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PÆg. 245829 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 cobran por determinados servicios, también es verdad que éstos tienen poca trascendencia en relación al presupues-to general; Que es necesario levantar un inventario de los recursos directamente recaudados que genera la Policía Nacional del Perú, y verificar el destino de los ingresos que percibe,su asignación y uso, así como estudiar la factibilidad deincrementar las tasas policiales que actualmente se cobrane incorporar nuevas tasas; Que asimismo, es importante valorar los servicios que se prestan a entidades estatales y particulares, diseñando mecanismos adecuados para que dichos servicios seanrentados o en todo caso para que se reponga el material orecursos utilizados en ellos; así como diseñar nuevas fuen-tes que generen otros ingresos o recursos a favor de laPolicía Nacional; Lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo aprobada por Decreto Legislativo Nº 560, y en la Ley Orgánica delMinisterio del Interior aprobada por Decreto Legislativo Nº370; y, Lo propuesto por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial de Alto Nivel para la Modernización de la Policía Nacional del Perú, y con la visación del Gabinete de Ase- sores del Despacho Ministerial y de la Oficina General deAsesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión Ejecutiva encar- gada de formular un plan institucional para la captación ygeneración de recursos para la Policía Nacional del Perú;integrada de la siguiente manera: - El Director Ejecutivo de Administración de la PNP, quien la preside; - Un representante de la Oficina General de Admi- nistración del MIN; - Un representante de la Oficina General de Planifi- cación del MIN; - Un representante del Gabinete de Asesores del MIN; - Un representante de la Asesoría Jurídica del MIN; - Un representante de la Dirección de Economía y Fi- nanzas PNP; - Un representante de la Asesoría Jurídica de la Direc- ción General PNP; - Un representante del Comité de Asesoramiento de la Dirección General PNP; - Un representante de la Dirección del Estado Mayor General PNP; y, - Un representante de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial de Alto Nivel para la Modernización dela Policía Nacional. Artículo 2º.- La Comisión presentará su Informe Final al Despacho Ministerial en un plazo no mayor de treinta (30)días calendario siguientes a su instalación, adjuntando losdocumentos de acción necesarios para la aprobación yaplicación de los instrumentos a que se refiere la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 11094 Modifican TUPA del Ministerio en lo relativo a Órganos de Alta Dirección y otros, DICSCAMEC, DIGEMIN y las Di-recciones Generales de la PNP y deGobierno Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0917-2003-IN-0301 Lima, 4 de junio del 2003 Visto, el expediente mediante el cual la Directora Gene- ral de la Oficina Sectorial de Planificación eleva el proyectode Resolución Ministerial que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Órganos de Alta Dirección, Asesora-miento, Control, Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pú- blica (TUPA-IN/ONPOL), Dirección General de GobiernoInterior (TUPA-IN/DGGI), Dirección General de la PolicíaNacional del Perú (TUPA-IN/PNP), Dirección General de Migraciones y Naturalización (TUPA-IN/DIGEMIN) y Direc- ción General de Control de Servicios de Seguridad, Controlde Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (TUPA-IN/DICSCAMEC). CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por finalidad promover la trans-parencia de los actos del Estado y regular el derecho fun-damental del acceso a la información consagrado en laConstitución Política del Perú; Que, de acuerdo con el principio de publicidad regula- do en el artículo 3º de la mencionada Ley se presume quetoda la información que posee el Estado es pública, salvolas excepciones expresamente previstas en la misma Ley; Que, el artículo 17º de la Ley de Transparencia y Acce- so a la Información Pública - Ley Nº 27806 ha sido modifi- cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27927, estableciendo: “El solicitante que requiera información deberá abonar so- lamente el importe correspondiente a los costos de repro- ducción de la información requerida. El monto de la tasa debe figurar en el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) de cada entidad de la Administración Públi- ca. Cualquier costo adicional se entenderá como una res- tricción al ejercicio del derecho regulado por esta Ley, apli- cándose las sanciones correspondientes”. Que, en consecuencia, es necesario modificar, en la parte pertinente, el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Ór- ganos de Alta Dirección, Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pública, Dirección General deGobierno Interior, Dirección General de la Policía Nacionaldel Perú, Dirección General de Migraciones y Naturaliza-ción y Dirección General de Control de Servicios de Segu-ridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil aprobado por los respectivos Decretos Supremos; Que, el artículo 36.3 de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General establece las disposiciones concernien-tes a la eliminación de procedimientos, requisitos o la sim-plificación de los mismos, los cuales pueden ser aprobadospor Resolución Ministerial; Que, asimismo, en el artículo 38.5 de la norma legal acotada se establece que toda modificación que no impli-que la creación de nuevos procedimientos, incremento dederechos de tramitación o requisitos, se debe realizar porResolución Ministerial; Estando a lo propuesto por la Oficina Sectorial de Pla- nificación y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio del Interior - Decreto Legislati-vo Nº 370; SE RESUELVE Artículo 1º.- Modificar el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Órganos de Alta Dirección, Asesoramiento, Control,Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pública (TUPA-IN/ONPOL), Dirección General de Gobierno Interior (TUPA-IN/DGGI), Dirección General de la Policía Nacional del Perú(TUPA-IN/PNP), Dirección General de Migraciones y Natu- ralización (TUPA-IN/DIGEMIN), Dirección General de Con- trol de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municio-nes y Explosivos de Uso Civil (TUPA-IN/DICSCAMEC); su-primiendo derechos de tramitación en el procedimiento oservicio administrativo Acceso a la Información. El adminis-trado pagará únicamente el importe correspondiente a los costos de reproducción de la misma. Artículo 2º.- Aprobar la descripción del Procedimiento o Servicio Administrativo Acceso a la Información en elTexto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio del Interior de conformidad a lo establecido en los seis(6) anexos que se adjuntan y que forman parte de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior