Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Designan Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional, encargada de recibir fondos, proyectos y programas sociales
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 235-2003-GRSM/PGR
Moyobamba, 28 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 070-CND-P-2003, de fecha 23 de MORDAZA del 2003, se aprueba la Directiva Nº 002-CND-P-2003 "Procedimiento para la Ejecucion de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el ano 2003, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Programas de Inversion en Infraestructura Productiva de Alcance Regional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM"; Que, el numeral 6.1.2.1) del articulo 6º de la Directiva Nº 002-CND-P-2003, establece que en un plazo que no excedera de los tres (3) dias habiles de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la Directiva, los Gobiernos Regionales conformaran la Comision de Transferencia de Recepcion en cada uno de los departamentos que recibiran los fondos, proyectos y programas, las que estaran presididas por los Gerentes Generales e integradas por un MORDAZA de tres (3) Gerentes vinculados al objeto de la transferencia. La designacion se MORDAZA mediante Resolucion Presidencial Regional, la que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo MORDAZA senalado; Que, el numeral 3.5) de la Directiva Nº 002-CND-P-2003, define el concepto de las Comisiones de Transferencia de Recepcion, como la reunion de funcionarios y servidores publicos, y/o personal bajo cualquier modalidad de contratacion en cada Gobierno Regional y Local que recibiran los fondos, proyectos y programas; siendo esto asi en cumplimiento del numeral 6.1.2.1) se debe conformar la Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional de San MORDAZA, designandose como miembros de la misma al Gerente General quien la Presidira, asi como a los Gerentes Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Economico y Asesoria Juridica como integrantes; Que, tratandose el presente acto de un MORDAZA de caracter administrativo, resulta de aplicacion lo normado en el articulo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, por lo que es necesario expedir la presente Resolucion Ejecutiva Regional; Que, por las razones expuestas y en uso de las atribuciones y facultades de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, y con las visaciones de las Gerencias Regionales de Asesoria Juridica, Administracion, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Economico y Gerencia General del Gobierno Regional San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional San MORDAZA, que recibiran los fondos, proyectos y programas, la que estara conformada por el Gerente General

quien la Presidira, asi como por los Gerentes Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Economico y Asesoria Juridica como miembros integrantes. Articulo Segundo.- Otorgar a la Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional de San MORDAZA, las prerrogativas que la Ley le franquea, para el cumplimiento de la labor encomendada, quienes podran conformar Subcomisiones mediante oficio que expida el Presidente del Gobierno Regional. Articulo Tercero.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a los miembros de la Comision designada en el articulo anterior. Articulo Cuarto.- Publiquese la presente Resolucion Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento del numeral 6.1.2.2) de la Directiva Nº 002-CND-P2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 10462

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2003-GR-TUMBES
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, de conformidad con los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1933, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley Organica de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902- y demas normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES: CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el inciso a) del articulo 9º, inciso c) del articulo 10º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, concordante con el inciso e) del articulo 15º del mismo cuerpo normativo, es de competencia del Consejo Regional aprobar la Organizacion Interna y Reglamento Interno de la institucion; Que, la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867-, senala que los Gobiernos Regionales aprobaran mediante Ordenanza Regional su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, el Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, en sesion del 9 de MORDAZA de 2003, aprobo por unanimidad la propuesta de Reglamento de Organizacion y Funciones, solicitando se eleve al Consejo Regional para su aprobacion y promulgacion; Que, de acuerdo con el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA su organizacion y una vez aprobada por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA de 2003, el Consejo Regional, previo analisis y revision de la propuesta alcanzada por el Directorio de las Gerencias Regionales, en forma unanime dio por aprobado el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional Tumbes; El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes; ORDENA: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de

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