Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

NORMAS LEGALES
III. ALCANCE

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INEI
Aprueban Directiva sobre "Normas Tecnicas para la administracion del Software Libre en los Servicios Informaticos de la Administracion Publica"
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCION JEFATURAL Nº 199-2003-INEI
MORDAZA, 24 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, es el organismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, responsable de promover el desarrollo de sistemas y aplicaciones informaticas de uso comun para el sector estatal, en las regiones y a nivel nacional; Que, conforme a lo establecido en Articulo 5º, inciso h) del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, es funcion del INEI, normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas e informaticas utilizados por los Organos de los Sistemas; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM, establece medidas para garantizar la legalidad de la adquisicion de programas de software en entidades y dependencias del Sector Publico; Que, de acuerdo a los resultados de la IV Encuesta de Recursos Informaticos y Tecnologicos, el 18,3 % de las 1026 entidades publicas que respondieron a la encuesta, hacen uso de software libre; Que, para garantizar el buen uso de este MORDAZA de software se requiere disponer de normas de uso general, que permitan optimizar los procesos de planeamiento y desarrollo de aplicaciones y sistemas informaticos para las entidades publicas; Estando a lo propuesto por la Direccion Tecnica de Normatividad y Promocion, con la opinion favorable de la Subjefatura de Informatica y la visacion de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2003-INEI/ DTNP, sobre "Normas Tecnicas para la administracion del Software Libre en los Servicios Informaticos de la Administracion Publica". Articulo 2º.- Disponer que el alcance de esta Resolucion comprende a las entidades del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Autonomos, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales, Locales y Empresas Publicas a nivel nacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe DIRECTIVA Nº 008-2003-INEI/DTNP NORMAS TECNICAS PARA LA ADMINISTRACION DEL SOFTWARE LIBRE EN LOS SERVICIOS INFORMATICOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA I. FINALIDAD Normar la aplicacion de buenas practicas y procedimientos seguros en la administracion del software libre en los centros informaticos de las entidades publicas. II. OBJETIVO Dar lineamiento para el uso correcto y seguro del software libre.

La presente Directiva es de cumplimiento por las entidades del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Autonomos, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales, Locales y Empresas Publicas a nivel nacional. IV. BASE LEGAL - Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. - Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. - Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM - Dictan medidas para garantizar la legalidad de la adquisicion de programas de software en entidades y dependencias del Sector Publico. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Entiendase por software libre aquel programa cuya licencia de uso garantice al usuario las siguientes facultades: - uso irrestricto del programa para cualquier proposito, - inspeccion exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa, - uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias del programa para adaptarlos a las necesidades del usuario, - confeccion y distribucion de copias del programa, - modificacion del programa, y distribucion libre tanto de las alteraciones como del MORDAZA programa resultante, bajo estas mismas condiciones. 5.2. Entiendase por codigo fuente o de origen, o programa fuente o de origen, al conjunto completo de instrucciones y archivos digitales originales creados y/o modificados por quien lo programara, mas todos los archivos digitales de soporte, como tablas de datos, imagenes, especificaciones, documentacion, y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa ejecutable a partir de ellos. 5.3. Los softwares libres que MORDAZA utilizados y compartidos por las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local y los Organismos Descentralizados y las Empresas del Estado, deberan cenirse a esquemas de licenciamiento que permitan en forma expresa el cumplimiento de las facultades descritas en el numeral 5.1 de esta directiva. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1 DEL USO DEL SOFTWARE LIBRE 6.1.1 El software libre puede coexistir con otros softwares de caracter propietario en la infraestructura informatica disponible de las entidades publicas. El software libre puede ser utilizado como herramienta de productividad personal e institucional, en todas sus variantes. 6.1.2 Si una entidad publica ha decidido implementar software libre, debera realizar un analisis con proyeccion de uso de programas (software) en su entidad y presentar las alternativas de software libre adecuadas a las necesidades de sus usuarios. Es importante que se haga ese estudio de necesidades de uso de programas (software) orientado a la funcionalidad, y se establecera un plan de migracion de ser el caso, y un plazo de migracion adecuado para su ejecucion. 6.1.3 La entidad publica que disponga de software libre, debera asegurar la disponibilidad de todos los manuales de sistemas y documentos tecnicos asociados para su consulta en formato electronico o impreso indistintamente, asi como MORDAZA de seguridad de los instaladores del software, incluyendo nuevas versiones y actualizaciones. 6.1.4 La entidad publica que cuente entre su infraestructura con una Red Institucional a traves de la cual desarrolla el servicio de soporte, dispondra de un banco de programas (software) y herramientas, documentos tecnicos en la red, asi como un servicio de informacion por correo electronico interno, a traves de la cual proveera de informacion, herramientas y actualizaciones a los usuarios de software libre. 6.1.5 Las entidades publicas que MORDAZA uso de software libre deberan fomentar la innovacion tecnologica al po-

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