Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2003 (01/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de junio de 2003

e. El cartilago separado del hueso de la pechuga no es considerado una desarticulacion o una ruptura. Desplume: Las carcasas o partes tienen escaso rezago de canones de plumas (8 rezagos de canones). Cobertura de grasa: La carcasa o el corte tiene suficiente grasa en la piel para prevenir una apariencia distinta de la carne a traves de la piel, especialmente en la pechuga y en las piernas. Completamente eviscerada, solamente debe incluir higado, corazon, molleja y apendices. Se tolerara escasos signos de quemaduras por frio o escaldado.

1.3 Clase industrial. Se consideraran dentro de esta calidad todas las carcasas no aptas para el consumo humano directo, pero que han sido consideradas aptas para procesamiento industrial. 1.4 Clase condenado Se consideraran dentro de esta calidad todas las carcasas no aptas para el consumo humano e industrial los que deberan ser eliminados despues de un MORDAZA de incineracion.

FORMATO DE INFORMACION ESTADISTICA Anexo Nº 12 Estadistica Consolidada Mes de ............................. C. Acopio o Beneficio: .................................................................................................... Direccion: ............................................................. Distrito: ............................................ Provincia: ...................................................................................................................... Animales ingresados: ..................................... Animales decomisados: ................................. Causas de decomiso Parciales N° de Registro del establecimiento: ................................. Profesional responsable: ....................................................... .....

N° aves

Enfermedades ocurridas durante el mes

N° casos

Totales

1. Abscesos y heridas supurantes localizadas. 2. Tumores sin metastasis. 3. MORDAZA inflamatorio supurativo en un solo organo o region del cuerpo 4. Heridas o ulceras localizadas en un solo organo o region del cuerpo. 5. Tenosinovitis o poliartritis aviar localizadas. 6. Parasitos intestinales 7. Tejidos con afecciones micoticas. 8. Traumatismos localizados. 9. Hematomas. 10.Cuerpos extranos. 1. Aves que lleguen muertas al area de recepcion del camal. 2. Muerte sin sangrado. 3. Caquexias, cualquiera sea la causa 4. Color y olor anormal. 5. Cualquier forma de tuberculosis. 6. Tumores multiples (complejo Leucosis Aviar y Marek.) 7. Abscesos multiples. 8. Peritonitis (por constituir un MORDAZA septicemico). 9. Piemia y septicemia. 10.Ictericia grave con degeneracion parenquimatosa de los organos 11.Evidencia de contaminantes externos o internos

A150 A160 B301 B302 B303 B304 B305 B306 B307 B308 B309 B310 B311 B312 B313 C620 C851 C853 C854 C855 C856

Reportar mensualmente a la Direccion de Vigilancia Zoosanitaria Fax: (01) 4310224 E- mail: isenasa@senasa.gob.pe * HCI: Hepatitis a cuerpo de inclusion; AIP: Anemia Infecciosa de los pollos

Influenza Enfermedad de Bronquitis Laringotraqueitis Tuberculosis Hepatitis viral del Enteritis viral del Colera aviar Viruela aviar Tifosis aviar Bursitis Enfermedad de Micoplasmosi Clamidiosis Pulorosis Coccidiosi Coriza Encefalomielitis Espiroquetosi Salmonelosis (Tif. Leucosis HCI AIP Reovirus

FIRMA: Profesional responsable

10278

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Ejercito Britanico para realizar expedicion de entrenamiento de aventura
RESOLUCION SUPREMA Nº 178-DE/SG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica-, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS-ENL) Nº 208 de 25.abril.2003, el Secretario de Politica Exterior del Ministerio de Relacio-

nes Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Ejercito Britanico, cuyos nombres se indican en la parte resolutiva, en el periodo comprendido del 13 de junio al 5 de MORDAZA del presente ano, con el proposito de realizar una expedicion de entrenamiento de aventura - actividades de montanisno en MORDAZA y alrededores, asi como en Machu Picchu y el Lago Titicaca; De conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al personal militar del Ejercito Britanico, en el periodo comprendido del 13 de junio al 5 de MORDAZA del 2003, con el proposito de realizar una expedicion de entrenamiento de aventura - actividades de montanismo en MORDAZA y alrededores, asi como en Machu Picchu y el Lago Titicaca, cuyos nombres a continuacion se indican: 1. Brigada 2. MORDAZA 3. Subteniente 4. MORDAZA Primero 5. MORDAZA 6. Cabo Primero 7. Cabo 8. Cabo Primero MORDAZA Trowbridge MORDAZA Chiddle MORDAZA Aston White MORDAZA MORDAZA Stevens MORDAZA MORDAZA Williams Lee Hawkins MORDAZA Newman MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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