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PÆg. 247911 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de julio de 2003 1º SALA CIVIL Dr. Manuel Jesús Miranda Canales Vocal (T) Presidente Dr. Agustín Reymundo Jorge Vocal (T) Dr. Carlos Bustamante Barrios Vocal (P) 2º SALA PENAL- REOS EN CÁRCEL Dr. David Víctor Lecaros Chávez Vocal (T) Presidente Dr. Rubén Roger Durán Huaringa Vocal (T) Dr. Jorge Guillermo Gutiérrez Tudela Vocal (S) Artículo Cuarto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafón, Oficina Dis-trital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LORENZO ALEJANDRO MONTAÑEZ GONZALES Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 13015 Constituyen Comisión Mixta TØcnica que propondrÆ pautas de medición deltrabajo de auxiliares jurisdiccionales yadministrativos de la Corte Superior deJusticia del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 168-2003-P-CSJCNL/PJ Independencia, tres de julio del dos mil tres. VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, se señala en el Acuerdo de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República de fecha vein-tidós de enero del dos mil dos, que entre otras disposi- ciones declara la Reestructuración del Poder Judicial, que la realización del cambio estructural necesario de laAdministración de Justicia, debe hacerse necesariamen- te desde el interior del Poder Judicial; Que, el Poder Judicial es postergado en su tratamien- to presupuestal como Poder del Estado, lo que explica que con motivo del Primer Encuentro Nacional de los Presidentes de Cortes Superiores, efectuado el treintade junio y primero de julio del presente año, en el pueblo de Santa Clara de la provincia y departamento de Lima, se exija la autonomía económica, así como los recursosnecesarios para el cumplimiento de los altos objetivos de este Poder del Estado, como consta en el tercer pun- to de la Declaración suscrita con motivo de dicho En-cuentro Nacional; Que, tal secular abandono constituye decisivo fac- tor externo que explica en gran medida las deficienciascon que se presta el servicio de Justicia, a pesar de lo cual el Poder Judicial cumple sus funciones cabalmen- te, sin caer en inercia, en atenta espera de la decisiónpolítica de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, de reci- bir el tratamiento que corresponde a su estatuto constitucional; en otras palabras, dicha indiferenciaexige continuar con la usual política presupuestal de este Poder del Estado, de maximizar el uso de sus es- casos recursos, optimizando la reducción de los cos-tos de la Administración de Justicia; Que, en ese orden de ideas, este Despacho consi- dera muy importante establecer pautas técnicas de me-dición del trabajo de los Auxiliares Jurisdiccionales, a través de ratios de productividad, de modo que pueda conocerse a través de ellos la calidad del servicio deestos profesionales de modo objetivo, así como tambiénde aquellos servidores que realizan labores administra- tivas de apoyo a la función jurisdiccional, pues de estamanera técnica se generará información gerencial útil para la administración de la Corte y mejor planificación del sistema administrativo de personal y de las activida-des de la política de descarga procesal, máxime si esta medida se integra con el Servicio de Alerta de Gestión Jurisdiccional instaurado por Resolución Administrativanúmero ciento cincuenticinco -dos mil tres -P-CSJCNL/ PJ del veinticinco de junio último, constituyéndose en mecanismos que se implantan en un marco de modelarun diseño de gestión jurisdiccional, en búsqueda de la eficiencia del sistema judicial, como instrumento idóneo de lucha eficaz contra la corrupción; Que, ahora bien, no puede desconocerse las dife- rentes realidades que cada especialidad tiene como con- texto laboral, de modo que los ratios de medición del rendimiento laboral de los servidores deberán ser preestablecidos por una comisión mixta técnica que de- berá estar constituida necesariamente por auxiliaresjurisdiccionales y Magistrados de las diferentes especia- lidades e instancias, de modo que se represente en ella la situación de la Corte; Que, para el cumplimiento del encargo, a la citada comisión se deberán proveer todas las facilidades, tanto de acceso a la información, como logístico, contando deigual forma con la colaboración de los distintos órganos jurisdiccionales que conforman la Corte, para una mejor y eficiente gestión; Por cuyas consideraciones, en virtud del artículo 90º incisos tercero y noveno del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR una COMISIÓN MIXTA TÉCNICA, conformada por Magistrados y Auxi- liares Jurisdiccionales, que tendrá por objetivo centralproponer a este Despacho el establecimiento de pautas técnicas de medición del trabajo de los auxiliares juris- diccionales y administrativos, a través de ratios de pro- ductividad, con los que se deberán evaluar las activida- des de dichos servidores de esta Corte Superior de Jus- ticia; así como una propuesta de producción estándarde cada actividad o cargo. Artículo Segundo.- La Comisión estará conforma- da por: Presidente: - Sr. Dr. Carlos Alberto Calderón Puertas, Vocal Superior Titular, quien la presidirá; Integrantes: - Dr. Roger Durán Huaringa, Vocal Superior Titular, - Dr. Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Vocal Superior Titular, - Dr. Gabino Alfredo Espinoza Ortiz, Vocal Superior Titular, - Srta. Dra. Flor de María Poma Valdivieso, Juez Especializado Penal Titular, - Sr. Dr. Guillermo Martín Huamán Vargas, Juez Especializado Penal Titular, - Sra. Dra. María Elisa Zapata Jaén, Juez Especializada de Familia Titular, - Sra. Doctora Martha Soledad Céspedes Santiváñez, Juez Especializada Civil Suplente, - Sr. Dr. Nelson Martín Pinedo Ob, Juez de Paz Letrado Suplente, - Srta. Dra. Ana María Anciburo Silva, Especialista Legal del Tercer Juzgado Civil, - Srta. Dra. Verónica Torres Cuadros, Secretaria Judicial del Octavo Juzgado Penal; y, - Lic. Nel Quesada Lucio, Asistente de la Oficina de Estadística. Artículo Tercero.- La Comisión deberá alcanzar su informe dentro del plazo de quince días hábiles computa-