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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (12/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 245823 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 El Ministerio de Agricultura mediante Resolución Minis- terial aprueba las disposiciones complementarias para laimplementación y el otorgamiento de las concesiones deforestación y/o reforestación. El Ministerio de Agricultura en coordinación con los or- ganismos competentes apoya el financiamiento de proyec-tos privados de forestación y/o reforestación con recursospromocionales de organismos financieros nacionales e in-ternacionales". Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de junio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 11123 Aprueban planos de tierras eriazas ubi- cadas en los departamentos de Ica y Arequipa, y disponen su incorporaciónal dominio del Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2003-AG Lima, 11 de junio de 2003 VISTO: El Oficio Nº 658-2003-AG-PETT-OA/TD del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural; y, CONSIDERANDO: Que, es política de Gobierno promover el incremento de la producción y productividad agraria, entre otras, me-diante el incentivo y promoción de las inversiones del Sec-tor Privado en la ampliación de la frontera agrícola, habili-tando terrenos eriazos de dominio público; Que, el Ministerio de Agricultura a través del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, es laentidad encargada del saneamiento físico legal de las tie-rras eriazas con aptitud agropecuaria de libre disponibili-dad del Estado, para su transferencia al Sector Privado; Que, el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 020-98-AG ysustituido por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 027-99-AG establece que la Comisión de Promoción de la In-versión Privada - COPRI es la encargada de vender uotorgar en concesión las tierras eriazas de dominio del Estado en subasta pública; Que, a mérito de la solicitud de declaración de libre disponibilidad de 1,180 ha. de tierras ubicadas en el distri-to de Salas, provincia y departamento de Ica, obrante afojas 1, presentado por doña Ina Rubila Flores de Mayo, alamparo del procedimiento establecido mediante Resolu- ción Ministerial Nº 518-97-AG, la Dirección de Titulación y Saneamiento Legal del Proyecto Especial Titulación deTierras y Catastro Rural - PETT, ha verificado la existenciay libre disponibilidad de 953.42 ha. de tierras eriazas, res-pectivamente, ubicadas en el distrito de Salas, provincia ydepartamento de Ica, luego de su digitalización según se indica en el Informe Técnico Nº 084-2002-AG-PETT-DTSL del 18 de junio de 2002 y el plano de fojas 69 y 70respectivamente, al que se le ha asignado la Unidad Ca-tastral Nº 13004; Que, según el Informe Técnico Nº 268-99-CTAR-DRA-I- PETT.CR/ICA del 1 de julio de 1999, que corre a fojas 05, el predio no posee antecedente catastral alguno y no ha sido revertido a dominio del Estado, constatándose a fojas13 y 47 respectivamente los certificados negativos de pro-piedad expedidos en áreas mayores por la Oficina Regis-tral de Ica, Oficina Registral Regional Región Los Liberta-dores Wari, indicando que el predio no se halla inscrito; Que, mediante Oficio Nº 088-2000-INC/DE del 31 deenero de 2000 de fojas 17 el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Cultura, remite al Jefe PETT de EjecuciónRegional Ica el certificado de inexistencia de restos ar-queológicos Nº 2000-0013, el mismo que concluye que en el terreno denominado el "Becerro" de 1,180 ha., Unidad Catastral Nº 13004 no existen vestigios arqueológicos; Que, efectuadas las publicaciones de ley y habiéndose resuelto la oposición al trámite de libre disponibilidad for-mulada por Martha Nelly Parvina Araujo en representaciónde Eudocia Rosalía Araujo Mitac, mediante Resolución Di- rectoral Ejecutiva Nº 075-2003-AG-PETT-DE del 4 de mar- zo de 2003, que obra a fojas 103, y que fuera notificado ala impugnante el 12 de marzo de 2003, según constanciade fojas 104, sobre el cual no obra en el expediente recur-so impugnativo alguno, se ha elaborado el plano corres-pondiente que debe ser aprobado por Resolución Supre- ma, conforme lo establece el numeral 5) del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0518-97-AG; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM se fusionan diversas entidades relacionadas a la Promociónde la Inversión Privada, entre ellos la COPRI, denomi-nándose ahora Agencia de Promoción de la Inversión Pri- vada - PROINVERSION, en consecuencia, es necesario poner a disposición de la mencionada Agencia, el áreacitada conforme al plano y memoria descriptiva correspon-dientes, a fin de derivarla al Sector Privado para el cumpli-miento de los fines señalados, de conformidad con el artí-culo 2º numeral 7) de la Resolución Ministerial antes indica- da; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Poder Ejecutivo, dada por el Decreto Legislativo Nº 560 y DecretoLey Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el plano definitivo y memoria des- criptiva que obra en el expediente con 953.42 ha. de laUnidad Catastral Nº 13004 de tierras eriazas de libre dispo-nibilidad, del predio ubicado en el distrito de Salas, provin-cia y departamento de Ica. Artículo 2º.- Incorporar a dominio del Estado el predio indicado en el artículo anterior, disponiéndose su inscrip-ción a favor del Ministerio de Agricultura en el Registro dePropiedad Inmueble correspondiente. Artículo 3º.- La Superintendencia Nacional de los Re- gistros Públicos, y en particular, la Oficina Registral corres- pondiente, procederá a inscribir en el Registro de Propie- dad Inmueble, el acto jurídico derivado de la presente Re-solución Suprema. Artículo 4º.- Remitir los actuados a la Agencia de Pro- moción de la Inversión Privada - PROINVERSION a fin deque, garantizando la efectiva inversión privada, proceda a su venta o concesión mediante subasta pública en el más breve plazo. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 11125 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2003-AG Lima, 11 de junio de 2003 VISTO: El expediente procesado por el Proyecto Especial Titu- lación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricul-tura, sobre incorporación al dominio del Estado de 1.53 ha. de tierras eriazas con aptitud agropecuaria, ubicadas en el distrito de Characato, provincia y departamento de Arequi-pa. CONSIDERANDO: Que a solicitud de don Milton Celso Velásquez Rodrí- guez, el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro