Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

ner a disposicion el codigo fuente de las aplicaciones que desarrollan, pudiendose realizar nuevos desarrollos o mejoras sobre estos, contribuyendo de este modo a la formacion de profesionales en nuevas tecnologias y al desarrollo local bajo los objetivos de los propios planes estrategicos establecidos por las entidades. 6.2 CRITERIOS DE USO DE SOFTWARE LIBRE PARA LAS ENTIDADES PUBLICAS. Los principales criterios que se deberan tener en cuenta a la hora de escoger soluciones de software libre en las entidades de la administracion publica son los siguientes: a. Ser tecnicamente compatible con el hardware y software que posee la institucion. b. Ser facil de usar por el usuario. c. Ser actualizable y escalable en sus funciones. d. Ser economicamente menos costoso frente a otros tipos de softwares, tomando tambien en cuenta su implementacion y mantenimiento. e. Garantizar el soporte tecnico respectivo. 6.3 ADMINISTRACION DE SOFTWARE LIBRE EN LAS ENTIDADES PUBLICAS 6.3.1 Seleccion del software libre La seleccion es necesaria, porque el software que se adquiere se convierte en un bien publico y activo de la entidad. Para la seleccion del software libre, se debera realizar una revision del contexto global y nacional, asi como de los tipos y caracteristicas del software requerido, segun los criterios establecidos en el numeral 6.2. 6.3.2 Propuesta de uso del software libre La Oficina de Informatica (o la que haga sus veces) de cada entidad debera elaborar una propuesta de uso del software libre, en la que se indicara que programas pueden ser de utilidad para el apoyo a una funcion institucional, acompanados del software del sistema. Para la propuesta se considerara las relaciones que los diferentes tipos de programas (software) pueden tener con las diferentes areas del conocimiento. La propuesta sera presentada para su aprobacion a la Alta Direccion de la entidad. 6.3.3 Obtencion El software libre no solo se puede obtener de Internet, aunque en muchos casos es la unica alternativa. Es recomendable obtener el software de algun distribuidor autorizado a traves de CD-ROM, ya sea adquiridos o copiados. 6.3.4 Conocimiento del funcionamiento del software libre La Oficina de Informatica (o la que haga sus veces) de cada entidad que disponga del uso del software libre, debera establecer un programa de capacitacion en el uso del software libre al personal del area de soporte tecnico y a los usuarios del software libre en la entidad. Este programa de capacitacion sera permanente, debido a la MORDAZA evolucion del software libre. 6.3.5 Implantacion progresiva La Oficina de Informatica (o la que haga sus veces) de cada entidad dispondra una implantacion progresiva de las soluciones de software libre que garantice la correcta operacion de los aplicativos y sistemas desarrollados sobre software propietario, asi, como la adaptacion del software desarrollado en la entidad para operar sobre el software libre. Para ello se establecera lo dispuesto en el numeral 6.1.2. 6.3.6 Evolucion del software libre Por la naturaleza de desarrollo del software libre, este se encuentra en MORDAZA evolucion, por lo que se requiere establecer mecanismos de cooperacion con entidades que realizan estudios sobre el desarrollo del software libre y las distribuidoras del mismo. 6.3.7 Seguridad y privacidad Se debe poder auditar, verificar y modificar el codigo fuente de los programas del software libre, a fin de garantizar de que cumplan lo siguiente:

- Todos los datos confidenciales tienen que ser tratados de tal modo que solo las personas e instituciones autorizadas puedan acceder a ellos. - Los datos han de estar almacenados de tal forma que este garantizado su acceso por parte de las personas e instituciones autorizadas durante toda la MORDAZA util de la informacion. - La modificacion de los datos ha de estar restringida, igualmente, a las personas e instituciones autorizadas. 6.3.8 Documentacion del software libre. Si bien los programas de software libre incluyen manuales y documentacion relacionada, en varias situaciones es necesario o deseable la elaboracion de documentacion adicional. Muchas veces el software libre unicamente esta disponible en idioma ingles o trae manuales de referencia pero no de usuario. Por lo que es recomendable solicitarlos a la distribuidora o, en el caso de disponer de recursos, desarrollarlos internamente. 6.3.9 Soporte tecnico y servicios. Es necesario que el software libre cuente con una comunidad de proveedores de apoyo tecnico y servicios que puedan resolver los problemas que surjan y que ningun proveedor se encuentre en una posicion de exclusividad. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7.1 La Oficina de Informatica (o la que haga sus veces) de cada entidad es la responsable de establecer, en el MORDAZA del Plan Estrategico de Tecnologia de Informacion y de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 013-2003PCM, la implantacion del software libre en una entidad publica. 7.2 Las aplicaciones desarrolladas por las entidades de la Administracion Publica sobre la base del software libre, son propiedad del Estado Peruano y deben ser comunicadas a la PCM y al INEI, de acuerdo al Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM. Las modificaciones del codigo fuente del software libre, tambien seran comunicadas al INEI y a los desarrolladores originales, de acuerdo a las convenciones establecidas en el MORDAZA del proyecto GNU, y las convenciones GPL, para su difusion en el Sistema Nacional de Informatica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 604 y los articulos 76º, 77º y 78º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. 7.3 Las investigaciones y desarrollo que las Universidades Nacionales efectuen, en materia de software libre, deberan ser puestas en conocimiento del INEI para su difusion en el Sistema Nacional de Informatica. 7.4 La Oficina de Informatica (o la que haga sus veces) de cada entidad es la responsable de que el personal de la entidad cumpla con lo dispuesto en la presente directiva. ANEXO 01 GNU: El proyecto GNU ha desarrollado un sistema completo de software libre llamado ``GNU'' (GNU No es Unix) que es compatible con Unix. La palabra "libre" se refiere a MORDAZA no a precio (en ingles se usa la misma palabra para libre y gratuito). Se puede pagar o no un precio por obtener software GNU, una vez que se obtiene el software, se tiene la MORDAZA de: copiar el programa y darlo a otras personas; cambiar el programa como se desee, por tener acceso completo al codigo fuente; y distribuir una version mejorada. El proyecto GNU fue concebido en 1983 como una forma de devolver el MORDAZA cooperativo que prevalecia en la comunidad computacional, hacer la cooperacion posible, al eliminar los obstaculos impuestos por los duenos de software propietario. GPL: (GNU General Public License): licencia publica general, es un MORDAZA de licencia sobre la propiedad intelectual, cuyos fines especificos son: - Permitir la distribucion ilimitada del codigo fuente, sin asociar un costo monetario mas alla que el aquel asociado con la reproduccion del mismo. - Permitir la modificacion del codigo, asi como la redistribucion de dichas modificaciones.

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