Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2003 (25/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Asimismo, la Evaluacion del comportamiento de los Ingresos durante los ultimos tres anos, a nivel de especifica del ingreso, de las MORDAZA de Financiamiento 08 Otros Impuestos Municipales y 09 Recursos Directamente Recaudados, conteniendo el analisis y explicacion en terminos de Grado de Esfuerzo en la Recaudacion, Captacion y Obtencion de los Ingresos Municipales; asi como la explicacion de los problemas presentados y los correctivos propuestos. · Parte III: Evaluacion de Gastos, a nivel de Actividad y Proyecto, conteniendo el analisis, en terminos de Eficacia y Eficiencia11 , segun corresponda, de la ejecucion presupuestaria del Pliego respecto al PIA y al PIM de dichas categorias, asi como la explicacion de los problemas presentados y los correctivos que se estime necesario proponer. Parte IV: Evaluacion de Metas Presupuestarias, a nivel de Actividad y Proyecto, conteniendo el anali-

sis y explicacion en terminos de Eficacia de la ejecucion de las Metas Presupuestarias, enumerando los problemas presentados y los correctivos propuestos. · Parte V: Evaluacion de la Estructura Funcional Programatica y propuesta de modificacion presupuestaria efectuada por el Pliego, de corresponder, debidamente comentada y detallada.

Articulo 20º.- Plazos de MORDAZA de la Informacion de Evaluacion Presupuestaria a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. La elaboracion y MORDAZA de las Evaluaciones Presupuestarias Semestral y Anual, a cargo de los Gobiernos Locales, a que se refiere el numeral 3 del articulo 9º de la Ley Nº 27879 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, se efectua de acuerdo al siguiente Cronograma:

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Evaluacion Institucional

Municipalidad Municipalidad Distrital

Plazo MORDAZA de Elaboracion Hasta el 30 de MORDAZA del ano 2003 Hasta el 14 de agosto del ano 2003 Hasta el 30 de MORDAZA del ano 2004 Hasta el 15 de MORDAZA del ano 2004

Fecha de MORDAZA Hasta el 4 de agosto del ano 2003 Hasta el 19 de agosto del ano 2003 Hasta el 5 de MORDAZA de 2004 Hasta el 20 de MORDAZA del ano 2004

Organismo de destino Municipalidad Provincial

Semestral Municipalidad Provincial Municipalidad Distrital Municipalidad Provincial Direccion Nacional del Presupuesto Publico Municipalidad Provincial

Anual

Direccion Nacional del Presupuesto Publico

Articulo 21º.- MORDAZA de las Evaluaciones Presupuestarias Los Alcaldes Distritales remiten tres (3) copias de las Evaluaciones Presupuestarias a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geograficamente, debiendo adjuntarse los Formatos EV-3, EV-4, EV-5, EV-6, EV-7, EV-8, EV9, EV-10 y EV-11 (para la Evaluacion Semestral); y, EV-3, EV-4, EV-5, EV-6, EV-7, EV-8, EV-9, EV-10, EV-11, EV-12, EV-13 y EV-14 (para la Evaluacion Anual), que se detallan en el Anexo Nº 01 - "Indice de Formatos". Asimismo, se adjuntan los Informes Semestral y Anual de la Evaluacion Presupuestaria segun el periodo evaluado. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten MORDAZA de las Evaluaciones Presupuestarias enviadas por las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad, en los plazos que establece el Articulo 9º de la Ley Nº 27879 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; adjuntandose adicionalmente los Formatos EV-1 y EV-2, para la Evaluacion Presupuestaria Semestral y la Evaluacion Anual, segun corresponda; asimismo, se adjunta el Anexo Nº 02 -"Cumplimiento de la Remision de la Informacion de Evaluacion Presupuestaria de los Presupuestos de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2003". La Direccion Nacional del Presupuesto Publico (DNPP) solo acepta las Evaluaciones Presupuestarias que se remitan a traves de la respectiva Municipalidad Provincial, y/o en los plazos previstos, quedando en la condicion de omisas aquellas Municipalidades Distritales que remitan dicha informacion directamente a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y/o fuera de los plazos establecidos. Articulo 22º.- Remision de Informacion por medio electronico a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico Adicionalmente, a la MORDAZA de la informacion de la Evaluacion Semestral y Anual MORDAZA mencionada, y

a fin de facilitar su procesamiento y tener un conocimiento oportuno de la misma, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, ha puesto a disposicion de los Gobiernos Locales tres (03) formatos en excel, a considerar para la recepcion de dicha informacion por medio electronico a la cual se tiene acceso a traves de la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas:

http://www.mef.gob.pe/propuesta/DNPP/goblocal/ evaluacion_2003.php
Dicha informacion solicitada por medio electronico, debe ser la misma que se ha consignado en los formatos a que se refiere el articulo 21º de la presente Directiva, bajo responsabilidad; y debe ser remitida por cada una de las municipalidades provinciales y distritales, directamente a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Para el caso de la Evaluacion Semestral en un plazo que no exceda del 19 de agosto del 2003; y para la Evaluacion Anual, MORDAZA del 20 de MORDAZA del 2004, a la siguiente direccion electronica, o en su defecto en un disquete en formato excel:

gl_eval_dnpp@mef.gob.pe
A fin que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico pueda procesar directamente la informacion presupuestal que se refiere el presente articulo, se debe tener en cuenta las siguientes precisiones al momento de registrar dicha informacion: · La ubicacion de las celdas del formato del cual se dispone en excel, no debe ser modificada por ningun motivo (no insertar ni eliminar columnas). Para el caso del registro de metas es posible anadir filas adicionales en caso fuera necesario. La informacion a consignar en las celdas sombreadas debe ser registrada necesariamente. En el Formato FI se registrara la informacion correspondiente a los ingresos municipales a nivel de partidas especificas, por cada Fuente de Financiamiento.

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