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PÆg. 248782 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de julio de 2003 - Informes y Dictámenes de Comisiones; - Informes y Pedidos de los regidores;- Informes de la Administración; y,- Otros documentos. En esta estación no se admitirá debate. Artículo 25º.- Leídos los documentos puestos a des- pacho o distribuido su texto a los Regidores, el Alcalde oquien presida ordenará el trámite que se debe dar a cada uno de ellos y pasará a debate a aquellos que podrían requerir inmediato pronunciamiento del Concejo. El autor o uno de los autores, en caso de ser varios, podrá fundamentar su propuesta en un lapso que no ex-cederá de diez minutos, en la estación de Orden del Día. Artículo 26º.- Admitidos a debate, pasarán a las co- rrespondientes comisiones para informe o dictamen, de ser el caso. Cuando la naturaleza del asunto o la urgencia del caso lo requiera, se podrá dispensar el Trámite de Comisiones. No podrá exonerarse del Trámite de Comisiones los asuntos que afecten las rentas de la Municipalidad. Las Comisiones deberán emitir su Dictamen respectivo en un plazo no mayor de quince días hábiles, vencido dicho pla-zo se someterá al pleno para su debate. Artículo 27º.- Los proyectos de resoluciones, acuer- dos y ordenanzas que cuenten con informe o dictamen decomisión o los que hubiera sido dispensados del trámite de comisiones, pasarán a la Orden del Día para su discu- sión y votación. SUBCAPÍTULO III.- INFORMES Artículo 28º .- En la estación informes, los Regidores podrán dar cuenta de las gestiones que les hubiera en-cargado el Concejo o el Alcalde y aquellos asuntos rela-cionados con las funciones y atribuciones que les señalala ley que consideren que deben se puestos en conoci-miento del Concejo. Artículo 29º .- Los informes serán breves y concretos y no excederán de tres (3) minutos. Si la importancia delcaso originarán debate el Alcalde dispondrá que el infor-me pase a la Orden del Día. Cuando se trate de informes o dictámenes de una co- misión, lo efectuará su Presidente o el Regidor designado por él. Si hubiera dictamen en minoría, lo efectuará quien lo suscribe. SUBCAPÍTULO IV.- PEDIDOS Artículo 30º.- Los Regidores podrán formular los pe- didos que estimen convenientes sobre asuntos que re-quieran el pronunciamiento inmediato del Concejo. LosRegidores que hagan uso de la palabra deberán hacerlode pie, salvo excepciones. Artículo 31º.- Los pedidos serán breves, concretos y no excederán de tres (3 ) minutos. Artículo 32º. - Los Regidores, podrán formular pedi- dos por escrito por intermedio de la Secretaría General,hasta cinco días (5) hábiles anteriores a la fecha de lasesión, los pedidos se tienen que pedir por escrito, u oral-mente en la estación correspondiente. El Alcalde dispon- drá el trámite que se debe dar a cada uno de ellos y pon- drá a consideración del Concejo los que podrían requerirun inmediato pronunciamiento. Artículo 33º.- El Alcalde dispondrá que los pedidos sobre los que el Concejo deba adoptar acuerdos pasen ala Orden del Día, en la que se producirá su fundamenta- ción y debate. Los asuntos que por su naturaleza requieran conoci- miento de antecedentes, informes técnicos o versen sobremateria contenciosa pasarán a informe de Comisiones. Artículo 34º.- Durante esta estación no se admitirá de- bate. Los pedidos que quedaran pendientes se tratarán en la próxima sesión. SUBCAPÍTULO V.- ORDEN DEL DÍA Artículo 35º .- En la Orden del Día se debatirá y votará solamente los asuntos señalados en la Agenda y los que durante la sesión hubieran pasado a esta estación. El Al-calde podrá variar el orden de acuerdo a su naturaleza ourgencia. Al iniciar la estación del Orden del Día se pasa-rá lista. Artículo 36º.