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PÆg. 245441 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; el DecretoSupremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Nº 372-MML; De conformidad con lo opinado por la Comisión Perma- nente de Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dic- tamen Nº 043-2003-MML-CDU del 15 de abril de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL CERCADO DE LIMA Artículo 1º.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a MedianoPlazo correspondiente al Cercado de Lima, Provincia y De-partamento de Lima, Asignando la Calificación de Zona deReglamentación Especial - ZRE, al área comprendida entreel Av. Alfonso Ugarte, la Av. Óscar R. Benavides (ex-Colo- nial), la Av. Enrique Meiggs (línea férrea) y el limite con la Provincia Constitucional del Callao, a fin de promover en ellala ejecución de Proyectos compatibles de Uso Residencial,Comercial, de Industria Liviana-Talleres, Recreacionales yde Servicios, así como de Programas " Mi Vivienda", toman-do en cuenta que dicho territorio ha ido perdiendo paulatina- mente su calidad de zona netamente industrial, debido al traslado de gran parte de sus fábricas a otras áreas deLima, ocasionando la existencia de terrenos desocupados,subutilizados, no integrados a la economía urbana actual,los cuales, sin embargo, tienen preferencial localización enla ciudad y cuentan con infraestructura, equipamiento y ser- vicios públicos cercanos, lo que compromete a sus propie- tarios y autoridades a convenir en una política para mejorare intensificar el uso de los mismos en favor del desarrollo dela ciudad. Artículo 2º.- Considerar las siguientes condiciones urbanísticas: 2.1 La Zona de Reglamentación Especial estableci- da, en este caso, acepta la incorporación de Proyectosde Vivienda y Otros Compatibles, así como el funciona-miento de las industrias existentes, las cuales debenreubicarse progresivamente hacia otros sectores más adecuados de la metrópoli. 2.2 Las actuales industrias en funcionamiento en esta zona, que no se reubiquen en el corto plazo, deberánacondicionar sus instalaciones y equipos de conformi-dad con la Reglamentación vigente sobre protección delmedio ambiente, a fin de eliminar la contaminación hacia las áreas vecinas. No se aprobará ningún Proyecto Residencial que se localice en un área expuesta a laemisión directa de gases industriales. 2.3 La Av. Argentina constituirá el Eje Vial articulador del sistema urbanístico residencial, comercial, de usoindustrial liviano y de servicios que se potenciará en esta Zona de Reglamentación Especial. Las avenidas Benavides y Meiggs, constituirán asimismo Ejes Vialeslongitudinales principales de la zona. Todas estas víasprioritariamente deberán ser rehabilitadas y acondicio-nadas para poder asumir un rol de servicio más intenso. 2.4 Deberá mejorarse la interconexión entre esta Zona de Reglamentación Especial y el Sector Norte de Lima, ha- bilitando nuevos Puentes Vehiculares y Peatonales sobre laLínea Férrea y el Río Rímac, hasta la Av. Zarumilla. 2.5 Todas las Calles transversales existentes dentro de la Zona de Reglamentación Especial tendrán unasección mínima de 21.60 ml., considerando 12.00 ml. de sección mínima como calzada y estacionamientos; 2.40 ml. de sección mínima como Vereda a cada lado de lacalle y 2.40 ml. de sección mínima como Jardín arboriza-do entre la calzada y cada vereda. Las Calles existentesque tienen una sección mayor, la mantendrán. Las Ca-lles que han sido cerradas sin autorización ni título legí- timo, serán habilitadas para el servicio público. 2.6 El sector urbano comprendido entre las Avenidas Al- fonso Ugarte, Óscar R. Benavides (ex-Colonial), Av. EnriqueMeiggs (línea férrea) y Jr. Trenemann, fundamentalmente sedesarrollará como una Zona Comercial, así como Residencialy de Servicios Complementarios al uso primordial. Se promo- verá asimismo la inversión privada para solucionar el estacio- namiento público en subterráneo en la Av. Argentina. 2.7 Cada Manzana actual se considerará un "Área de Tratamiento Especial" y por tanto, los propietarios deterrenos en la Manzana acordarán entre ellos un plan- teamiento equilibrado para ubicar los aportes en ÁreasVerdes arborizadas y en áreas Educativas. La ComisiónTécnica Especial de Licencias de Construcción para el Centro Histórico y el Cercado de Lima aprobará el Pla- neamiento Integral de Manzana que le alcancen los Pro-pietarios, como requisito previo para la aprobación decada Proyecto Específico en la Manzana. 2.8 Todo Proyecto Residencial vecino a una Industria en funcionamiento, habilitará un Área Libre, preferiblemente ar- borizada, como "zona de amortiguamiento", con una sec- ción de separación no menor a 12.00 ml. La Comisión Téc-nica Especial de Licencias de Construcción para el CentroHistórico y el Cercado de Lima evaluará cada caso. 2.9 La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de sus Órganos competentes, realizará las gestiones necesa- rias ante la Empresa Privada y las dependencias del Poder Ejecutivo, propietarias de terrenos en esta zona, a fin depoder habilitar las Áreas Recreacionales y Comunales Sec-toriales para la Zona de Reglamentación Especial que seestablece. 2.10 Se intensificarán los Programas de Seguridad Ciu- dadana, a fin de reducir las tasas de delincuencia, drogadic- ción y prostitución existente y se dará especial atención alos Programas de Formalización de la propiedad inmobiliariay del comercio informal que subsiste en la Zona. Artículo 3º.- La Municipalidad Metropolitana de Lima aprobará, en un plazo no mayor de treinta días, median- te Decreto de Alcaldía, las Normas Urbanísticas y Am-bientales Específicas Complementarias de la Zona deReglamentación Especial que se establece en el Pro-yecto de Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil tres. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 10339 Ratifican resoluciones emitidas por la Municipalidad Distrital de Ate, relati- vas a aprobación de habilitación urba- na de terreno RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 982 Lima, 7 de mayo de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO, el Codificado Nº 8681-2003, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, solicita la ratificación de las Resoluciones Directorales Nºs. 00246-2002, de fecha 17 de diciembre de 2002 y 00014-2003, de fecha 27 de enero de2003, promovidas por don VICENTE INOÑAN VENTURA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 00246-2002, de fecha 17 de diciembre de 2002, se aprobó, de confor-midad con el Plano signado con el Nº 27-02-SDOP-DGU/ MDA, el Planeamiento Integral propuesto con una vigen- cia de 5 años, correspondiente a los terrenos ubicadosentre los jirones Trujillo, Industria y Trabajo del distrito deAte, provincia y departamento de Lima, estando obliga-dos a su cumplimiento los propietarios de los terrenosafectados; aprobándose, a su vez, en Vía de Regulari- zación la Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 233.97 m2, calificado con el Uso Residencial de Densi-dad Media "R-4", ubicado en el Jr. Trabajo Nº 192, delmismo distrito, de propiedad de don VICENTE INOÑANVENTURA, quedando como carga la obligación de can-celar el déficit de aportes correspondientes al Ministerio de Educación;