Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

NORMAS LEGALES
MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10461

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nor cuantia, tal como esta establecido en las normas de contratacion y adquisicion del Estado, encargandose al organo correspondiente el cumplimiento del presente acuerdo. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo estipulado en el articulo 115º del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850. Asimismo, remitir MORDAZA del presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo senalado en el articulo 20º del TUO de la Ley Nº 26850. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 10464

Registrese, publiquese, cumplase y archivase.

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY
Aprueban solicitud de habilitacion de tierras para uso industrial presentada por empresa minera
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 208-2003-MPH/A Huarmey, 22 de MORDAZA de 2003
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY, DEPARTAMENTO DE MORDAZA VISTO: El Expediente Nº 3588 iniciado el 23 de octubre de 2000 por Compania Minera Antamina S.A. solicitando la aprobacion de la habilitacion de tierras para uso industrial de un terreno eriazo de 583.4589 Has. de su propiedad, ubicado en el Puerto de Huarmey, margen derecha de la Carretera Panamericana Norte, a la altura del kilometro 288, en el sector denominado Punta Lagarto, distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, con el objeto de construir sobre el mismo diversas instalaciones portuarias de exportacion de mineral. CONSIDERANDO: Que, con su correspondiente solicitud, Compania Minera Antamina S.A. cumple con acompanar: (a) el Titulo de Propiedad del terreno a habilitar, como se desprende de la Escritura Publica de fecha 6 de octubre de 1998, otorgada ante Notario Publico de Huarmey, Dr. MORDAZA MORDAZA Villena, debidamente inscrito en el rubro "c", asiento 3, de la Ficha Nº 3930 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Regional de Casma, que corre en autos; (b) el Plano de Ubicacion respectivo; Que, el 18 de noviembre de 2000, esto es, con posterioridad a la MORDAZA de la solicitud de Compania Minera Antamina referida en Vistos, la Municipalidad Provincial de Huarmey publica el Edicto Nº 004-2000-MPH, de fecha 9 de noviembre de 2000, mediante el cual modifica en parte el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de dicha Entidad, creando un MORDAZA procedimiento -signado bajo el numero 58- referido a la "Aprobacion de Habilitaciones MORDAZA -Industriales". El Edicto en mencion tambien establece los requisitos para la obtencion del Certificado de Zonificacion Industrial y la Regulacion de Cambio de Uso Eriazo a Habilitacion MORDAZA Industrial; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 503-2000MPH-A de 29 de diciembre de 2000, la Municipalidad Provincial de Huarmey aprueba la Zonificacion calificada como Gran Industria (Zona I-4) y remite MORDAZA de dicha Resolucion a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion; Que, como consta de los escritos de fecha 8 de marzo del 2001 presentados bajo numero de registro 0908, Compania Minera Antamina S.A. ha cumplido con adecuar su solicitud a los requerimientos tecnicos establecidos en el Edicto Nº 004-2000-MPH, al haber presentado, adicionalmente: (c) Plano Perimetrico con curvas a nivel por cada metro; (d) Planos de Distribucion Zonal con Accesos (vias) y Colindantes; (e) Memoria Descriptiva del Proyecto; (f) Certificado de Zonificacion; (g) Certificado de Cambio de Uso Eriazo - Habilitacion MORDAZA Industrial; y, (h) Planos de Servicios Basicos: Agua, Alcantarillado y Energia Electrica, para Habilitacion Industrial, asi como las correspondientes factibilidades de dichos servicios, acreditadas con los documentos que han otorgado las empresas prestadoras de dichos servicios, que corren en autos, entre otros documentos;

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Prorrogan plazo de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2003-A/MDC
Carabayllo, 31 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º y el articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establecen que las Municipalidades son competentes para Administrar sus Bienes y Rentas; Que, de acuerdo con el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece en su ultimo parrafo que el plazo para el pago de la deuda Tributaria podra ser prorrogado, con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, a la fecha los contribuyentes del distrito, vienen solicitando la ampliacion de la fecha de pago para sus obligaciones tributarias correspondientes, dada la actual situacion economica del MORDAZA, y las facilidades que viene otorgando esta Administracion a los vecinos del distrito; Estando a lo dispuesto por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo por Mayoria, aprobo la siguiente: ORDENANZA PRORROGAR EL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA ADMINISTRATIVA Articulo Primero.- Que a partir del dia 4 de junio de 2003 y por treinta dias, prorrogar extraordinariamente los alcances del "Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del 2002" dispuesta a traves de la Ordenanza Nº 0012003-A/MDC, ampliada mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2003-A/MDC, prorrogada por Ordenanza Nº 002-2003A/MDC y ampliada en sus alcances con Decreto de Alcaldia Nº 004-2003-A/MDC y Decreto de Alcaldia Nº 006-2003; hasta el dia 16 de MORDAZA del 2003 inclusive. Articulo Segundo.- Facultese al Sr. MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia amplie el plazo por treinta dias mas, en caso sea necesario, con cargo a dar cuenta al Concejo. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento y a la Unidad de Protocolo e Imagen Institucional su difusion.

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