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PÆg. 245841 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 fardos de ropa usada para casa, cama y baño, dos (2) fardos de ropa usada para bebé, treinta y dos (32) cajas dezapatos usados para invierno, sesenta y cuatro (64) cajasde zapatos usados para verano y ochenta y un (81) bultos de tejidos, con un peso bruto aproximado de 19,662 Kgs. y un valor FOB aproximado de US$ 13.500.00 (TRECE MILQUINIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) a favorde la Asociación Cáritas del Perú. Artículo 2º.- La Asociación Cáritas del Perú, deberá remitir a la Oficina de Cooperación Internacional del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social, copia del Acta de Entrega - Recepción de los bienes donados a los benefi-ciarios así como la información que posibilite el seguimien-to y evaluación del uso y destino de la donación aprobadapor la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Con- traloría General de la República, a la Agencia Peruana deCooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Ex-teriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 10952 Designan Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Me-tropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2003-MIMDES Lima, 6 de junio de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003- MIMDES; se estableció que los miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana serándesignados por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, estando vacante el cargo de Miembro de Direc- torio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropoli-tana, es necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 26918 y Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES,modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES,y el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la doctora NIDIA PUELLES BECERRA como Miembro del Di-rectorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropo-litana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 10954 Autorizan implementar Sistema de Gestión de Calidad en el Patronato del Parque de las Leyendas - Felipe Bena-vides Barreda PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS FELIPE BENAVIDES BARREDA ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 120-2003-CD/PATPAL San Miguel, 16 de abril del 2003EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA POR CUANTO:EL CONSEJO DIRECTIVO DEL PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA; Visto en Sesión Ordinaria Nº 008-2003 de fecha 16 de abril del 2003; CONSIDERANDO:Que, el Patronato del Parque de Las Leyendas-Felipe Benavides Barreda es un Organismo Público Descentra- lizado del Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social - MIMDES; y además, ha sido incluida en el Tomo V de la Ley Nº 27879 del Presupuesto para el Sector Público del año fiscal 2003, por ende a partir del 1 de enero del pre- sente ejercicio es una Entidad de Tratamiento Empresarial, conforme a lo previsto en las Leyes Nº 24948 de la Activi- dad Empresarial del Estado, y Nº 27209 de Gestión Presu- puestaria del Estado; Que, resulta necesario optimizar el funcionamiento de las instituciones públicas, para convertirlas en entidades autogeneradoras de recursos económicos que les permita alcanzar sus objetivos primarios, en el marco de una ade- cuada gestión empresarial del Estado; Que, desde el año fiscal 2001 el PATPAL - Felipe Bena- vides Barreda, no recibe transferencia de recursos del Gobierno Central para el desarrollo de sus actividades, basándose su funcionamiento en la generación de sus propios recursos; Que en el marco del XI Congreso Latinoamericano de Parques Zoológicos, Acuarios y Afines, realizado del 17 al 21 de marzo de 2003, el Parque de Las Leyendas ha sido considerado como uno de los mejores parques zoológicos de América Latina, lo que exige una mejora continua de su competitividad en base a estándares internacionales de gestión de la calidad; Que es importante brindar al público servicios de ópti- ma calidad partiendo de un enfoque de atención al cliente, de sus necesidades y expectativas en las áreas de ges- tión, esparcimiento, recreación y educación, lo que exige adoptar un Sistema de Gestión de Calidad en las referidas materias a fin de darle al Parque de Las Leyendas una adecuada capacidad de atención a sus visitantes; Que lograr la aplicación de un sistema de gestión de calidad es una responsabilidad de todos los integrantes de la institución, a partir de un cambio de la cultura corporati- va, por lo que, dentro del marco de aplicación del Plan Estratégico y del Plan Operativo del PATPAL, es conve- niente adoptar las medidas necesarias para lograr la Certi- ficación ISO 9000; Que, el próximo 20 de marzo del 2004 el Parque de Las Leyendas celebra su cuadragésimo aniversario de funda- ción, oportunidad en la que constituye objetivo institucio- nal consolidar su desarrollo y optimizar su funcionamiento con el fin de convertirse en modelo de conservación de fauna silvestre ex situ, en armonía con el medioambiente, y en plena convivencia con el pasado, presente y futuro de nuestra sociedad; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 146 - Ley del Patronato del Parque de Las Leyendas y sus modificatorias, a su Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 042-81-VI, a su Reglamento de Orga- nización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2001-PROMUDEH; Con el voto unánime de sus miembros y con la dispen- sa del trámite de aprobación del Acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR a partir de la fecha la implementación y aplicación de un Sistema de Gestión de Calidad en el Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, en las áreas de gestión, espar- cimiento, recreación y educación, en camino a lograr la Certificación ISO 9000. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Ejecuti- va adoptar las medidas que fueran convenientes y nece- sarias para la implementación y aplicación del referido Sis-