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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (01/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 245247 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de junio de 2003 DELEGADOS DE LOS TRABAJADORES - Señor Juan José Gorriti Valle Pasajes : US$ 1,127.00 Viáticos : US$ 1,820.00 Tarifa CORPAC : US$ 28.00 - Señor Julio César Bazán Figueroa Pasajes : US$ 1,096.00 Viáticos : US$ 1,820.00 Tarifa CORPAC : US$ 28.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduane-ros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 10324 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan contratación de servicio de consultoría mediante adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 399-2003-MTC/01 Lima, 29 de mayo de 2003 VISTOS: El Informe Técnico Nº 100-2003-MTC/15 de la Direc- ción General de Circulación Terrestre y el Informe Legal Nº 663-2003-MTC/08 de la Oficina General de AsesoríaJurídica, relacionados con la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación de una entidad especializada en estudios económicos delmercado del transporte con la finalidad que evalúe el Estudio Técnico de Determinación de Costos para el servicio público de Transporte de Pasajeros en Ómni-bus y de Carga en Camión; así como para que se en- cargue de la actualización del referido Estudio al primer y segundo trimestre del presente año y proponga loscorrectivos de ser necesarios; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 100-2003-MTC/ 15 de la Dirección General de Circulación Terrestre, con fecha 3 de diciembre de 2001, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Estudio Técnico: Metodología de De-terminación de Costos para el Servicio Público de Trans- porte de Pasajeros en Ómnibus y de Carga en Camión, elaborado por el Centro de Consultoría en Gestión Empre-sarial de la Universidad del Pacífico, a solicitud del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de tener una herramienta analítica fundamental que permitaal Estado evaluar de manera cabal las consecuencias de las medidas que dicte con relación a los servicios menciona- dos, de manera especial, el impacto de las modificacionesen el nivel de peajes, tasas del impuesto selectivo al con- sumo en los combustibles, ingreso mínimo legal, precio internacional de combustibles e insumos en general; asícomo la fiscalización del cumplimiento de obligaciones tri- butarias; Que, según refiere el citado Informe Técnico, luego de un plazo razonable para recibir la opinión del gremio aca- démico, empresarial y de la sociedad en general, mediante Resolución Ministerial Nº 327-2002-MTC/15.02, de fecha 3de junio de 2002, el Ministerio de Transportes y Comunica- ciones aprobó el referido Estudio Técnico; Que, asimismo se señala, que ante la necesidad que el referido Estudio Técnico sirva como base para elestablecimiento de un sistema de fiscalización de la actividad del transporte que permita su fiscalización y control, se vio la necesidad que el estudio en mención se apruebe con una norma con rango de Decreto Su-premo, razón por la cual, con fecha 19 de diciembre de 2002, se expidió el Decreto Supremo Nº 049-2002-MTC, facultándose al Ministerio de Transportes y Comunica-ciones para que, a través de la Dirección General de Circulación Terrestre, actualice el último día de los me- ses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada añolos costos mínimos para el servicio público de transpor- te de carga en camión; Que, según señala el Informe Técnico, mediante De- creto Supremo Nº 021-2003-MTC, de fecha 13 de mayo del 2003, se estableció que los costos aprobados por De- creto Supremo Nº 049-2002-MTC, para el transporte decarga en camión, y por la Resolución Ministerial Nº 327- 2002-MTC, para el transporte interprovincial de pasajeros en ómnibus, deben ser actualizados el 31 de mayo del2003, en lo que respecta al primer trimestre del 2003 y el 30 de junio del 2003, en lo que respecta al segundo trimes- tre del 2003; continuándose posteriormente con la actuali-zación trimestral correspondiente; Que, asimismo se señala que a través de los medios de comunicación social, diversos agentes vinculados alservicio de transporte terrestre de carga en camión, así como los gremios empresariales, no obstante haber destacado las bondades del estudio Técnico, han he-cho conocer sus cuestionamientos respecto de algunos de los componentes, criterios y variables empleados en la estructura de costos, por lo que se considera nece-sario no solamente actualizar dicho estudio metodoló- gico, sino también hacer una evaluación integral del mismo, a fin de determinar el impacto de la utilizaciónde la estructura de costos como elemento de referencia para la fiscalización de los operadores del servicio de transporte por la Superintendencia Nacional de Admi-nistración Tributaria y por las autoridades competentes en la fiscalización del servicio de transporte de carga y, de ser el caso, proponer los correctivos necesarios; Que, en tal sentido, de acuerdo a los términos de refe- rencia que se adjuntan con el Informe Técnico, se requiere contar con los servicios de consultoría de una entidad es-pecializada en estudios económicos del mercado del trans- porte, a fin que evalúe los componentes, criterios y varia- bles empleados en la elaboración del Estudio TécnicoMetodología de Determinación de Costos para el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Ómnibus y de Car- ga en Camión y determine su impacto como consecuenciade su utilización como elemento de referencia para la fisca- lización tributaria y del servicio del transporte; así como para que actualice el indicado Estudio al primer y segundotrimestre del presente año; Que, la Dirección General de Circulación Terrestre ha considerado necesaria la contratación del Centro deConsultoría en Gestión Empresarial de la Universidad del Pacífico para llevar a cabo la evaluación y actualiza- ción del citado Estudio Técnico por tener la experienciay conocimientos requeridos para este tipo de servicios y porque esta misma institución realizó el estudio origi- nal, motivo por el cual, en función al alto nivel deespecialización de la materia y a la inexistencia de otras instituciones especializadas en la misma, resulta nece- saria su contratación; Que, en igual sentido, según señala la Dirección Gene- ral de Circulación Terrestre en su Informe Técnico, debe considerarse que se trata de una institución académica dereconocido prestigio a nivel nacional e internacional que forma profesionales en las especialidades relacionadas con estudios de economía y, en especial, estudios sobre com-portamiento de mercados, a lo que debe agregarse que, por tener precisamente tal calidad y no estar involucrada como agente que interviene en el servicio de transporte,resulta ser una institución imparcial; Que, asimismo de acuerdo a los términos del Informe Técnico, una de las razones para la necesidad de la exo-neración del proceso de selección reside en el reducido tiempo del que se dispone, considerando la proximidad de los plazos en que deben efectuarse las actualizaciones,conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 021-2003- MTC; así como la circunstancia de que, a partir del 15 de mayo, ya se encuentran vigentes las sanciones por cobrarfletes o tarifas por debajo del mínimo del rango porcentual del costo que se establezca en base a las tablas aproba- das por el Decreto Supremo Nº 049-2002-MTC y, a partir