Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 00014-2003, de fecha 27 de enero de 2003, se deja sin efecto la carga aludida en el considerando que antecede, al haberse acreditado la cancelacion del referido aporte reglamentario segun Resolucion Jefatural Nº 001-2003-ED, emitida por el Ministerio de Educacion con fecha 8 de enero de 2003; Que, mediante Informe Tecnico Nº 043-2003-MMLDMDU-DHU-DCO, e Informe Legal Nº 060-2003-MMLDMDU-DHU-AL, de fechas 4 y 11 de marzo de 2003, respectivamente, se concluye opinando que las Ratificaciones planteadas se encuentran conformes, debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras, de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273 y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR las Resoluciones Directorales Nºs. 00246-2002 y 00014-2003, emitidas por la Municipalidad Distrital de Ate con fechas 17 de diciembre de 2002 y 27 de enero de 2003, respectivamente, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de Ate, y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo del administrado, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 10418

Desarrollo MORDAZA y Oficina de Participacion Vecinal, brindaran el apoyo y las facilidades necesarias para el pintado de las fachadas de los inmuebles de los vecinos que estuvieran al dia en el pago de sus tributos. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Medio Ambiente, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Participacion Vecinal el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 10463

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de cobranza de la tasa de parqueo vehicular
ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2003-MDB
Barranco, 21 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Barranco tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2003CDB de fecha 8 de enero del 2003 y publicado el 10 de enero del 2003, este Concejo declaro en SITUACION DE URGENCIA la contratacion del servicio de la tasa de parqueo vehicular en la jurisdiccion de Barranco por un plazo de mayor de 90 dias calendario y dispuso que la contratacion del servicio de cobranza de la tasa de parqueo vehicular se realice mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia; Que, segun el Informe Nº 133-2003-UL/OAF-MDB de la Unidad de Logistica de esta Municipalidad, la convocatoria del concurso de proyectos integrales Nº 001/ CEPRI/MDB-2003 se publico los dias 31 de marzo y 1 de MORDAZA del 2003, no habiendose concluido hasta la fecha con el MORDAZA referido; Que, el 5 de junio del 2003, vence el plazo de la adjudicacion de la menor cuantia del servicio de cobranza de la tasa de parqueo vehicular; Que, a partir del 6 de junio del 2003, la Municipalidad Distrital de Barranco no contaria con el servicio de cobranza de la tasa del parqueo vehicular, hecho que perjudicaria enormemente sus intereses economicos; En uso de las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y en concordancia con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001PCM; y con el MORDAZA unanime de sus miembros; Que, asimismo, el articulo 19º del TUO de la Ley Nº 26850, establece que se puede exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente cuando la adquisicion y contratacion se realice en situacion de urgencia; En uso de las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y en concordancia con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001PCM; y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDA:

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen pintado de fachadas de inmuebles ubicados en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-03-MDB
Barranco, 28 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, con motivo de la cercania de las celebraciones por el 182º Aniversario de la Independencia Nacional, la Municipalidad de Barranco viene elaborando un Programa de Actividades Celebratorias a fin de expresar el sentimiento patriotico de la comunidad barranquina; Que, es politica de la actual Gestion Municipal, incentivar la participacion civica del vecindario, afirmando los sentimientos de respeto a nuestros simbolos nacionales, haciendose necesario disponer acciones para que la poblacion contribuya con el ornato del distrito, beneficiandose a los buenos contribuyentes; y, Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el pintado obligatorio de fachadas de los inmuebles ubicados en la MORDAZA Monumental del distrito, debiendose utilizar los MORDAZA autorizados por el Instituto Nacional de Cultura, que se encuentran a disposicion del vecindario en la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta Municipalidad. Articulo Segundo.- La Municipalidad de Barranco a traves de su Direccion de Medio Ambiente, Direccion de

Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de cobranza de la tasa de parqueo vehicular, por un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la emision del presente acuerdo. Articulo Segundo.- Disponer que la contratacion del servicio de cobranza de la tasa de parqueo vehicular se realice mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de me-

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