Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003

En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de MORDAZA del 2003 y con el MORDAZA unanime del Concejo; CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 02-2003, el Presidente del Comite Especial encargado del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003-PSVL-MDH para la adquisicion de Leche Evaporada y de Hojuela de MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche, senala que se ha declarado desierto en aplicacion de las Bases; Que la Coordinadora por la Municipalidad del Programa Social del Vaso de Leche mediante Informe Nº 09-03PSVL/MDH, senala que existe disconformidad de las beneficiarias por la demora en la entrega de los productos del Vaso de Leche, ya que falta hacer entrega de los meses de marzo, MORDAZA y mayo; Que mediante Informe Nº 20-2003-A. Leg-MDH, el Asesor Legal, asi como el Jefe de la Unidad de Administracion con Informe Nº 002-2003 sugieren que se adquiera por urgencia los insumos del Programa del Vaso de Leche; En aplicacion de lo establecido por los Arts. 19º, 20º y 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como por lo normado segun el Art. 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM y en uso de las atribuciones que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de los recursos del Programa del Vaso de Leche por un periodo de tres meses, a fin de adquirir estos productos para los meses de marzo, MORDAZA y MORDAZA del 2003. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial Permanente para los procesos de Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia el cumplimiento del presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10343

contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con a lo dispuesto por la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, se dispone que las entidades deberan aprobar su MORDAZA conforme a las normas de la presente Ley; Que, con la promulgacion y entrada en vigencia de la Ley Nº 27444, se hace necesario adecuar el MORDAZA de esta Municipalidad a la referida disposicion, con la finalidad de simplificar algunos requisitos para los administrados; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 1912002-EF del 17-12-2002, determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias, el mismo que equivale a Tres Mil Cien Nuevos Soles (S/. 3,100.00), para el ejercicio fiscal 2003; De conformidad con lo establecido en los articulos 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; se aprobo lo siguiente: ORDENANZA APRUEBAN TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO - ANO FISCAL 2003 Articulo 1º.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2003 de la Municipalidad Distrital de Rio Negro, el mismo que consta de cuarenta y dos (42) folios, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- La presente Ordenanza, surte sus efectos legales a partir del dia siguiente de su publicacion, conforme a Ley. Articulo 3º.- Encargar a las diferentes Areas y Departamentos de la Municipalidad Distrital de Rio Negro, velar el cumplimiento de la presente, conforme corresponde. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10341

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad correspondiente al ano fiscal 2003
ORDENANZA Nº 004-2003-CM-MDRN
Rio Negro, 2 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Rio Negro, en Sesion de Concejo de caracter Extraordinario Nº 006, del dia viernes 21 de marzo del 2003, aprobo por unanimidad el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2003, presentado por la Jefatura de Planificacion, Presupuesto con el Informe Nº 0011-03-AATI/MDR; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF, se prescribe que los Gobiernos Locales mediante ORDENANZA pueden crear, modificar y suprimir sus

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo para la Supresion del visado en los pasaportes diplomaticos y especiales otorgados por el Gobierno de la Republica del Peru y los pasaportes diplomaticos y de servicio otorgados por el Gobierno del Reino de Marruecos"
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 098 de 3 de junio de 2003, comunica que el "Acuerdo para la Supresion del Visado en los pasaportes diplomaticos y especiales otorgados por el Gobierno de la Republica del Peru y los pasaportes diplomaticos y de servicio otorgados por el Gobierno del Reino de Marruecos", realizado mediante intercambio de Notas, Nota del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperacion del Reino de Marruecos, de fecha 8 de enero de 2002 y la Nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 8 de enero de 2003 y ratificado por Decreto Supremo Nº 029-2003-RE de 11 de febrero de 2003, publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2003, entro en vigencia para ambos paises el 8 de febrero de 2003. 10417

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