Estratégico de Desarrollo Distrital siendo de la opinión favorable,