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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2003 (08/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G37/G38/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de julio de 2003 RES, ex Director de la Oficina de Logística de la Universi- dad Nacional de Huancavelica. Artículo Segundo.- APERTURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario al ex funcionario Juan MOLINA VAS-QUEZ, ex Jefe de la Oficina de Obras y Mantenimiento dela Universidad Nacional de Huancavelica. Artículo Tercero.- Los ex funcionarios procesados tie- nen derecho a presentar su descargo y las pruebas que creanconveniente en su defensa a la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios de Funcionarios dela Universidad Nacional de Huancavelica, dentro del plazoque estipula la Ley. Para tal efecto la mencionada Comisiónentregará copias de los documentos sustentatorios a los exfuncionarios procesados para su descargo por escrito. Artículo Cuarto.- REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Proceso Administrativos Disciplinarios deFuncionarios de la Universidad Nacional de Huancavelica,para que dentro del plazo señalado por Ley concluya lasacciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN HUAYLLANI MOSCOSO Rector 12889 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 344-2003-G.R.TACNA 23 de junio de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional que resuelve en su artículo primero emitir credencial a los Representantes delas Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo deCoordinación Regional del Gobierno Regional Tacna, ele-gidos por un período de dos (2) años, en un total de vein-tiún (21) representantes: Miembros Plenos Titulares (3),Miembros Plenos Suplentes (3) y Miembros Invitados (15); CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27902 se modifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorporándose losartículos 11º-A y 11º-B relacionados al Consejo de Coordi-nación Regional como órgano consultivo y de coordinacióndel Gobierno Regional Tacna, integrado por los gobiernoslocales y por representantes de la sociedad civil; Que, en el Reglamento para la Elección de Represen- tantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante elConsejo de Coordinación Regional (CCR), del GobiernoRegional Tacna, aprobado mediante Ordenanza RegionalNº 006-2003-C.R./G.R.TACNA y modificado con la Orde-nanza Regional Nº 007-2003-C.R./G.R.TACNA, en Art. 50ºestablece que, dentro de los cinco (5) días posteriores a laculminación del proceso de elecciones, la Presidencia delGobierno Regional emitirá la Resolución Ejecutiva Regio-nal de la acreditación correspondiente de los MiembrosRepresentantes de la Sociedad Civil ante el CCR, la mis-ma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano y enel portal electrónico del Gobierno Regional; Que, habiéndose cumplido con emitir las credenciales respectivas, de conformidad a lo normado en el Art. 50º delReglamento para la Elección de Representantes de lasOrganizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo deCoordinación Regional (CCR) del Gobierno Regional Tac-na, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 006-2003-C.R./G.R.TACNA y su modificatoria a través de la Orde-nanza Regional Nº 007-2003-C.R./G.R.TACNA, es proce-dente formalizar la conformación del Consejo de Coordina-ción Regional;Que, mediante Ley Nº 27902 se modifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en elartículo incorporado 11º-A, se aprueba la composición yfuncionamiento del Consejo de Coordinación Regional(CCR) en: El Presidente Regional, los Alcaldes de la Re-gión Tacna y los representantes de las organizaciones dela sociedad civil; Encontrándose con arreglo a la normatividad y en el marco de lo preceptuado en la Constitución Política del Perú,en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacióny lo dispuesto en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Go-biernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la conformación del Con- sejo de Coordinación Regional (CCR) del Gobierno Regio-nal Tacna, de acuerdo a la siguiente composición y confor-me al detalle del Anexo Nº 01 que forma parte de la pre-sente resolución: * El Presidente Regional, quien lo preside. * Miembros Plenos: - Alcaldes Provinciales (4). - Representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil (3). * Miembros Invitados:- Alcaldes Distritales (23). - Representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil (15). Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente en el Dia- rio Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Gobier-no Regional de Tacna. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE a las partes intere- sadas y a las instancias correspondientes del GobiernoRegional de Tacna. Regístrese y comuníquese.JULIO ALVA CENTURIÓN Presidente Regional 12882 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G31/G37/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G2E /G4E/GBA/G20/G31/G31/G32/G2C/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G31/G39/G2C/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ORDENANZA Nº 125 Miraflores, 1 de julio de 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fe- cha; CONSIDERANDO:Que, el día 2 de enero de 2003 se publicó la Ordenanza Nº 112, referida al Régimen de Aplicación de SancionesAdministrativas de la Municipalidad de Miraflores; Que, por Ordenanza Nº 119 publicada el 23 de febrero del presente año, se modificó el Artículo 17º de la Orde-nanza Nº 112, el mismo que regula lo referido a la Comi-sión Calificadora de Sanciones, indicando que dicha Comi-sión se encuentra conformada por un Regidor, el Directorde la Oficina de Administración Tributaria y el Director de laOficina de Administración y Finanzas; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des, publicada el 27 de mayo de 2003, establece en suArtículo 11º que los regidores no pueden ejercer funciones