Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2003 (03/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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cieras de apoyo a las MYPE a efectos de que el primero brinde servicios de ventanilla a estas ultimas. Tercera.- En las Instituciones Publicas donde se otorgue en concesion servicios de fotocopiado, las MYPE constituidas y conformadas por personas con discapacidad o personas adultas de la tercera edad, en condiciones de similar precio, calidad y capacidad de suministro, seran consideradas prioritariamente, para la prestacion de tales servicios. Cuarta.- En caso de simulacion o fraude, a efectos de acceder a los beneficios de la presente Ley, se aplicara las sanciones previstas en la legislacion vigente. Quinta.- Las unidades economicas que se dediquen al rubro de bares, discotecas, juegos de azar y afines, no podran acogerse al articulo 38º de la presente Ley. Solo podran iniciar sus actividades una vez obtenida la licencia de funcionamiento definitiva. Sexta.- En un plazo de sesenta (60) dias calendario el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, reglamentara la presente Ley. Setima.- Deroganse la Ley Nº 27268, Ley General de la Pequena y Microempresa; el MORDAZA parrafo del articulo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y todos los dispositivos legales que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de junio de dos mil tres. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA HILDAGO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 12596

lo caracterizan, debera consignar en la documentacion oficial y en toda documentacion que emita y/o curse a entidades publicas o privadas asi como en los anuncios, paneles o medio material que emplee a traves de los cuales se difunda la realizacion de obras publicas, la conservacion o mantenimiento de infraestructuras publicas o las actividades de cualquier programa, proyecto o labor financiada con cargo a recursos publicos; Que, el logo institucional debe ser aprobado por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27790 y Decreto Supremo Nº 091-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el logo institucional de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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Autorizan viaje de ministro a Venezuela y encargan la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 203-2003-PCM
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO:

PODER EJECUTIVO PCM
Aprueban logo institucional de PROMPEX
RESOLUCION SUPREMA Nº 170-2003-PCM MORDAZA, 25 de junio de 2003 Visto el Oficio Nº 175-2003-PROMPEX/GG, del Gerente General de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX. CONSIDERANDO: Que, la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, es un organismo publico descentralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 091-2002-PCM, PROMPEX como entidad publica que integra el Poder Ejecutivo debe contar con un logo institucional, el mismo que, conjuntamente con el Escudo Nacional y otros signos que

Que, el senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, viajara a la MORDAZA de Caracas, Republica de Venezuela, los dias 7 y 8 de MORDAZA de 2003, con el fin de asistir al MORDAZA sobre "Retos para la Politica Fiscal en la Region Andina" y al CXIV Directorio de la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, durante el cual asumira el cargo de Presidente del Directorio de esta entidad; Que, es necesario otorgar la autorizacion de viaje que corresponde; y encargar el Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA Caracas, Republica de Venezuela, del 7 al 8 de MORDAZA de 2003; para los fines senalados en la parte Considerativa de la presente Resolucion Suprema.

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