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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (28/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 239948 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 27º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF, establece que la obligación tributaria se extingue, entreotros medios, por Resolución de la Administración Tribu- taria que declara las deudas tributarias como de cobran- za dudosa o de recuperación onerosa, siempre que cons-ten en las respectivas Resoluciones de Determinación u Órdenes de Pago; Que, el artículo 43º del citado cuerpo normativo, dis- pone que la acción de la Administración Tributaria para exigir el pago de la deuda tributaria prescribe a los cua- tro (4) años y a los seis (6) años para quienes no hubie-ren presentado la declaración respectiva; Que, habiendo transcurrido el plazo de prescrip- ción, la Administración Tributaria se encuentra impedi-da de ejercer cualquier acción de cobranza, con lo que se entiende agotadas las acciones de recupera- ción, deviniendo las deudas en unas de recuperacióndudosa, conforme a lo dispuesto por el D.S. Nº 022- 2000-EF; Que, el actual Sistema de Administración Tributaria (Sistema Informático y Archivos Físicos), no permiten determinar el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas y por tanto determinar el plazo deprescripción, por lo que atendiendo a que las acciones de la administración deben basarse sobre hechos pro- bados, la administración deberá proceder a determinarlas deudas tributarias de los contribuyentes a partir del año 1999; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta, el Concejo por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Extíngase las deudas tributarias anteriores al año 1999, respecto de las cuales haya transcurrido el plazo de prescripción correspondiente,el cual se encuentra previsto en el Texto Único Ordena- do del Código Tributario, por considerarse estas deudas de cobranza dudosa, conforme a lo establecido en elDecreto Supremo Nº 022-2000-EF. Artículo Segundo.- A fin de determinar las deudas a prescribir, deberá considerarse que éstas, compren-den también a aquellas deudas tributarias que habiendo sido notificadas, no cuentan en la actualidad, con los valores físicos de estos actos. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria el cumplimiento de la presente Orde- nanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 03772 Fijan monto a pagar por concepto de emisión mecanizada, determinacióndel Impuesto Predial y distribución dela Declaración Jurada y Liquidacióndel Ejercicio 2003 ORDENANZA Nº 038-MDSMP San Martín de Porres, 17 de febrero de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se- sión Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2003;CONSIDERANDO: Que, el poder tributario municipal para crear derechos de emisión se encuentra establecido, en los artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú, así como en el artículo 94º de la Ley Orgánica de Municipalidades, apro-bada por Ley Nº 23853, y señalada en la Norma IV delTexto Único Ordenado del Código Tributario; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tributa- ción Municipal, aprobada mediante Decreto Legislati- vo Nº 776, establece que las Municipalidades que brin- den el servicio de emisión mecanizada de actualiza-ción de valores, determinación de impuestos y de re-cibos de pago correspondientes; incluida su distribu-ción a domicilio, pueden cobrar por dichos serviciosno más de 0.4 % de la UIT, vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, para el presente ejercicio se ha establecido, mediante Decreto Supremo Nº 191-2002-EF, que el va-lor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), será de TresMil Cien Nuevos Soles (S/. 3,100); Que, es necesario proceder a determinar los montos a cobrar por los derechos de emisión mecanizada, determinación, distribución de la Declaración Jurada,Liquidación y recibo de pago del Impuesto Predial, Im-puesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Impuesto alos Espectáculos Públicos No Deportivos; Multa Tributa-ria, y Resolución de Pérdida de Fraccionamiento; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con dis-pensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, elConcejo por mayoría aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Fíjese en S/. 8.40 (Ocho y 40/ 100 Nuevos Soles), el monto anual que deberán pagarlos contribuyentes por concepto de emisión mecani-zada, determinación del Impuesto Predial y distribu-ción de la Declaración Jurada y Liquidación del Ejerci- cio 2003, hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional deberá abonar S/. 4.00 (Cuatro 00/100 Nue-vos Soles). Artículo Segundo.- Fíjese en 1.50 (Un 50/100 Nue- vo Sol) el monto trimestral que deberán pagar los contri-buyentes por concepto de emisión mecanizada, deter- minación del tributo, incluida la distribución de la liquida- ción por cada uno de los arbitrios y por cada una de lasMultas Tributarias, para el ejercicio 2003. Artículo Tercero.- Fíjese en S/. 2.00 (Dos 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribu-yentes por concepto de emisión y distribución de Orden de Pago, Resolución de Determinación, Resolución de Multa Tributaria, Resolución de Pérdida de Fraccio-namiento, por la Liquidación y recibos de pago del Im-puesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos y alImpuesto de Alcabala. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 03773 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Amplían plazo de pago del Impuesto Predial del aæo 2003 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2003-MDSM San Miguel, 27 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Visto, Informe Nº 035-2003-OR/MDSM de la Oficina de Rentas, en el cual solicita la Ampliación del Plazo parael Pago al Contado o de la Primera Cuota del ImpuestoPredial correspondiente al año 2003;