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PÆg. 239947 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú 1993 en el arti- culo 194º reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, y el numeral 4º del artículo 195º del mismo ordenamiento jurídico faculta a los gobiernos lo- cales, a crear, modificar y suprimir contribuciones, arbi-trios tasas, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 004-2003-MDSL del 12 de febrero del 2003 se establece el marco legal del régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines en la jurisdicción del distrito de SanLuis; Que, la norma IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF, señala que los gobiernos loca- les, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y su- primir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos y Licen-cias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 9º de la citada Ordenanza señala que el vencimiento del pago al contado o pago fraccionado del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003, vence el 28 de febrero del año en curso, el que esnecesario prorrogar a fin de brindar facilidades a los contribuyentes debido a la situación económica que atraviesa el país, afectando principalmente a la pobla-ción de menores recursos; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 23853, de conformidad con el inciso a) del artícu- lo 14º del Decreto Legislativo Nº 776, y con el voto unáni- me de los miembros del Concejo Municipal y con la dis-pensa del trámite de aprobación del acta; SE APRUEBA:Artículo Primero.- Otorgar el beneficio del 10% de descuento sobre el valor insoluto de los Arbitrios Munici-pales, Limpieza Pública, Parques y Jardines a los contri- buyentes que cancelen hasta el 15 de marzo del pre- sente, las doce (12) cuotas del año 2003, como un incenti-vo al pago inmediato. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 15 de marzo del año en curso el vencimiento del pago al contado oPrimera cuota fraccionada del Impuesto Predial corres- pondiente al Ejercicio Fiscal 2003. Artículo Tercero.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias, y de ser necesario, amplíe el plazo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Finanzas y las Gerencias que correspondan, elcumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 03870 Consideran condonación de deudas de los aæos 1994 a 1996 siempre y cuan-do estØn al día las deudas de los aæos 1997 al 2000 ORDENANZA Nº 0006-2003-MDSL San Luis, 27 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordi- naria de fecha 26 de febrero de 2003, aprobó por unani-midad la condonación de deudas tributarias, correspon- diente a los años 1994, 1995 y 1996. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853 establece que las Municipalidades, como órgano de gobierno local, tiene autonomíaeconómica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, así como la prescripción extingue la acción de la administración para determinar la deuda tributaria, el artículo 27º del Texto Único del Código Tributario señalacomo medio de extinción de la obligación tributaria, la condonación; Que, es necesario que la Administración Tributaria Municipal, fije los montos que han de ser condonados por ser onerosos para su cobranza; Que, la base de datos tiene la información de los años 1994-1995-1996 no confiable, por perdida de infor-mación en años anteriores, causando malestar a los contribuyentes que efectuaron sus pagos y no pueden acreditarlo; Que, ha fin de resolver la disconformidad de los contribuyentes, la administración condonará las deudascorrespondientes a los años 1994-1995-1996 siempre y cuando el deudor se ponga al día con las deudas de los años 1997-1998-1999-2000; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 109º y 110º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 23853, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por unanimidad; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Considerar para efectos de la presente Ordenanza la condonación de deudas pendien-tes de pago de los años 1994-1995-1996 siempre y cuan- do estén al día las deudas de los años 1997-1998-1999 y 2000. Artículo Segundo.- Condónese las deudas de ori- gen Tributario, que califiquen según lo dispuesto en el artículo primero por un período de 45 días. Artículo Tercero.- Todo pago efectuado por los años 1994-1995-1996 no generará derecho a devolución. Artículo Cuarto.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y a la División de Recaudación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 03871 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Disponen extinguir deudas tributarias anteriores al aæo 1999 respecto de las cuales haya transcurrido el plazo deprescripción correspondiente previstoen el TUO del Código Tributario ORDENANZA Nº 037-MDSMP San Martín de Porres, 17 de febrero del 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se- sión Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2003;