Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

Novena Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales "El MORDAZA Municipio: Concertacion y Gobernabilidad para el bienestar de la Ciudadania" organizada por el Condado de Miami - Dade y la MORDAZA International University; Que, mediante Ordenanza Nº 335 modificada por Ordenanza Nº 429, se dictaron disposiciones sobre viajes al exterior que efectuen autoridades, funcionarios y servidores municipales, la misma que, conforme a su articulo 8º y de conformidad con lo establecido en el articulo 154º de la Ley Organica de Municipalidades, tiene alcance metropolitano; Que, conforme al articulo 1º de la Ordenanza Nº 335, los Alcaldes y Regidores, funcionarios y servidores municipales que realicen viajes al exterior del MORDAZA que tengan representacion oficial u ocasionen gasto a la Municipalidad deberan ser autorizados mediante Resolucion de Alcaldia; Que, el articulo 3º de la Ordenanza Nº 335 modificada por la Ordenanza Nº 429 senala que la Resolucion de Alcaldia que autorice el viaje debera estar sustentada en beneficio de la institucion, indicando el motivo del viaje, su duracion, el monto de los viaticos, otros gastos y cualquier otra asignacion vinculada al mismo, debiendo calcularse los viaticos de acuerdo a la escala que establezca la normatividad vigente sobre la materia; Que, sobre el particular, los articulos 4º y 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico establece la escala de viaticos por zonas geograficas en dolares americanos los mismos que se abonaran por cada dia que dure la mision oficial o el evento, a los que se podra adicionar por una sola vez el equivalente a un dia de viaticos por concepto de gastos de instalacion y traslado cuando el viaje es a cualquier MORDAZA de America; Que, estando a que el articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, asigna determinadas atribuciones y obligaciones a los Regidores, acorde a la funcion normativa y fiscalizadora asignada al Concejo Municipal en el articulo 5º del mismo cuerpo legal, corresponde autorizar los egresos respectivos en el MORDAZA de la normatividad citada y acorde al ejercicio de las atribuciones aludidas; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por las Ordenanzas Nºs. 335, 429 y el articulo 20º numerales 6) y 15) de la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el egreso equivalente a US$ 220.00 dolares americanos, para los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Richardson y MORDAZA Estraver MORDAZA, Regidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para que sufraguen los costos de la Novena Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales "El MORDAZA Municipio: Concertacion y Gobernabilidad para el bienestar de la Ciudadania" organizada por el Condado de Miami - Dade y la MORDAZA International University, a realizarse del 23 al 26 de junio de 2003, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El egreso que ocasionara el viaje descrito en el articulo primero se afectara a la partida presupuestal especifica del Presupuesto Institucional vigente. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, disponiendose a la Unidad de Tesoreria el giro del cheque correspondiente en moneda nacional al MORDAZA de cambio vigente a nombre del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Unidad de Abastecimiento, para la conversion de las sumas por el costo de evento indicado en el articulo primero en dolares americanos para su entrega a los senores Regidores y posterior pago del evento en los Estados Unidos de MORDAZA, conforme a lo expuesto en el articulo primero, dando cuenta documentada. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11970

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Declaran que no existe conflicto de limites con el distrito de MORDAZA de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000050
San MORDAZA de Miraflores, 16 de junio 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo realizada el 16 de junio 2003, el Oficio Nº 198-THN-MDSJM-03 de fecha 3 de junio del 2003, presentado por el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente de la Comision Especial de Saneamiento de Limites Territorial del distrito de San MORDAZA de Miraflores, sobre la creacion de la oficina de Defensa Territorial y al Contribuyente, y encargado de elaboracion y ejecucion del Plan de Acondicionamiento Territorial de este distrito; Oidos y Debatidos. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 15382 de fecha 121-65, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15-1-65, se creo el Distrito de San MORDAZA de Miraflores y se determina sus limites de demarcacion territorial, y por ende el gobierno local goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciendo dentro de su jurisdiccion su autoridad, evitando la duplicidad y superposicion de territorio y funciones, asi como puede crear, modificar y suscribir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, a la fecha viene efectuando cobro de tributos indebidamente a los vecinos que se encuentran ubicados dentro de la jurisdiccion Distrital de San MORDAZA de Miraflores, actuando fuera de su competencia, sobreponiendose indebidamente a nuestra demarcacion territorial, usurpando funciones e incluso actuando abusivamente con los vecinos de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Miraflores, conforme a las continuas denuncias formuladas por nuestros vecinos, contra la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 024-03 de fecha 4-42003, se constituyo la Comision Especial de Saneamiento de Limites Territoriales del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, siendo uno de los motivos de su creacion de dicha Comision, la invasion de nuestra demarcacion territorial por parte de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, esencialmente en las zonas de la margen derecha de la Panamericana Sur, donde se exige a nuestros vecinos tributar a la Municipalidad de MORDAZA, por el hecho abusivo de que esas zonas territoriales han sido indebidamente considerados por la Municipalidad de MORDAZA, como areas de terrenos dentro de su demarcacion territorial; Que, de conformidad con el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales representan al vecindario, y en concordancia con el Articulo II, del Titulo Preliminar del mismo cuerpo legal que senala expresamente que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, es necesario rechazar la Actitud expansionista de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, que viene alentando confrontacion entre nuestros pueblos, perjudicandose a nuestros vecinos Sanjuaninos afectados por la intromision de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; debiendo ademas tener por precisado que no existe conflicto de limites con el referido distrito, por cuanto los limites y territorios del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, estan establecidos en la Ley Nº 15382; Por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones amparadas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, debatido en el Pleno y con el MORDAZA UNANIME, se acordo: ACUERDO: Primero.- Declarar que no existe conflicto de limites con el distrito de MORDAZA de MORDAZA, por cuanto los limites

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