Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Nº 372-MML; De conformidad con lo opinado por la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura mediante Dictamen Nº 043-2003-MML-CDU del 15 de MORDAZA de 2003; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL CERCADO DE MORDAZA Articulo 1º.- Modificar el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al Cercado de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, Asignando la Calificacion de MORDAZA de Reglamentacion Especial - ZRE, al area comprendida entre el Av. MORDAZA Ugarte, la Av. MORDAZA R. MORDAZA (ex-Colonial), la Av. MORDAZA Meiggs (linea ferrea) y el limite con la Provincia Constitucional del Callao, a fin de promover en MORDAZA la ejecucion de Proyectos compatibles de Uso Residencial, Comercial, de Industria Liviana-Talleres, Recreacionales y de Servicios, asi como de Programas " Mi Vivienda", tomando en cuenta que dicho territorio ha ido perdiendo paulatinamente su calidad de MORDAZA netamente industrial, debido al traslado de gran parte de sus fabricas a otras areas de MORDAZA, ocasionando la existencia de terrenos desocupados, subutilizados, no integrados a la economia MORDAZA actual, los cuales, sin embargo, tienen preferencial localizacion en la MORDAZA y cuentan con infraestructura, equipamiento y servicios publicos cercanos, lo que compromete a sus propietarios y autoridades a convenir en una politica para mejorar e intensificar el uso de los mismos en favor del desarrollo de la ciudad. Articulo 2º.- Considerar las siguientes condiciones urbanisticas: 2.1 La MORDAZA de Reglamentacion Especial establecida, en este caso, acepta la incorporacion de Proyectos de Vivienda y Otros Compatibles, asi como el funcionamiento de las industrias existentes, las cuales deben reubicarse progresivamente hacia otros sectores mas adecuados de la metropoli. 2.2 Las actuales industrias en funcionamiento en esta MORDAZA, que no se reubiquen en el corto plazo, deberan acondicionar sus instalaciones y equipos de conformidad con la Reglamentacion vigente sobre proteccion del medio ambiente, a fin de eliminar la contaminacion hacia las areas vecinas. No se aprobara ningun Proyecto Residencial que se localice en un area expuesta a la emision directa de gases industriales. 2.3 La Av. MORDAZA constituira el Eje Vial articulador del sistema urbanistico residencial, comercial, de uso industrial liviano y de servicios que se potenciara en esta MORDAZA de Reglamentacion Especial. Las avenidas MORDAZA y Meiggs, constituiran asimismo Ejes Viales longitudinales principales de la zona. Todas estas vias prioritariamente deberan ser rehabilitadas y acondicionadas para poder asumir un rol de servicio mas intenso. 2.4 Debera mejorarse la interconexion entre esta MORDAZA de Reglamentacion Especial y el Sector Norte de MORDAZA, habilitando nuevos Puentes Vehiculares y Peatonales sobre la Linea Ferrea y el Rio MORDAZA, hasta la Av. Zarumilla. 2.5 Todas las Calles transversales existentes dentro de la MORDAZA de Reglamentacion Especial tendran una seccion minima de 21.60 ml., considerando 12.00 ml. de seccion minima como calzada y estacionamientos; 2.40 ml. de seccion minima como Vereda a cada lado de la MORDAZA y 2.40 ml. de seccion minima como Jardin arborizado entre la calzada y cada vereda. Las Calles existentes que tienen una seccion mayor, la mantendran. Las Calles que han sido cerradas sin autorizacion ni titulo legitimo, seran habilitadas para el servicio publico. 2.6 El sector MORDAZA comprendido entre las Avenidas MORDAZA Ugarte, MORDAZA R. MORDAZA (ex-Colonial), Av. MORDAZA Meiggs (linea ferrea) y Jr. Trenemann, fundamentalmente se desarrollara como una MORDAZA Comercial, asi como Residencial y de Servicios Complementarios al uso primordial. Se promovera asimismo la inversion privada para solucionar el estacionamiento publico en subterraneo en la Av. Argentina. 2.7 Cada Manzana actual se considerara un "Area de Tratamiento Especial" y por tanto, los propietarios de

terrenos en la Manzana acordaran entre ellos un planteamiento equilibrado para ubicar los aportes en Areas Verdes arborizadas y en areas Educativas. La Comision Tecnica Especial de Licencias de Construccion para el Centro Historico y el Cercado de MORDAZA aprobara el Planeamiento Integral de Manzana que le alcancen los Propietarios, como requisito previo para la aprobacion de cada Proyecto Especifico en la Manzana. 2.8 Todo Proyecto Residencial vecino a una Industria en funcionamiento, habilitara un Area Libre, preferiblemente arborizada, como "zona de amortiguamiento", con una seccion de separacion no menor a 12.00 ml. La Comision Tecnica Especial de Licencias de Construccion para el Centro Historico y el Cercado de MORDAZA evaluara cada caso. 2.9 La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de sus Organos competentes, realizara las gestiones necesarias ante la Empresa Privada y las dependencias del Poder Ejecutivo, propietarias de terrenos en esta MORDAZA, a fin de poder habilitar las Areas Recreacionales y Comunales Sectoriales para la MORDAZA de Reglamentacion Especial que se establece. 2.10 Se intensificaran los Programas de Seguridad Ciudadana, a fin de reducir las tasas de delincuencia, drogadiccion y prostitucion existente y se MORDAZA especial atencion a los Programas de Formalizacion de la propiedad inmobiliaria y del comercio informal que subsiste en la Zona. Articulo 3º.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobara, en un plazo no mayor de treinta dias, mediante Decreto de Alcaldia, las Normas Urbanisticas y Ambientales Especificas Complementarias de la MORDAZA de Reglamentacion Especial que se establece en el Proyecto de Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 10339

Ratifican resoluciones emitidas por la Municipalidad Distrital de Ate, relativas a aprobacion de habilitacion MORDAZA de terreno
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 982
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTO, el Codificado Nº 8681-2003, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, solicita la ratificacion de las Resoluciones Directorales Nºs. 00246-2002, de fecha 17 de diciembre de 2002 y 00014-2003, de fecha 27 de enero de 2003, promovidas por don MORDAZA INONAN VENTURA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 00246-2002, de fecha 17 de diciembre de 2002, se aprobo, de conformidad con el Plano signado con el Nº 27-02-SDOP-DGU/ MDA, el Planeamiento Integral propuesto con una vigencia de 5 anos, correspondiente a los terrenos ubicados entre los jirones MORDAZA, Industria y Trabajo del distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, estando obligados a su cumplimiento los propietarios de los terrenos afectados; aprobandose, a su vez, en Via de Regularizacion la Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 233.97 m2, calificado con el Uso Residencial de Densidad Media "R-4", ubicado en el Jr. Trabajo Nº 192, del mismo distrito, de propiedad de don MORDAZA INONAN MORDAZA, quedando como carga la obligacion de cancelar el deficit de aportes correspondientes al Ministerio de Educacion;

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