Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 8º.- La base imponible para determinar el monto del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, estara constituida por el costo total del servicio que sera dividido entre los contribuyentes de acuerdo a la ubicacion y uso del predio que ocupa. CAPITULO II ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA Articulo 9º.- El monto mensual del Arbitrio de Limpieza Publica estara determinado, segun criterio social, sobre la base de una tabla unica siguiente: CAT. A B C D E USO DEL PREDIO LIMPIEZA PUBLICA

nicipalidad de La MORDAZA y sera destinado exclusivamente para financiar el servicio de mantenimiento y reforestacion de Parques y Jardines Publicos creados y por crearse. CAPITULO IV ARBITRIO DE SERENAZGO Y SEGURIDAD CIUDADANA Articulo 14º.- El arbitrio de Serenazgo es renta de la Municipalidad de La MORDAZA y sera destinado integramente para el mejoramiento y mantenimiento del servicio. Las tasas aplicables a dicho servicio en forma mensual, seran de la siguiente manera: CAT. A B C D E USO DEL PREDIO LIMPIEZA PUBLICA S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. 3.00 3.00 4.00 4.00 8.00 10.00 8.00 5.00 3.00 10.00 1.00

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MORDAZA - Habitacion S/. 9.00 Locales comerciales en MORDAZA - habitacion S/. 12.00 Oficinas comerciales y profesionales S/. 18.00 Restaurantes de 2da. Categoria S/. 15.00 Bancos, Cias. de Seguros, A.F.P.S., Clinicas, Agencias de Aduanas, Maritimas De 0 a 500 m 2 S/. 155.00 De 501 a mas S/. 2,500.00 Discotecas y similares S/. 140.00 Centros Educativos particulares S/. 30.00 Terrenos sin construir S/. 7.00 Predios destinados a industria, supermercados, grifos, hostales y MORDAZA almacenes, cuya area de actividad esta entre: I I de 1 a 500 m2 S/. 00.00 I2 de 501 a 2,500 m2 S/. 170.00 2 I3 de 2,501 a 9,000 m S/. 500.00 S/. 1,000.00 I4 de 9,001 a 13,000 m2 2 15 de 13,001 m a mas S/. 2,000.00 Tarifa social S/. 5.50

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MORDAZA - Habitacion Locales comerciales en MORDAZA - habit. y puestos de mercados Oficinas comerciales y profesionales Restaurantes de 2da. Categoria Bancos, Cias. de seguros, A.F.P.S., Clinicas, agencias de aduanas, maritimas De 0 a 500 m. De 501 a mas m. Discotecas y similares Centros Educativos particulares Terrenos sin construir Predios destinados a industria, supermercados, grifos, hostales y MORDAZA almacenes Tarifa Social CAPITULO V

Articulo 10º.- Establecer que el monto del pago del Arbitrio de Limpieza Publica que le corresponde a las personas que utilizan areas de uso publico para el desarrollo de sus actividades en S/.1.00: Un MORDAZA Sol, la cual sera pagada en forma diaria, dicho rendimiento es renta municipal, estara destinado a financiar el servicio de limpieza publica (barrido de calles y disposicion final de residuos solidos), el pago no determina permiso municipal. Articulo 11º.- El rendimiento de los arbitrios de limpieza publica constituye renta de la Municipalidad Distrital de La Perla. El cual sera destinado para financiar el servicio de limpieza publica (servicio de recoleccion domiciliaria de residuos, barrido de calles, transporte y disposicion final de los residuos solidos). CAPITULO III ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Articulo 12º.- Los arbitrios de parques y jardines estara determinado en forma mensual, segun criterio social, sobre la base de la tabla unica siguiente: CAT. A B C D E USO DEL PREDIO LIMPIEZA PUBLICA 3.00 3.00 5.00 5.00 40.00 500.00 40.00 15.00 3.00

DE LOS PENSIONISTAS Y EXONERADOS Articulo 15º.- Apliquese un descuento del 30% sobre el total resultante de los arbitrios de limpieza publica y parques y jardines para el caso de los contribuyentes que MORDAZA pensionistas y/o exonerados del Impuesto Predial y cuyo uso del predio sea el de MORDAZA - habitacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultese al MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas reglamentarias que MORDAZA necesarias para la mejor implementacion, aplicacion recaudacion y administracion de los arbitrios a que se refiere la presente Ordenanza. Segunda.- Establezcase el derecho de emision mecanizada y su distribucion el 0.4% de la U.I.T. la cual sera dividida entre los 12 recibos. Tercera.- Los predios que tengan un doble uso (casa - habitacion, comercio o MORDAZA - habitacion, servicio) pagaran la tasa mas alta segun corresponda por MORDAZA habitacion o comercio. Cuarta.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas y a la Unidad de Administracion Tributaria su estricto cumplimiento. Determinese el descuento del 10% al pronto pago de Tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplas. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03331

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MORDAZA - Habitacion S/. Locales comerciales en MORDAZA - habitacion. y puestos de mercados S/. Oficinas comerciales y profesionales S/. Restaurantes de 2da. Categoria S/. Bancos, Cias. de seguros, A.F.P.S. Clinicas, Agencias de Aduanas, Maritimas 0 a 500 m. S/. de 500 a mas m. S/. Discotecas y similares S/. Centros Educativos particulares S/. Terrenos sin construir S/. Predios destinados a industria, supermercados, grifos, hostales y MORDAZA almacenes cuya area de actividad esta entre: I1 de 1 a 500 m2 S/. I2 de 501 a 2,500 m2 S/. 2 I3 de 2,501 a 9,000 m S/. 2 I4 de 9,001 a 13,000 m S/. 2 I5 de 13,001 a 100,000 m S/. Tarifa social S/.

40.00 50.00 100.00 500.00 600.00 2.00

Establecen monto minimo de pago anual del Impuesto al Patrimonio Predial
ORDENANZA Nº 003-2003-MDLP La MORDAZA, 7 de febrero del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA

Articulo 13º.- El rendimiento del Arbitrio de Parques y Jardines Publicos constituye renta de la Mu-

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