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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2003 (10/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 247907 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de julio de 2003 Que, con la Ley Nº 27779 - Ley Orgánica que Modifi- ca la Organización y Funciones de los Ministerios, defecha 10 de julio de 2002, se crea el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento que tiene como fun- ciones regular y ejecutar las políticas en materia de vi-vienda, urbanismo, construcción y saneamiento y a tra- vés del Decreto de Urgencia Nº 040-2002, del 12 de agosto de 2002, se autorizó una Transferencia de Parti-das en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, del antiguo Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción, Unidad Ejecu-tora 018 Programa Nacional de Agua Potable y Alcanta- rillado al Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apo-yo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA; Que, con fecha 5 de setiembre del 2002, se suscribe la Addenda al Convenio a que se hace referencia en elSegundo Considerando de esta Resolución Ministerial; en mérito del cual el Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento asume la posición contractual delantiguo Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, asumiendo todos los derechos y obligaciones que emanan de dicho Convenio; Que, con la Resolución Ministerial Nº 094-2002-VI- VIENDA, se aprobó la transferencia financiera del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Uni-dad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de la EPS AYA- CUCHO S.A. hasta por S/. 3 100 000,00, en la fuente definanciamiento Recursos Ordinarios, para financiar par- cialmente el Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado para la ciudad de Ayacucho, como parte de la contra-partida nacional; Que, en el cuarto trimestre del año 2002, hubieron restricciones para la aprobación de Calendario de Com-promisos en la Genérica del Gasto 5 Inversiones, impi- diendo completar las entregas contempladas en el Con- venio de Gestión, por lo que en el presente año, es per-tinente aprobar una transferencia financiera a la citada empresa; Que, con el Memorándum Nº 136-2003/MVCS/PARS- SA/DE, de fecha 23 de abril, se alcanza el Informe Nº 65-2003/VIVIENDA/MVCS/PARSSA/OAL/SCR, en el cual se señala que el PARSSA, del monto total de contrapar-tida nacional (S/. 9 100 000,00), ha desembolsado el monto de S/. 8 000 000,00 teniendo un saldo por desem- bolsar de S/. 1 100 000,00; Que, mediante el Memorando Nº 139-2003/VMCS/ PARSSA/DE, de fecha 29 de abril de 2003, se comunica a esta Oficina General que se ha realizado la Nota deModificación Presupuestal Nº 0019, donde se habilita recursos para la transferencia financiera a la EPS AYA- CUCHO S.A., por la suma de S/. 1 100 000,00 para losfines antes mencionados; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado, las transferencias financieras constituyen una modalidad de aplicación del gasto, por el cual los Plie- gos Presupuestarios otorgan recursos a otras Entida-des u Organismos sin contraprestación alguna, para el cumplimiento de las Actividades y Proyectos aprobados en los Presupuestos Institucionales de los Organismosde destino; Que, el Artículo 49º de la Ley Nº 27209 - Ley de Ges- tión Presupuestaria del Estado, establece que las Enti-dades del Sector Público que utilicen recursos de dona- ciones o provenientes de operaciones oficiales de crédi- to, sujetarán la ejecución del gasto a lo establecido enlos respectivos Convenios de Cooperación y en los do- cumentos anexos, así como supletoriamente a las dis- posiciones contenidas en las Leyes Anuales de Presu-puesto; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27209 - Ley de Ges- tión Presupuestaria del Estado, señala que la EjecuciónPresupuestaria Indirecta se da cuando la ejecución físi- ca y/o financiera de las Actividades y Proyectos así como de sus respectivos Componentes, es realizada por unaEntidad distinta al Pliego; sea por efecto de un contrato celebrado con una Entidad Privada a título oneroso ocon una Entidad Pública, sea a título oneroso o gratuito. Cuando se trate del tipo de Ejecución Presupuestariaque se celebre entre Entidades del Sector Público a titu- lo gratuito, resulta eficaz la suscripción de Convenios; Que, mediante el Artículo 14º de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, queda prohibido el otorgamiento de subven- ciones o similares por parte de los Pliegos Presupues-tarios, salvo los aprobados por norma legal expresa y los destinados a programas sociales, los mismos que para su aplicación deberán contar con el financiamien-to correspondiente en el presupuesto del Pliego otor- gante. Que, de acuerdo al Artículo 55º de la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, las Transferencias Financieras que se deban realizar en cumplimiento de los dispositivos legales que aprueban Subvenciones a Entidades Públi-cas o Privadas, en el marco del artículo 14º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, en consecuencia, se debe proceder a autorizar la transferencia financiera como parte de la contraparti- da local y el financiamiento acordado a que se refierenlos considerandos precedentes del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamien-to - PARSSA, a favor de EPS AYACUCHO S.A., hasta por la suma de S/. 1 100 000,00 (UN MILLÓN CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con las Leyes Nºs. 27209, 27570, 27879, 27779 y la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Refor-ma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Ayacucho Sociedad Anónima - EPS AYACUCHO S.A.,por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, has- ta por la suma de S/. 1 100 000,00 (UN MILLÓN CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los fines a que serefiere el segundo considerando de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo precedente, el Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento, dictará las disposiciones adminis- trativas y presupuestarias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 12983 Disponen que el Banco de Materiales extienda compromisos de compraven-ta a favor de postulantes al Bono Fa-miliar Habitacional para la adquisición de viviendas en el "Proyecto Piloto El Mirador" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2003-VIVIENDA Lima, 9 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se crea el Proyecto "Techo Propio" con el fin de promover, facilitar o establecer los mecanismos ade-