Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

Que, la Municipalidad Provincial de Huarmey ha cumplido con efectuar las constataciones e inspecciones correspondientes en el terreno a habilitar, verificando el cumplimiento de los requisitos legales para proceder a tal habilitacion; Que, sin embargo, en lo que se refiere a los derechos de pago a cancelar por concepto de autorizacion de Habilitacion Industrial establecidos en el citado Edicto Nº 004-2000-MPH -los mismos que fueron liquidados por la Municipalidad Provincial de Huarmey mediante Carta Nº 012-2001-MPH-DDU, de fecha 22 de marzo de 2001- Compania Minera Antamina S.A. formulo reclamo administrativo, segun se desprende del Documento de Registro Nº 870 de fecha 23 de MORDAZA de 2001, por no considerar valido el monto de dichos derechos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 018-2001-MPHDDU de fecha 24 de MORDAZA de 2001, la Municipalidad Provincial de Huarmey declaro infundado el reclamo MORDAZA citado, ante lo cual, el 14 de junio de 2001, la impugnante interpuso el correspondiente Recurso de Apelacion, el mismo que fue admitido bajo numero de Registro 1957 y elevado para pronunciamiento al Tribunal Fiscal, conforme se desprende de la Resolucion Jefatural Nº 024-2001-MPH-DDU de fecha 24 de MORDAZA de 2001; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 048693-2002 de fecha 23 de agosto del 2002, el Tribunal Fiscal -en su calidad de MORDAZA instancia administrativa- resolvio la apelacion formulada por Compania Minera Antamina S.A., revocando la Resolucion Jefatural Nº 018-2001-MPH-DDU de fecha 24 de MORDAZA del 2001, senalando que el cobro que pretende efectuar la administracion tributaria no se encuentra amparado en MORDAZA que observe el MORDAZA de legalidad consagrado en la Constitucion Politica y el Codigo Tributario, ni ajustado al procedimiento legal establecido en el Decreto Legislativo Nº 757, por lo que dejo sin efecto el cobro indicado en la recurrida; Que, habiendose agotado la via administrativa y, por tanto, adquirido la Resolucion emitida por el Tribunal Fiscal caracter ejecutario, corresponde que la Municipalidad Provincial de Huarmey cumpla lo senalado por la instancia superior; Que, en cumplimiento de lo anterior, la Municipalidad Provincial de Huarmey, mediante Resolucion Jefatural Nº 011-2003-MPH-DDU, de fecha 22 de MORDAZA del 2003, ha procedido a recalcular el monto de los derechos a pagar por Compania Minera Antamina S.A., aplicando al efecto la regla contenida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente a la fecha en que la solicitante presento su solicitud de habilitacion, lo que determina un monto a pagar de S/. 813,256.52 (OCHOCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 52/100 NUEVOS SOLES); Que, la suma MORDAZA citada ha sido aceptada por Compania Minera Antamina S.A. segun se desprende de la Transaccion Extrajudicial suscrita con MORDAZA con fecha 22 de MORDAZA del 2003; Que, habiendo la recurrente cumplido con pagar los derechos administrativos correspondientes, segun se desprende del Recibo de Pago Nº 27348, de fecha 22 de MORDAZA del 2003, por la suma de S/. 813,256.52 (OCHOCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 52/100 NUEVOS SOLES); la Municipalidad Provincial de Huarmey procede a emitir la presente resolucion que aprueba la habilitacion industrial sustentada en el Expediente Nº 3588. Se deja expresa MORDAZA que el terreno materia de la presente solicitud no esta comprendido dentro del ambito de jurisdiccion de ninguna municipalidad distrital; Con la opinion favorable de la Division de Desarrollo MORDAZA, mediante Carta Nº 031-2003-MPH-DDU, de fecha 12 de MORDAZA del 2003 y la Oficina de Asesoria Legal de este Municipio contenida en el Informe Nº 198-2003MPH-AL, de fecha 22 de MORDAZA del 2003; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26878, aprobatoria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas; el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Nº 28853, aprobatoria de la Ley Organica de Municipalidades; el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, aprobatorio del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26878 y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebese la solicitud de habilitacion de tierras para uso industrial presentada por Compania Mineria Antamina S.A. respecto del terreno de su propiedad, correspondiente a 583.4589 Has. ubicado en el Puerto de Huarmey, margen derecha de la Carretera Panamericana Norte, a la altura del kilometro 288, en el

sector denominado Punta Lagarto, distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, con el objeto de construir sobre el mismo diversas instalaciones portuarias de exportacion de mineral. Articulo Segundo.- Autoricese la entrega a la empresa solicitante de MORDAZA autenticada de la presente Resolucion, para su correspondiente inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo no mayor de 10 dias calendario, contados a partir de la notificacion de la presente, la misma que estara a cargo del administrado. Articulo Cuarto.- Disponer, mediante las instancias pertinentes del Municipio, el cumplimiento de lo resuelto en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10384

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA - LA MAR
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de mallas de MORDAZA galvanizado para defensa riberena
ACUERDO DE CONCEJO Nº 62-2003-CDA
Chiquintirca, 28 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA - LA MAR Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de MORDAZA del 2003, el Informe Nº 533-2003-MDA-LM/ CHQ-JPO, la Carta Nº 006-2003-EMH-SO/CF-15-2002FIP, el Informe Nº 003-2003-MDA-LM/AA-ODRSMSA y el Informe Legal Nº 021-2003-MDA/AL, emitido por el jefe de Proyectos y Obras, del Supervisor y Administradora de la Obra Defensa Riberena San Martin-San MORDAZA y del Asesor Legal Externo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de los servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; en tal sentido, via convenio y financiado por el Fondo MORDAZA Peruano, la Municipalidad viene ejecutando la Obra: Defensa Riberena San MORDAZA - San MORDAZA, requiriendose diversos materiales de construccion, entre ellos: mallas de MORDAZA galvanizado; para cuyo efecto se ha iniciado, todavia los primeros dias del mes de MORDAZA del ano en curso, el MORDAZA selectivo de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MDA/CE, la que previo a la etapa de integracion de bases ha quedado suspendida, por haberse elevado al CONSUCODE observaciones no acogidas por el Comite Especial, cuya absolucion viene retardando la adquisicion de dichos materiales, situacion que ha sido alertada por el Supervisor de la Obra a traves de su Carta Nº 0062003-EMH-SO/CF-15-2002-FIP, manifestando que la obra se encuentra con un retraso del 10.85% de avance fisico al mes de mayo; Que, por otro lado, tal como se advierte de los informes respectivos, el plazo de ejecucion de la obra es de 6 meses, la que se vencera indefectiblemente sin prorroga alguna a fines del mes de MORDAZA del presente ano que, de no ejecutarse en dicho plazo existe la posibilidad de resolverse el Convenio, que a tenor del mismo, la Municipalidad no solo tendria que devolver los desembolsos efectuados, sino tambien indemnizar al Fondo MORDAZA Peruano, con grave perjuicio economico para la comuna. Razones, por las que resulta imperioso, que se declare en situacion de urgencia la adquisicion de las mallas de MORDAZA galvanizado (gaviones) que requiere la obra en mencion, para cuyo efecto se debe implementar los mecanismos necesarios para dicha adquisicion; Que, sobre el particular, y con el objeto de no perder el financiamiento derivado del Convenio de Prestamo CF-15-

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