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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (01/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 245241 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, se aprobó la estructura orgánica básica del Mi- nisterio, teniendo como uno de sus Organismos Públicos Descentralizados al Programa Nacional de Asistencia Ali-mentaria - PRONAA; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Gerencia Local de Pucallpa del Programa Nacional de Asis-tencia Alimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDESmodificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, al señor JOSÉ LUIS VELA VELA, en el cargo de Gerente de la Gerencia Local dePucallpa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Organismo Público Descentralizado del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 10227 Autorizan viaje de funcionario del ministerio a Europa para participar enreuniones sobre adopción de menores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2003-MIMDES Lima, 30 de mayo de 2003 Vistos el Informe Nº 158-2003/SNA-MIMDES de fecha 22 de mayo del Secretario Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, el Secretario Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, informa al Despacho Viceministerial de la Mu- jer sobre la invitación de parte de las Autoridades Centra-les en materia de Adopción Internacional de los Países Bajos, Italia, y Suiza, para sostener reuniones de trabajo sobre la organización, sistemas de trabajo y aplicación delas normas relativas a la adopción, que se llevarán a cabo en las ciudades de La Haya, Bérgamo, y Berna, del 3 al 13 de junio de 2003; Que, resulta importante la participación del doctor Iván Petrovich Tafur, Secretario Nacional de la Secretaría Na- cional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, con la finalidad de asistir a las reuniones de traba- jos mencionadas en el considerando precedente, con el Director General de Tratados de la Cancillería de los Paí-ses Bajos, depositarios del Convenio relativo a la Protec- ción del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, suscrito y ratificado por el Perú, así comoverificar in situ la situación de los niños y niñas adoptados en el Perú; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC serán asumidos por las entidades invitan- tes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del doctor IVÁN PETRO- VICH TAFUR, Secretario Nacional de la Secretaría Nacio- nal de Adopciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, a las ciudades de La Haya, Países Bajos; Bérga- mo, Italia; y Berna, Suiza, del 3 al 13 de junio de 2003, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presen-te Resolución.Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el doctor Iván Petrovich Tafur, Secretario Nacional de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, presentará al Despacho Ministerial un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 10322 PRODUCE Prohíben extracción del recurso con- cha de abanico en bancos naturalesexistentes en el litoral de Pisco y de laRegión Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2003-PRODUCE Lima, 30 de mayo del 2003 CONSIDERANDOQue el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesquería, actualmente Mi-nisterio de la Producción, determinará, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeco- nómicos, según el tipo de pesquería, las normas que ga-ranticen la preservación y explotación racional de los recur- sos hidrobiológicos; Que por Resolución Ministerial Nº 082-2002-PRODUCE del 25 de setiembre de 2002 se prohíbe las actividades extractivas del recurso concha de abanico ( Argopecten purpuratus ) en las áreas jurisdiccionales de la Provincia del Callao y Pisco, por un período de cuatro (4) meses, a partir de las 00.00 horas del 29 de setiembre de 2002; Que el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) mediante Oficio Nº DE-100-058-2003-PRODUCE/IMP del 28 de fe- brero de 2003 remite la "Opinión técnica sobre la extrac- ción de concha de abanico Argopecten purpuratus en Callao y Pisco", en la cual recomienda continuar con la prohibición de la extracción del referido recurso en las citadas áreas, hasta que se realicen las evaluaciones poblacionales res-pectivas, cuyos resultados permitirán proporcionar las re- comendaciones técnico científicas más adecuadas para la explotación racional de la especie en mención; Que la actividad extractiva del recurso concha de aba- nico en el litoral de Pisco y de la Región Callao viene realizándose sin contar con ninguna restricción o condiciónespecífica, a excepción de la talla mínima; por lo que resul- ta necesario disponer medidas de protección del recurso que garanticen su conservación; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prohibir la extracción del recurso concha de abanico ( Argopecten purpuratus ) en los bancos natura- les existentes en el litoral de Pisco y de la Región Callao, a partir de las 00.00 horas del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Las personas naturales o jurídicas que extraigan, desembarquen, transporten, retengan, transfor- men, comercialicen o utilicen el recurso concha de abanicoproveniente del litoral de Pisco y Callao, en cualquiera de sus estados de conservación, durante el período de prohi- bición establecido por la presente Resolución Ministerial,