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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2003 (25/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 248743 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de julio de 2003 Comando Ribereño y cuyo nombre figura en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi- sión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas desu expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 13974 Disponen que las Fuerzas Armadas asu- man control del Orden Interno duranteel Estado de Emergencia en los depar- tamentos de Junín, Ayacucho y Apurí- mac y las provincias de Tayacaja y LaConvención RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 250-DE/SG Lima, 23 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 070-2003-PCM, se declaró el Estado de Emergencia en la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, y se prorrogó en los departamentos de Junín, Ayacucho y Apurímac yen la provincia de La Convención del departamento delCusco, por un plazo de treinta (30) días; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas, en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno, si así lo dispone el Presidentede la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asu- man el control del Orden Interno durante el Estado deEmergencia en la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica y en los departamentos de Junín, Ayacucho y Apurímac y en la provincia de La Convención del depar-tamento del Cusco. La Policía Nacional contribuirá al logro de dicho objeti- vo en los departamentos y provincias indicados en el pá-rrafo anterior. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro delInterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALBERTO SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 14024Autorizan viaje de cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos para visitar acade-mia militar de Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1154-DE/EP/DP-SDAPE 1-1/ Lima, 23 de julio de 2003 Visto, el Oficio Nº 1225-DE-1/SUBDIR/DIEDE/b.05.00 de 17 de junio del 2003, de la Subdirección de Educación de la Dirección de Instrucción y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 089- DE- 1/SUBDIR EDUC /DIEDE/b.05.00 de 12 de junio del 2003, el señor General de Ejército Comandante General del Ejér-cito aprueba y autoriza la participación de dos (2) Cade-tes de la Escuela Militar de Chorrillos que se designan enla parte resolutiva de la presente resolución, para que vi-siten la Academia Militar "Simón Bolívar" de la República de Venezuela del 23 al 29 de julio del 2003; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 6.jun.2002, regulan la autorización de viaje alexterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo recomendado por el Comandante Gene- ral del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión de Servicio en el Exterior para que visiten la Academia Militar "Simón Bolí- var" de la República de Venezuela, del 23 al 29 de juliodel 2003, al personal de cadetes de la EMCH que a conti-nuación se indica: - CAD V COM LA ROSA TERRONES Carlos Richard - CAD V MG QUINTANILLA FERNÁNDEZ Héctor Mi- guel Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente reso- lución, serán cubiertos por el Ministerio de Defensa - Ejér- cito del Perú (Comando Administrativo), de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes: Lima-Caracas-LimaUS$ 535.00 x 2 personas. Impuesto CORPAC: (Ida) US$ 28.00 x 2 personas. Viáticos: 50% de $ 110.00 = $ 55.00 x 7 días x 2 personas. Artículo 3º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o térmi- no del nombramiento, sin exceder del plazo total estable-cido. Artículo 4º.- El citado personal militar, deberá cumplir con lo señalado en los Artículos 6º y 10º del D.S. Nº 047-2000-PCM de 5.jun.02. Artículo 5º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuesto o derecho aduaneros de nin-guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 13976 Modifican la R.D. N” 0832-2002/DCG, referida a la revalidación del Título,Libreta de Embarco y CarnØ de pesca-dores RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0484-2003/DCG 18 de julio de 2003