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PÆg. 245827 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Personal FAP que se indica en la parte resolu- tiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América, ciudad de San Francis- co, para conformar la tripulación del avión B-737-528 Nº356 que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando alseñor Presidente Constitucional de la República del 13 al16 de junio de 2003; Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, regulan la autori- zación de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América, ciudad de San Francisco, alPersonal FAP que se indica a continuación, quienes con-formarán la tripulación del avión B-737-528 Nº 356, que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando al señor Presidente Constitucional de la República, del 13 al 16 dejunio de 2003: Crnl. FAP RIDOUTT AGNOLI Alexandre Robert Piloto Crnl. FAP GAMBOA SANDOVAL Segundo Buenaventura Piloto Cmdte. FAP CISNEROS GUTIÉRREZ Hans Alberto Piloto May. FAP GOLZ VELÁSQUEZ Paul Kurt PilotoMay. FAP VÁSQUEZ MORALES Willard Robert Seguridad Tnte. FAP SIGUEÑAS ALVARADO Oswal Seguridad Téc. 1ra. FAP CASTRO GALLO Oscar Oswaldo M. Abordo Téc. 3ra. FAP DIAZ CESPEDES Neil Edgar M. Abordo E.C. FAP GONZALES RUIZ Rosa Liz Hostess E.C. FAP SAMAME SILVA Regina Trinidad Hostess E.C. FAP GIUSTI MURO Roxana Elizabeth Hostess E.C. FAP VAL VERDE COSSIO Julissa Hostess E.C. FAP RIQUELME TEQUEN Elizabeth Hostess TRIPULACIÓN ALTERNACrnl. FAP MUÑOZ VIGNES Luis Alfredo Piloto Téc. 1ra. FAP YACTAYO SIERRA Ángel Juan M. Abordo E.C. FAP GONZALES REYES Elva Jessica Hostess Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea queda facultado para variar la fecha de inicio y términodel nombramiento a que se refiere el artículo anterior, den-tro del plazo señalado. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuerdo adisposiciones vigentes: Viáticos US$ 220.00 x 13 personas x 4 días Gastos Operativos US$ 20,250.00 Artículo 4º.- El Coronel FAP MUÑOZ VIGNES Luis Al- fredo, tendrá la responsabilidad de rendir cuenta docu-mentada de los gastos operativos efectuados en el aviónB-737-528 Nº 356, de conformidad a lo establecido en elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniode 2002. Artículo 5º.- Los miembros integrantes de la tripulación tendrán la responsabilidad de rendir cuenta documentadade los gastos en viáticos de conformidad a lo establecidoen el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 dejunio el 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11075ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan a la UCPS habilitar recursos destinados a financiar actividades iniciales para la Preparación del Programa de Moder- nización y Descentralización del Estado DECRETO SUPREMO Nº 082-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 059-2003-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre laRepública del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo(BID), hasta por la suma de US$ 750 000,00 (SETECIENTOSCINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), concargo a la Línea de Crédito de la Facilidad para la Preparación y Ejecución de Proyectos (FAPEP), destinada a financiar parcialmente la preparación del Programa de Modernización yDescentralización del Estado (PE-0217); Que, la preparación del referido Programa requiere la realización de estudios de factibilidad, así como del marcoinstitucional y otras actividades de asistencia a la Presi- dencia del Consejo de Ministros, habiéndose designado como Unidad Ejecutora de los recursos a la Unidad deCoordinación de Préstamos Sectoriales (UCPS) del Minis-terio de Economía y Finanzas; Que, con fecha 9 de mayo de 2003 se suscribió la Carta Acuerdo Nº 1413/OC-PE, correspondiente a la ope- ración en mención, en cuyo acápite Cuarto se contempla el reembolso de gastos, siempre que se hayan cumplido re-quisitos sustancialmente análogos a los establecidos en laCarta Acuerdo y se haya gestionado la aceptación del BID; Que, con el objeto de posibilitar el inmediato inicio de las actividades correspondientes, que permitan una adecuada y oportuna ejecución en tanto se haga efectiva la percepción de los recursos provenientes de la mencionada operación y culmi-nen las gestiones para la respectiva incorporación presupues-tal, resulta necesario autorizar el financiamiento transitorio concargo al reembolso previsto en la Carta Acuerdo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en los Artículos 1º y 4º del Decreto Ley Nº 25535; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales (UCPS) del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para habilitar transitoriamente, con cargo al Proyecto de Reforma Fiscal asociado al Contrato de Prés-tamo Nº 1412/OC-PE en actual ejecución, recursos hastapor la suma equivalente a US$ 91 000,00 (NOVENTA Y UNMIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinados a fi-nanciar las actividades iniciales de la Preparación del Pro- grama de Modernización y Descentralización del Estado a que se refiere la Carta Acuerdo Nº 1413/OC-PE. Artículo 2º.- Los recursos utilizados provisionalmente en virtud de la autorización otorgada por la presente norma seránrestituidos por la UCPS al Proyecto de origen una vez efectua-do el reembolso por el Banco Interamericano de Desarrollo y culminados los trámites de incorporación presupuestal de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento ex-terno a que se refiere la Carta Acuerdo Nº 1413/OC-PE. Artículo 3º.- Por Resolución del Ministro de Economía y Finanzas se podrán dictar las medidas complementariasque resulten necesarias para efecto de la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros y por elMinistro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de junio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 11124