Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR: Ley Nº 27972

Pag. 246711

ce, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGUENSE las Normas o Disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11891

- Que en los Procedimientos cuyo Numero de Orden es el Nº 1.77, Nº 1.78, Nº 1.79, Nº 1.80 DICE: Ordenanza Nº 069-MDL-2003 DEBE DECIR:

FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 069-MDL Mediante Oficio Nº 266-2003-MDL/SG, la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 069-MDL, publicada en la edicion del 13 de junio de 2003, en la pagina 245945. - Que en el Procedimiento del que Numero de Orden es Nº 1.01 DICE:

Ordenanza Nº 071-MDL-2003 - Que en los Procedimientos cuyo Numero de Orden es el Nº 3.01, 3.02 en la columna de Derecho de Pago DICE: 0.4838 DEBE DECIR: (en blanco) 11887

D.S. 25-94-MTC DEBE DECIR: Ley 27157 y D.S. Nº 008-2000-MTC - Que en los procedimientos cuyo numero de Orden son el Nº 1.01, Nº 1.02, Nº 1.03, Nº 1.04, Nº 1.06, Nº 1.12, Nº 1.37 DICE: D.S. 02-94-JUS DEBE DECIR: POR CUANTO: Ley Nº 27444 - Que en el Procedimiento cuyo Numero de Orden es Nº 1.19 DICE: Ley Nº 25853 DEBE DECIR: Ley Nº 27972 - Que en el Procedimiento cuyo Numero de Orden es Nº 1.24 DICE: Ley Nº 27157, D.S. Nº 039-70-VI, D.S. Nº 063-70-VI DEBE DECIR: Ley Nº 27157, D.S. Nº 039-70-VI, D.S. Nº 063-70-VI, Ordenanza Nº 055-MDL - Que en el Procedimiento cuyo Numero de Orden es Nº 1.29 DICE: D.S. Nº 063-70-VI CAP VII DEBE DECIR: D.S. 063-70-VII, Ordenanza Nº 041-MDL - Que en los Procedimientos cuyo Numero de Orden es el Nº 1.38, Nº 1.39, Nº 1.40, Nº 1.45, Nº 1.47, Nº 1.48, Nº 1.49 DICE: Ley Nº 23853 El Concejo Municipal de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de junio del 2003, aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
MORDAZA regimen de tenencia y registro de canes
ORDENANZA Nº 272
San MORDAZA, 18 de junio del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA

ORDENANZA QUE MORDAZA EL REGIMEN DE TENENCIA Y REGISTRO DE CANES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I DEL AMBITO DE LA ORDENANZA
Articulo 1º.- La presente Ordenanza reglamenta el regimen juridico de registro, tenencia de canes y el uso de areas publicas por los mismos, en el distrito de San Borja; teniendo el caracter de MORDAZA de orden publico y de cumplimiento obligatorio, en salvaguarda de la tranquilidad e integridad fisica de las personas, del bienestar y calidad de MORDAZA de los canes; y, del ornato y conservacion de la limpieza publica en el vecindario. Articulo 2º.- Esta Ordenanza tiene alcance sobre la crianza, educacion, adiestramiento, comercializacion, tenencia y transferencia de canes en el ambito del distrito de San Borja.

TITULO II DE LA CRIANZA Y TENENCIA DE CANES
Articulo 3º.- La crianza y tenencia de canes esta supeditada al entorno fisico en que se desarrollan. Las personas naturales y juridicas podran criar y poseer, razonablemente, el numero adecuado de canes que permita la capacidad del predio, raza del animal y la calidad del area destinada para los canes; sujeto a que dicha tenencia no altere o perjudique de modo alguno la tranquilidad y bienestar de terceros. Son considerados animales de compania, mascotas o domesticos, aquellos que el ser humano ha incorporado a su habitat y que instintivamente responden a las practicas domesticas; debiendo vivir y crecer en condiciones propias a su especie. Articulo 4º.- En predios no sujetos al Regimen de Propiedad Horizontal o similares, la Junta de Vecinos o quien

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