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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2003 (22/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 248546 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de julio de 2003 PRODUCE Otorgan licencia de operación al Cen- tro de Entrenamiento Pesquero de Pai- ta para desarrollar actividades de procesamiento de recursos hidrobio-lógicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 165-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de junio del 2003Visto los escritos con registros Nºs. 03245003, 01950001 y 06213002 de fechas 11 de noviembre del2002, 19 de febrero y 8 de abril del 2003 respectivamen- te, presentados por el CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP-PAITA). CONSIDERANDO Que los artículos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para lainstalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere la autorización, la misma que constituye un de- recho administrativo específico que el Ministerio de Pes-quería (actualmente Ministerio de la Producción) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que mediante Resolución Ministerial Nº 619-96-PE, de fecha 16 de diciembre de 1996, se otorgó a CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAI- TA), licencia de operación para que desarrolle la actividadde procesamiento de productos hidrobiológicos, destinados al consumo humano directo a través de su planta de con- gelado, en su establecimiento industrial ubicado en PlayaHermosa s/n, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con una capacidad instalada de 3 t/día; Que mediante Resolución Directoral Nº 268-2001-PE/ DNEPP de fecha 16 de octubre del 2001, se otorgó al CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), autorización para el incremento de capaci-dad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiológicos de 3 a 8 t/día, en su establecimiento in- dustrial pesquero ubicado en la Av. Playa Hermosa Nº 1501,distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAI-TA) solicita licencia para la operación de su planta de congelado de productos hidrobiológicos instalada en el citado establecimiento industrial; Que la Dirección Nacional del Medio Ambiente de Pes- quería a través de la Constancia de Verificación Nº 001- 2003-PRODUCE/DINAMA de fecha 7 de febrero del 2003,señala que la recurrente ha cumplido con implementar las medidas de mitigación aprobadas en su Estudio de Impac- to Ambiental para incrementar la capacidad instalada de 3t/día a 8 t/día de recursos hidrobiológicos en la actividad de congelado. En el referido establecimiento industrial; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero a través del Informe Nº 085-2003-PRO- DUCE/DNEPP-Dch de fecha 5 de mayo del 2003, que sus-tenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 27 del Texto Único de Procedimien-tos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmen- te Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Su- premo Nº 004-2002-PE y con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 43º inci- so d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca;los artículos 49º, 53º, y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento Nº 27 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al CENTRO DE ENTRENA- MIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), licenciade operación para que desarrolle la actividad de procesa- miento de recursos hidrobiológicos, destinados al consu- mo humano directo, a través de su planta de congelado en su establecimiento industrial ubicado en la Avenida PlayaHermosa Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departa- mento de Piura, con una capacidad instalada de 8 t/día. Artículo 2º.- CENTRO DE ENTRENAMIENTO PES- QUERO DE PAITA (CEP - PAITA), deberá operar su plan- ta de congelado con sujeción a las normas legales y re- glamentarias del ordenamiento jurídico pesquero; asícomo las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de laactividad pesquera; asimismo deberá contar con un sis- tema de control del proceso que garantice la óptima cali- dad del producto final, debiendo poner en operación losequipos y/o sistemas de mitigación verificados por la Di- rección Nacional del Medio Ambiente de Pesquería, tal como lo establece la Constancia de Verificación Nº 001-2003-PRODUCE/DINAMA de fecha 7 de febrero del 2003. Artículo 3º.- Incorporar al anexo Nº II de la Resolu- ción Ministerial Nº 041-2002-PE sobre "Plantas deprocesamiento pesquero congelado, cuya capacidad está expresada en toneladas/día (t/día)", la planta de conge- lado del CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERODE PAITA (CEP - PAITA), ubicada en la Avenida Playa Hermosa Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departa- mento de Piura, con una capacidad verificada de 8 t/día. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 619-96-PE de fecha 16 de diciembre de 1996. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo 2º de la presente Resolución será causal de ca- ducidad del derecho otorgado o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 13777 Aceptan desistimiento de procedimien- to administrativo iniciado por Empre- sa Pesquera San Fermín S.A. sobre cam- bio de titular de licencia de operaciónotorgada mediante R.M. N” 297-94-PE RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 166-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de junio del 2003 Vistos los escritos con registros Nº CE-00618002 de fecha 3 de febrero de 2003 y Nº 05005002 de fecha 21 de marzo de 2003, presentados por EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 107-2000-PE/ DNPP de fecha 17 de octubre de 2000, se aprobó a favor de EMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A. hasta el30 de setiembre de 2004, el cambio de titular de la licen- cia de operación otorgada a PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. por Resolución Ministerial Nº 297-94-PE, para las actividades de enlatado y harina de pesca- do en dos líneas: harina convencional y harina especial con capacidades de 3,422 cajas/turno, 67 t/h y 33 t/h deprocesamiento de materia prima, respectivamente, en el establecimiento industrial ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanización Industrial Gran Trapecio, distrito de Chim-bote, provincia del Santa, departamento de Ancash; Que a través del escrito del visto con registro Nº CE- 00618002 de fecha 3 de febrero de 2003, EMPRESAPESQUERA SAN FERMIN S.A. solicita a su favor el cam- bio de titular de la licencia de operación otorgada a PRO- DUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. por ResoluciónMinisterial Nº 297-94-PE, para la actividad de enlatado con una capacidad de 2,746 cajas/turno;