Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2003 (10/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, con la Ley Nº 27779 - Ley Organica que Modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, se crea el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que tiene como funciones regular y ejecutar las politicas en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento y a traves del Decreto de Urgencia Nº 040-2002, del 12 de agosto de 2002, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, del antiguo Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Unidad Ejecutora 018 Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado al Pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA; Que, con fecha 5 de setiembre del 2002, se suscribe la Addenda al Convenio a que se hace referencia en el MORDAZA Considerando de esta Resolucion Ministerial; en merito del cual el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento asume la posicion contractual del antiguo Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, asumiendo todos los derechos y obligaciones que emanan de dicho Convenio; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 094-2002-VIVIENDA, se aprobo la transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de la EPS MORDAZA S.A. hasta por S/. 3 100 000,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar parcialmente el Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado para la MORDAZA de MORDAZA, como parte de la contrapartida nacional; Que, en el MORDAZA trimestre del ano 2002, hubieron restricciones para la aprobacion de Calendario de Compromisos en la Generica del Gasto 5 Inversiones, impidiendo completar las entregas contempladas en el Convenio de Gestion, por lo que en el presente ano, es pertinente aprobar una transferencia financiera a la citada empresa; Que, con el Memorandum Nº 136-2003/MVCS/PARSSA/DE, de fecha 23 de MORDAZA, se alcanza el Informe Nº 65-2003/VIVIENDA/MVCS/PARSSA/OAL/SCR, en el cual se senala que el PARSSA, del monto total de contrapartida nacional (S/. 9 100 000,00), ha desembolsado el monto de S/. 8 000 000,00 teniendo un saldo por desembolsar de S/. 1 100 000,00; Que, mediante el Memorando Nº 139-2003/VMCS/ PARSSA/DE, de fecha 29 de MORDAZA de 2003, se comunica a esta Oficina General que se ha realizado la Nota de Modificacion Presupuestal Nº 0019, donde se habilita recursos para la transferencia financiera a la EPS MORDAZA S.A., por la suma de S/. 1 100 000,00 para los fines MORDAZA mencionados; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 14º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, las transferencias financieras constituyen una modalidad de aplicacion del gasto, por el cual los Pliegos Presupuestarios otorgan recursos a otras Entidades u Organismos sin contraprestacion alguna, para el cumplimiento de las Actividades y Proyectos aprobados en los Presupuestos Institucionales de los Organismos de destino; Que, el Articulo 49º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, establece que las Entidades del Sector Publico que utilicen recursos de donaciones o provenientes de operaciones oficiales de credito, sujetaran la ejecucion del gasto a lo establecido en los respectivos Convenios de Cooperacion y en los documentos anexos, asi como supletoriamente a las disposiciones contenidas en las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, senala que la Ejecucion Presupuestaria Indirecta se da cuando la ejecucion fisica y/o financiera de las Actividades y Proyectos asi como de sus respectivos Componentes, es realizada por una Entidad distinta al Pliego; sea por efecto de un contrato celebrado con una Entidad Privada a titulo oneroso o

con una Entidad Publica, sea a titulo oneroso o gratuito. Cuando se trate del MORDAZA de Ejecucion Presupuestaria que se celebre entre Entidades del Sector Publico a titulo gratuito, resulta eficaz la suscripcion de Convenios; Que, mediante el Articulo 14º de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, queda prohibido el otorgamiento de subvenciones o similares por parte de los Pliegos Presupuestarios, salvo los aprobados por MORDAZA legal expresa y los destinados a programas sociales, los mismos que para su aplicacion deberan contar con el financiamiento correspondiente en el presupuesto del Pliego otorgante. Que, de acuerdo al Articulo 55º de la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01, las Transferencias Financieras que se deban realizar en cumplimiento de los dispositivos legales que aprueban Subvenciones a Entidades Publicas o Privadas, en el MORDAZA del articulo 14º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, se aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, en consecuencia, se debe proceder a autorizar la transferencia financiera como parte de la contrapartida local y el financiamiento acordado a que se refieren los considerandos precedentes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de EPS MORDAZA S.A., hasta por la suma de S/. 1 100 000,00 (UN MILLON CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con las Leyes Nºs. 27209, 27570, 27879, 27779 y la Directiva Nº 001-2003-EF/76.01; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - EPS MORDAZA S.A., por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/. 1 100 000,00 (UN MILLON CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los fines a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo precedente, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dictara las disposiciones administrativas y presupuestarias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 12983

Disponen que el Banco de Materiales extienda compromisos de compraventa a favor de postulantes al MORDAZA Familiar Habitacional para la adquisicion de viviendas en el "Proyecto Piloto El Mirador"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2003-VIVIENDA

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se crea el Proyecto "Techo Propio" con el fin de promover, facilitar o establecer los mecanismos ade-

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