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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2003 (16/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 240922 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de marzo de 2003 Que, las entidades antes mencionadas asumirán los gastos de estadía (alimentación y alojamiento) del re- presentante municipal y, el costo de los pasajes aéreos del señor Luis Castañeda Lossio - Alcalde Metropolitanode Lima; comprendiendo la Comisión del 16 al 29 de marzo de 2003, y no irrogará gasto alguno a la Munici- palidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 334 del 13 de diciembre de 2002, se aprobó el Plan de Acción y Presu- puesto Municipal 2003 de la Municipalidad Metropolitanade Lima; De conformidad a las atribuciones establecidas en el artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Muni-cipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima, doctor Luis Cas-tañeda Lossio - Alcalde Metropolitano de Lima, a las ciudades de Madrid/Valencia - España y Milán - Italia, del 16 al 29 de marzo de 2003; por los motivos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que la comisión de servicios del Alcalde Metropolitano de Lima, no irrogará gasto al-guno a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros,cualesquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05176 MUNICIPALIDAD DE COMAS Declaran nulidad parcial de adjudica- ción de menor cuantía convocada parala adquisición de dos motobombas RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 017-DM/MC Comas, 11 de marzo de 2003 EL DIRECTOR MUNICIPALVISTO: el Informe Nº 001-2003-CEP/MDC presenta- do por el Presidente del Comité Especial Permanente dela Municipalidad de Comas, que informa haberse detec- tado un Vicio de Nulidad dentro del procedimiento de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 006-2003-CEP/MDC,convocada para la adquisición de DOS MOTOBOMBAS. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Directoral Nº 003- 2003DM/MC se designó al Comité Especial Permanentepara los procesos de Adjudicaciones Directas y Adjudica- ciones de Menor Cuantía de Bienes, Suministros y Ser- vicios; Que, el respectivo Comité Especial Permanente con- vocó a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 2003-CEP/ MDC de acuerdo al requerimiento recepcionado; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selec- ción se fijó como fecha de Otorgamiento de Buena Pro, el día 7 de marzo de 2003. Que, según el Acta de Otorgamiento de Buena Pro de fecha de 2003, el Comité Especial Permanente otorgó la Buena Pro la Empresa JOSPAC IMPOR de PACHE-CO CONCEPCION por haber sido la propuesta mas favorable para la Municipalidad de Comas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, concordado con los últi-mos párrafos de los artículos 85º, 93º y 100º de la men- cionada norma, las Entidades del Estado deben notificar al PROMPYME la convocatoria de las AdjudicacionesDirectas Selectivas, así como las correspondientes alas Adjudicaciones de Menor Cuantía iguales o superio- res a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias (UITs) para el caso de Bienes y Servicios; Que, al respecto se debe precisar que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de la Pequeña y Micro Empresa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030- 2000-ITINCI dicha comunicación debe ir acompañadade una copia de las Bases; Que, en este sentido el incumplimiento de dicha notifi- cación o su cumplimiento tardío o extemporáneo generala nulidad del proceso de selección respectivo, que en el caso presente la comunicación al PROMPYME se ha realizado en forma extemporánea no cumpliendo lo se-ñalado en el artículo 93º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S.Nº 013-2001-PCM), la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, esto es la Dirección Municipal, puede de- clarar la NULIDAD de oficio del proceso de selecciónpor cualquiera de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hastaantes de la celebración del contrato. Que, el Art. 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece entre otros que se declaran nulos losactos administrativos expedidos, cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto contenido de la norma en mención, por lo que resulta procedente la Declaración de la Nulidad parcial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº -2003-CEP/MDCIdebiendo retrotraerse la misma, hasta el momento de la convocatoria del proceso; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Alcaldía Nº 041-2003 y de conformidad con lo estable- cido por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Con la visacion de la Directora de la oficina de Aseso- ria Legal; RESUELVE:Primero.- Declárese la NULIDAD PARCIAL de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 006-2003-CEP/MDC para laAdquisición de DOS MOTOBOMBAS por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la Etapa de Convocatoria, debiendo contener todas las característi- cas y condiciones a que se hace referencia el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral, en el Diario Oficial El Peruano, deacuerdo a lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobadopor D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles de emitida. Cuarto.- Encargar al Comité Especial Permanente designado, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, y publíquese.EMILIO MOISÉS GUTIÉRREZ ROJAS Director Municipal 05139 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan celebración de matrimonio comunitario en conmemoración de ani-versario de creación del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2003-MDLO/ALC Los Olivos, 3 de marzo del 2003