- Durante la Estación de Orden del Día, los Regidores fundamentarán sus dictámenes, informes ypedidos que hubieran sido consignados en la agenda o hubieran pasado a esta estación. Artículo 37º. - Durante el debate, ningún Regidor po- drá intervenir más de dos veces sobre el mismo asunto, excepto el autor del proyecto, dictamen o pedido para for- mular aclaraciones o responder preguntas sobre ellos. Si los autores fuesen varios Regidores, designarán a uno para la sustentación. Las intervenciones se referirán solamente a los asun- tos en debate y no se admitirá diálogo entre los Regido- res que se dirigirán siempre al Alcalde o a quien dirija la sesión. Artículo 38º. - Ninguna intervención durará más de cin- co (5) minutos. Sin embargo si la naturaleza del asunto lohiciera necesario, el Alcalde puede autorizar un tiempoadicional al Regidor que lo solicitara. Artículo 39º.- El Alcalde evitará que el debate derive a asuntos diferentes del que se está tratando. Asimismo,podrá dar agotado el debate si considerase que el asuntoha sido suficientemente analizado. Artículo 40º.- Se podrá presentar por escrito mocio- nes de Orden del Día relacionados con los asuntos de competencia del Concejo. Las mociones de Orden del Día requieren fundamentación. SUBCAPÍTULO VI.- VOTACIÓNArtículo 41º.- Las votaciones se realizarán solamente en la estación de Orden del Día. Para tal efecto se consideran como válidas las siguien- tes modalidades de votación: a.- Levantando la mano; b.- Poniéndose de pie; c.- Nominal. Artículo 42º.- Las votaciones se harán levantando la mano. Si un Regidor solicitase rectificación de la votación,se hará poniéndose los Regidores de pie. Artículo 43º.- La aprobación del Presupuesto del Ba- lance General de la Municipalidad y la Cuenta General del ejercicio anterior se aprobará de manera nominal. Elvoto de censura del Alcalde y Regidores así como el cesedel Gerente Municipal, se realizará de la misma manera. Artículo 44º.- Para que hayan resoluciones o acuerdo válido se requiere el voto conforme de más de la mitad de los regidores, salvo que la ley exija un número mayor. Si no se alcanzara el número de votos exigidos por la ley, se tendrá por rechazada la proposición votada. Artículo 45º.- El Alcalde puede determinar que el tra- tamiento de determinado punto de la agenda sea diferido.Asimismo, antes que se agote la agenda, puede suspen- der la sesión por un máximo de cuarentiocho (48) horas. Al continuar la sesión sólo se podrán tratar los asuntosque quedaron pendientes. Agotados los puntos de la agenda, el Alcalde o quien preside levantará la sesión, con lo cual concluirá ésta nopudiendo reabrirse. CAPÍTULO III.- DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Artículo 46º.- En la Sesión Extraordinaria, sólo se tra- tan los asuntos prefijados en la agenda; tiene lugar cuan-do la convoca el alcalde o a solicitud de una tercera partedel número legal de sus miembros. Artículo 47º.- En el caso de no ser convocado por el Alcalde dentro de los 5 días hábiles siguientes a la peti- ción, puede hacerlo el Primer Regidor o cualquier Regi- dor previa notificación escrita al Alcalde. Entre la convo-catoria y la sesión mediarán cuando menos, un lapso decinco (5) días hábiles. Si el Alcalde o Teniente Alcalde concurre a la sesión así convocada, tiene derecho a presidirla. Todas las sesiones son públicas salvo lo dispuesto por el artículo 15° del presente Reglamento. Los debates yacuerdos constan en acta suscrita por el Alcalde y el Se-cretario General. Se considerará asistente a las sesiones extraordina- rias al Regidor que esté presente al inicio de la sesión y que permanezca en la misma hasta su culminación. En las sesiones extraordinarias sólo se tratarán asun- tos materia de la convocatoria. Las Sesiones Extraordinarias, se regirán por lo esta- blecido, para las Sesiones Ordinarias, en lo que le fueraaplicable, conforme a Ley.