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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (26/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 246718 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 Que, siendo así; el Art. 49º del D.S. Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, estipula respecto a las Etapas del Pro-ceso, que el calendario del proceso de selección conten-drá las etapas siguientes: a) Convocatoria; b) Venta de Bases;c) Presentación de consultas, absolución y aclaración de las Bases; d) Formulación de Observaciones a las Bases e inte- gración de éstas; e) Presentación y entrega de propuestas; yf) Otorgamiento de la Buena Pro. Asimismo, indica que el incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulen el desarrollo de estas etapasconstituye causal de nulidad de las etapas siguientes delproceso, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo26º, y lo retrotrae al momento anterior a aquél en que seprodujo dicho incumplimiento; Que, por su parte el Art. 83º de la acotada norma legal, manifiesta que respecto a las Etapas del Proceso, el calen-dario de las Adjudicaciones Directas, contendrá las etapasestablecidas en el artículo 49º, fusionándose en una solalas etapas de presentación de consultas, absolución y acla-ración de Bases y de formulación de observaciones a lasBases e integración de éstas. Asimismo manifiesta, queentre la convocatoria y la fecha de presentación de laspropuestas existirá un plazo no menor de diez (10) días,contados a partir del día siguiente de la publicación delaviso de la convocatoria en el Diario Oficial El Peruano. Porotro lado que el plazo entre la integración de las Bases y lapresentación de propuestas no podrá ser menor de tres (3)días; Que, asimismo; el Art. 47º, cuarto párrafo, del D.S. Nº 013-2001-PCM, establece respecto a la Venta de Bases,que las Bases se venden desde el día siguiente de laconvocatoria y hasta un (1) día después de haber queda-do integradas, bajo responsabilidad de l Comité Especial; Que, teniendo en cuenta los considerandos preceden- tes y habiéndose realizado la revisión de los expedientesadministrativos de cada uno de los procesos de selecciónindicados en el primer considerando, se ha observadoque el calendario de los procesos de selección tienen elmismo cronograma y los mismos no están cumpliendo loestipulado en la normatividad vigente. Hecho los análisis correspondientes a los calendarios de los procesos se ha detectado que los mismos ostentan vicios y deficiencias tales como: no está identificado claramente la etapa de integración de las Bases, consecuentemente no está cla- ramente determinado el plazo para la venta de Bases. Asimismo se ha detectado que entre la convocatoria y la presentación de propuestas no existe el plazo no menor de diez (10) días. Estos hechos, configuran el incumpli- miento de las etapas de los procesos de selección, las mismas que constituyen causal de nulidad de los proce- sos. Por otro lado, también es de observar que las resolu- ciones con las cuales han sido aprobados la Bases Admi- nistrativas de los mencionados procesos no guardan rela- ción numérica con el número asignado a los proceso de selección, tal como se evidencia en el primer conside- rando de la presente resolución. Asimismo tales aspectos contravienen con lo dispuesto en el Art. 3º del D.S. Nº012-2001-PCM, del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, concordantecon el Art. 3º del D.S. Nº 013-2001-PCM, del reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,que establece que los procesos de selección y contrata-ción regulados por la Ley y su reglamento se rigen por loprincipios de moralidad, libre competencia, imparcialidad,eficiencia, transparencia, economía, vigencia tecnológicay trato justo e igualitario; teniendo como finalidad garanti-zar que la Entidades obtengan bienes, servicios y obrasde la calidad requerida, en forma oportuna y a precios ocostos adecuados; Que, siendo así, el Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, establece respecto a LA NULIDAD DEOFICIO, que el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda, podrádeclarar de oficio la nulidad del proceso de selección poralguna de las causales establecidas en el Artículo 57º dela Ley, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sinperjuicio de la que sea declarada en la resolución recaídasobre los recursos impugnativos. La resolución que decla-ra la nulidad de oficio deberá publicarse en el Diario OficialEl Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad; Que, estando a lo dispuesto en el considerando prece- dente con Memorando Nº 102-2003-ALC-MDYC, de fecha3-6-2003, emitido por el Despacho de Alcaldía de la Muni-cipalidad Distrital de Yarinacocha; se dirige a la Oficina deAsesoría Legal de la Entidad, manifestando que medianteAlcaldía se Declara la Nulidad de Oficio de los procesos deselección indicados en el primer considerando de la pre-sente resolución, toda vez que su Despacho tiene conoci-miento que los mencionados procesos de selección, noestán cumpliendo lo estipulado por el Art. 49º y el Art. 83ºdel D.S. Nº 013-2001-PCM, del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, referidos a lasetapas del proceso, indicando que el incumplimiento en eldesarrollo de las etapas de un proceso de selección cons-tituye causal de nulidad, situación que determinó se decla-re la nulidad de los vicios detectados con la finalidad de noincurrir en responsabilidades posteriores; Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades que confiere e l Art. 20º, inciso 6) dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteD.S. Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado me-diante D.S. Nº 013-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº079-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFI- CIO, en mérito a los considerandos expuestos en la pre-sente resolución, de los siguientes procesos de selección: - ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2003- MDYC.- PRIMERA CONVOCATORIA, CUYO OBJETO ESLA OBRA: PAVIMENTACIÓN DE LA AV. YARINACOCHACUADRAS 1 Y 2, SIENDO SU VALOR REFERENCIAL LASUMA DE S/. 390,864.69 (TRESCIENTOS NOVENTA MILOCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 69/100 NUEVOSSOLES). - ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 002-2003- MDYC.- PRIMERA CONVOCATORIA, CUYO OBJETO ESLA OBRA: PAVIMENTACIÓN DEL JR. AGUAYTÍA CUADRAS2 Y 3, SIENDO SU VALOR REFERENCIAL LA SUMA DE S/. 329,053.13 (TRESCIENTOS VEINTE Y NUEVE MIL CIN-CUENTA Y TRES Y 13/100 NUEVOS SOLES). - ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 003-2003- MDYC.- PRIMERA CONVOCATORIA, CUYO OBJETO ESLA OBRA: PAVIMENTACIÓN DEL JR. 3 DE OCTUBRECUADRA 3, SIENDO SU VALOR REFERENCIAL LA SUMADE S/. 113,275.79 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOSSETENTA Y CINCO Y 79/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- RETROTRAER A LA ETAPA DE CONVOCATORIA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DES-CRITOS EN EL ARTÍCULO PRIMERO, debiendo el ComitéEspecial Permanente de Adjudicaciones de Estudios yObras de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, desig-nados para tal fin; formular nuevo Calendario de los proce-sos, debiendo para ello cumplir con lo estipulado en lanormatividad vigente bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- MODIFICAR LOS CALENDARIOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN, descritos en el ArtículoPrimero; contenidos en las Bases Administrativas, las mismasque fueron aprobados mediante Resolución de Alcaldía Nº358-2003-MDYC, de fecha 12-5-2003, la Resolución de Al-caldía Nº 371-2003-MDYC, de fecha 16-5-2003 y la Resolu-ción de Alcaldía Nº 372-2003-MDYC, de fecha 16-5-2003. Artículo Cuarto.- PONER de conocimiento la presente Resolución al Comité Especial Permanente de Adjudi-caciones de Estudios y Obras de la Municipalidad Distritalde Yarinacocha, para que actué de acuerdo a sus atribu-ciones y de conformidad a ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Abasteci- miento de la Entidad, la publicación de la presente resolu-ción, conforme a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación y distribución de la presente resolu-ción. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.EDWIN DÍAZ PAREDES Alcalde 11893