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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (28/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 239945 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de febrero de 2003 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan plazo de Beneficio de Regula- rización Tributaria y Administrativa aque se refiere el D.A. N” 002-2003-A/MDC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2003-A/MDC Carabayllo, 22 de febrero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC de fecha 15 de enero del 2003, se estableció el "Beneficiode Regularización Tributaria y Administrativa" de lasObligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del año 2002, aplicable a los contribuyentes o responsables tributarios de la jurisdicción del distrito, por los concep-tos de impuesto predial, arbitrios de limpieza pública ymultas administrativas; en los términos en que la mismahace expresa mención, con un plazo de vigencia hastael día 31 de enero del 2003, autorizándose al señor Al- calde para que amplíe el plazo de este beneficio, con cargo a dar cuenta al Concejo; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2003-A/ MDC de fecha 31 de enero del 2003, se amplió el plazo del"Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa"antes referido, hasta el día 15 de febrero del 2003; Que, la ampliación del plazo dispuesto a través del De- creto de Alcaldía antes mencionado, de acuerdo al InformeNº 054-2003-MDC/DAT de fecha 19 de febrero del 2003remitido por la Dirección de Administración Tributaria, haresultado insuficiente para que un gran número de contri-buyentes se acojan al "Beneficio de Regularización Tributa- ria y Administrativa", aunada a ello la grave crisis económi- ca por la que atraviesan los ciudadanos del país y espe-cialmente los de la jurisdicción de Carabayllo; por lo que, deacuerdo a lo opinado, resulta necesario prorrogar el plazodel beneficio de regularización tributaria de las obligacionestributarias vencidas al 31 de diciembre del 2002, hasta el día 28 de febrero del 2003 inclusive; Estando a lo expuesto, en mérito a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Muni-cipalidades, con el voto en Mayoría de los Miembros delConcejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR la Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC de fecha 15 de enero del 2003, queotorgó el "Beneficio de Regularización Tributaria y Admi-nistrativa", ampliado mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2003-A/MDC, hasta el día 28 de febrero del 2003, inclusive. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración Tributaria el cumplimiento de la presenteOrdenanza y a la Unidad de Imagen Institucional su difu-sión. Artículo Tercero.- Dispensar de la lectura y aproba- ción del acta, para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 03869MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo para pago al contado o de cuota del impuesto predial y arbi- trios municipales correspondiente al aæo 2003 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2003 La Molina, 26 de febrero de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, el pago al contado delImpuesto Predial podrá cancelarse hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año. En caso de pago fraccionado, la primera cuota también podrá cancelarseel último día hábil del mes de febrero y las cuotas restan- tes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, mediante Ordenanza Nº 061, de fecha 7 de febrero del 2003, se establecieron como fechas de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, de Parques y Jardi-nes Públicos y de Serenazgo, las establecidas para el pago fraccionado del Impuesto Predial; Que, de conformidad con la Ordenanza Nº 043 del 31 de enero del 2002, el señor Alcalde está facultado para dictar las disposiciones correspondientes en cada ejerci- cio fiscal a efectos de ampliar el plazo de pago de lostributos, facilitando así a los contribuyentes el cumpli- miento oportuno de sus obligaciones de pago con la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 20 de marzo del 2003, el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial y de los ArbitriosMunicipales correspondientes al año 2003. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 03776 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Inician proceso administrativo discipli- nario contra ex funcionarios de lamunicipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000159 San Juan de Miraflores, 21 de febrero de 2003 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto el Memorándum Nº 880-2002-MDSJM-A de fe- cha 19 de noviembre del 2002; el Informe Nº 01-2003-CEPAD/MDSJM de fecha 31-1-2003, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos, Proveído Nº 01- 03-DM/MDSJM de fecha 4 de febrero del 2003; Proveí-