Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2003 (08/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G37/G38/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 8 de julio de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29.5.2003, el Informe Nº 35-2003-UPP-OGP-MPC de la Jefe(e) de la Unidad de Planes y Programas; el proyecto delAcuerdo de Concejo, el proyecto de Contrato de Serviciosde Capacitación para la realización de un curso en Admi-nistración Total de la Calidad y la Productividad; el OficioNº 168-2003-OGP-MPC de la Directora de la Oficina Ge-neral de Planificación; el Informe Nº 306-2003-OGAJ-MPCde la Oficina de Asesoría Jurídica; Oficio Nº 175-2003-DM-MPC del Sr. Director Municipal y Proveído Nº 1405 del Des-pacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 35-2003-UPP-OGP-MPC de la Oficina General de Planificación, se acredita la necesi-dad de contratar los servicios de una persona natural ojurídica especializada en ADMINISTRACIÓN TOTAL DE LACALIDAD Y LA PRODUCTIVIDAD, con la finalidad de in-fundir en los trabajadores municipales los conceptosfundamentales de calidad y servicio y todos los aspectosque conllevan a obtener un servicio de calidad; Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM señalaen su artículo 19º que están exonerados de los procesosde Licitación Pública o Concurso Público o AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones o contrata-ciones que se realicen: h) para servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el artículo 1º del D.S. Nº 041-2003-PCM de fecha 16 de abril del 2003, que Modifica el Artículo 111º del Re-glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, señala que se encuentran exonerados del respec-tivo proceso de selección, los contratos de locación de ser-vicios celebrados con personas naturales o jurídicas paracuando dicha contratación se haya tenido en cuenta y comorequisito esencial a la persona del locador, ya sea por suscaracterísticas inherentes particulares o especiales o porsu determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Artículo 20º del mismo cuerpo le- gal señala que, las adquisiciones y contrataciones antesreferidas, se realizarán mediante el proceso de adjudica-ción de menor cuantía, debiendo aprobarse mediante Acuer-do de Concejo Municipal; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº013-2001-PCM, señala en su artículo 105º que de produ-cirse los supuestos señalados en el Artículo 19º de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado que deter-minara la necesidad de efectuar procesos de adjudicaciónde menor cuantía, la Municipalidad hará las adquisicioneso contrataciones mediante acciones inmediatas sobre labase de la obtención, por cualquier medio de comunica-ción, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de unacotización que cumpla con los requisitos establecidos enlas bases, con autorización; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe de Visto, opina que los servicios de capacitación aeste nivel que requiere la Municipalidad, tienen un carác-ter personalísimo; Estando lo expuesto, de conformidad a la Ley Orgáni- ca de Municipalidades y demás normas pertinentes y conel voto unánime del Concejo Municipal Provincial de Ca-jamarca; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR, la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de los servi-cios de la Universidad de Piura, para la capacitación enADMINISTRACIÓN TOTAL DE LA CALIDAD Y LA PRO-DUCTIVIDAD, por cuanto la contratación en mención estáenmarcada dentro de los Servicios Personalísimos, en don-de se tiene en cuenta como requisito esencial la calidadprofesional de dicha institución, de acuerdo a lo estableci-do por el Art. 1º del D.S. Nº 041-2003-PCM de fecha16.4.2003, que modifica el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM; por un monto de US$ 5,600.00 (CINCO MIL SEIS-CIENTOS DÓLARES AMERICANOS), el cual será afecta-do a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directa-mente Recaudados, como parte del Proyecto con Código00040.002 - "Plan Anual de Capacitación 2003".Segundo.- DISPONER, que Secretaría General remita copia del Acuerdo correspondiente y del Informe que sus-tenta esta exoneración a la Contraloría General de la Re-pública, dentro de los diez días calendario siguientes a suaprobación. Tercero.- ENCARGAR, a la Unidad de Abastecimientos la implementación del Acuerdo de Concejo, debiéndosesuscribir el Contrato con los requisitos, condiciones, for-malidades y garantías que se regulan en el D.S. Nº 013-2001-PCM. Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institu- cional la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi-cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDGAR EMILIO HORNA PEREIRA Alcalde Provincial 12517 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTIOQUIA - HUAROCHIRÍ /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G74/G69/G6F/G71/G75/G69/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G48/G75/G61/G72/G6F/G63/G68/G69/G72/GED ORDENANZA Nº 001-2003-MDA-PH Antioquia, 24 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTIOQUIA POR CUANTO:El Concejo Municipal en pleno, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de abril 2003, aprobó por UNA-NIMIDAD la Ordenanza que aprueba el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad deAntioquia; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Procedimientos Administrativos General Nº 27444 en su Art. 37º establece que todas las Entidadeselaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según elcaso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA; Que, en su Art. 38º numeral 38.1 se dispone que el Tex- to Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es apro-bado, en caso de los Gobiernos Locales, por OrdenanzaMunicipal; Que, habiéndose presentado el proyecto de TUPA por la Asesoría Contable de la Municipalidad, y las Direccio-nes respecto a su Unidad Orgánica; Estando a lo dispuesto por el Art. 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ha dado la siguiente: ORDENANZA APRUEBAN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANTIOQUIA Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2003 de la Municipalidad Distritalde Antioquia, conjuntamente con los derechos y precioscontenidos en el mismo y que forma parte de la presentenorma. Artículo 2º.- La presente ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL V. MANTARI RAMOS Alcalde 12834