Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, el cual entro en vigencia a partir del 1 de enero de 2003, y cuyo articulo 38º modifica la denominacion de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes por la de Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que, a fin de dar validez y continuidad a los actos que por designacion expresa o delegacion hayan sido otorgados a los funcionarios de dicha Intendencia, resulta necesario aclarar que toda mencion a la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes debe entenderse referida a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos r) y u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisase que a partir del 1 de enero de 2003, toda mencion a la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes contenida en las disposiciones, contratos u otros documentos, relativos a firmas, delegaciones, autorizaciones y otras materias, debe entenderse referida a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 03385

ciones e infraestructura para el MORDAZA de servicios que brinda la SUNAT a traves de estos centros; Que el Informe Legal Nº 007-2003-SUNAT-2B2300, senala que procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento de los referidos locales; Que lo expuesto en dichos Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento de los locales comerciales Nºs. 6 y 7 del Centro Financiero Comercial MORDAZA Corte, ubicados en Prolongacion MORDAZA MORDAZA Nºs. 499-A y 499-B, distrito de San MORDAZA de Porres, con un area de terreno de 273.90 m2 y 269.87 m2, respectivamente, por el plazo de doce (12) meses contados a partir del 22 de febrero de 2003 al 21 de febrero de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administracion a suscribir el Contrato respectivo con el senor MORDAZA Ghezzi Giannoni mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de US$ 4,706.33 (Cuatro mil setecientos seis y 33/100 Dolares Americanos) incluido impuestos. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 03386

Autorizan prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en San MORDAZA de Porres - MORDAZA mediante adjudicacion de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 049-2003/SUNAT MORDAZA, 20 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el articulo 20º de dicho Texto Legal; Que en los articulos 105º y 116º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Nº 132-2003-SUNAT.2G3000, indica que se requiere prorrogar por doce (12) meses el plazo del contrato de arrendamiento de los locales comerciales Nºs. 6 y 7 del Centro Financiero Comercial MORDAZA Corte, ubicados en Prolongacion MORDAZA MORDAZA Nºs. 499-A y 499-B, distrito de San MORDAZA de Porres, donde actualmente funciona un Centro de Servicios al Contribuyente; en virtud a que los referidos locales han sido habilitados para funcionar como tal, reuniendo las condi-

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Licitaciones Publicas, Concurso Publicos y Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas para el ejercicio presupuestario 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 085-03 Chaclacayo, 24 de enero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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