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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (26/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 246711 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 ce, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUENSE las Normas o Dis- posiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 11891 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 069-MDL Mediante Oficio Nº 266-2003-MDL/SG, la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas de laOrdenanza Nº 069-MDL, publicada en la edición del 13 dejunio de 2003, en la página 245945. - Que en el Procedimiento del que Número de Orden es Nº 1.01 DICE:D.S. 25-94-MTCDEBE DECIR:Ley 27157 y D.S. Nº 008-2000-MTC- Que en los procedimientos cuyo numero de Orden son el Nº 1.01, Nº 1.02, Nº 1.03, Nº 1.04, Nº 1.06, Nº 1.12,Nº 1.37 DICE:D.S. 02-94-JUSDEBE DECIR:Ley Nº 27444- Que en el Procedimiento cuyo Número de Orden es Nº 1.19 DICE:Ley Nº 25853DEBE DECIR:Ley Nº 27972- Que en el Procedimiento cuyo Número de Orden es Nº 1.24 DICE:Ley Nº 27157, D.S. Nº 039-70-VI, D.S. Nº 063-70-VIDEBE DECIR:Ley Nº 27157, D.S. Nº 039-70-VI, D.S. Nº 063-70-VI, Ordenanza Nº 055-MDL - Que en el Procedimiento cuyo Número de Orden es Nº 1.29 DICE:D.S. Nº 063-70-VI CAP VIIDEBE DECIR:D.S. 063-70-VII, Ordenanza Nº 041-MDL- Que en los Procedimientos cuyo Número de Orden es el Nº 1.38, Nº 1.39, Nº 1.40, Nº 1.45, Nº 1.47, Nº 1.48, Nº1.49 DICE: Ley Nº 23853DEBE DECIR: Ley Nº 27972- Que en los Procedimientos cuyo Número de Orden es el Nº 1.77, Nº 1.78, Nº 1.79, Nº 1.80 DICE:Ordenanza Nº 069-MDL-2003DEBE DECIR:Ordenanza Nº 071-MDL-2003- Que en los Procedimientos cuyo Número de Orden es el Nº 3.01, 3.02 en la columna de Derecho de Pago DICE:0.4838DEBE DECIR:(en blanco)11887 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Norman rØgimen de tenencia y regis- tro de canes ORDENANZA Nº 272 San Borja, 18 de junio del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Borja, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de junio del 2003, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE NORMA EL RÉGIMEN DE TENENCIA Y REGISTRO DE CANES EN EL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I DEL ÁMBITO DE LA ORDENANZA Artículo 1º.- La presente Ordenanza reglamenta el ré- gimen jurídico de registro, tenencia de canes y el uso deáreas públicas por los mismos, en el distrito de San Borja;teniendo el carácter de norma de orden público y de cum-plimiento obligatorio, en salvaguarda de la tranquilidad eintegridad física de las personas, del bienestar y calidadde vida de los canes; y, del ornato y conservación de lalimpieza pública en el vecindario. Artículo 2º.- Esta Ordenanza tiene alcance sobre la crianza, educación, adiestramiento, comercialización, te-nencia y transferencia de canes en el ámbito del distrito deSan Borja. TÍTULO II DE LA CRIANZA Y TENENCIA DE CANES Artículo 3º.- La crianza y tenencia de canes está supe- ditada al entorno físico en que se desarrollan. Las perso-nas naturales y jurídicas podrán criar y poseer, razonable-mente, el número adecuado de canes que permita la capa-cidad del predio, raza del animal y la calidad del área des-tinada para los canes; sujeto a que dicha tenencia noaltere o perjudique de modo alguno la tranquilidad y bien-estar de terceros. Son considerados animales de compañía, mascotas o domésticos, aquellos que el ser humano ha incorporado asu hábitat y que instintivamente responden a las prácticasdomésticas; debiendo vivir y crecer en condiciones propiasa su especie. Artículo 4º.- En predios no sujetos al Régimen de Pro- piedad Horizontal o similares, la Junta de Vecinos o quien