Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2003 (16/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2003
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- OTORGAR, la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, sujeta a la evaluacion permanente del CONAFU, dispuesta por la Ley Nº 26439, para brindar servicios educativos de nivel universitario, a traves de las carreras profesionales aprobadas, con el correspondiente numero de Vacantes por Ciclo Academico:
CARRERAS PROFESIONALES Filosofia Educacion Secundaria VACANTES POR CICLO ACADEMICO 20 Filosofia y Ciencias Historico Sociales 20 Lengua y Literatura 20 TOTAL 60

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Exoneran de realizacion de concurso publico a la contratacion del Programa de Seguros requerido para la cobertura de riesgos de los activos financieros, activos fijos y personal del BCR
RESOLUCION DE EXONERACION Nº 005-2003
MORDAZA, 14 de marzo de 2003 VISTOS: El Informe Tecnico Nº D200-IN-2003-001 del 14 de marzo de 2003, emitido por el Subgerente de Servicios Administrativos, en el que se solicita que se exonere de la realizacion de un Concurso Publico la contratacion del Programa de Seguros del Banco Central de Reserva del Peru, por un periodo de 60 dias o hasta que finalice el Concurso Publico Nº CP-0001-2003-BCRP, convocado con el mismo objeto. El Memorandum Nº K000-MA-2003-257, emitido por la Oficina Legal el 14 de marzo de 2003, en el que se opina que la contratacion que requiere el Banco, debe efectuarse mediante una adjudicacion de menor cuantia, ya que se configura la causal de exoneracion por situacion de urgencia a que se contrae el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO QUE: El Banco con fecha 31 de enero de 2003 convoco el Concurso Publico Nº CP-0001-2003-BCRP, para la contratacion del programa de seguros requerido para la cobertura de riesgos de los activos financieros, activos fijos y personal del Banco; El Comite Especial encargado del indicado MORDAZA de seleccion, en reunion celebrada el 7 de marzo del 2003, acordo, otorgar la buena pro al Consorcio conformado por las empresas El MORDAZA MORDAZA Compania de Seguros y Reaseguros y El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros; Con fecha 14 del presente mes, un postor participante ha interpuesto un recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro, el mismo que debera ser tramitado de acuerdo al procedimiento establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento; En el informe tecnico senalado en el exordio de la presente resolucion, se indica que la poliza de seguros con que cuenta el Banco vence a las 12:00 horas del dia 17 del presente mes, por lo que resulta indispensable contratar en forma inmediata el programa de seguros para la cobertura de riesgos de los activos financieros, activos fijos y personal de Banco por un plazo de 60 dias o hasta que finalice el MORDAZA de seleccion en tramite, lo que suceda primero, ya que se trata de la cobertura de riesgos de la que el Banco Central no puede quedar desprotegido; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; El inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados del MORDAZA de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las contrataciones que se realicen por situacion de urgencia; En concordancia con la precitada MORDAZA, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo

Articulo 2º.- APROBAR, el modelo institucional adoptado por la "Universidad MORDAZA MORDAZA de Montoya", organizada como Asociacion Civil sin fines de lucro, adecuada al regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882. La Oficina Registral de MORDAZA, Registro de Personas Juridicas, procedera a la inscripcion de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social y Reglamento General de la Universidad, debidamente visado por el CONAFU, por el merito de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, iniciara sus actividades como persona juridica de derecho privado bajo la forma de una Asociacion Civil sin fines de lucro, en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, modificada por la Ley Nº 27278, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Universitaria Nº 23733, sus normas complementarias y conexas, la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades Nº 26439, sus disposiciones modificatorias y, los Reglamentos del CONAFU. Articulo 4º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en el plazo MORDAZA de doce (12) meses debera implementar de acuerdo a lo programado en su Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, la infraestructura fisica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento en sus dos primeros anos, debiendo presentar concluida la implementacion, una version consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional, que servira para su evaluacion permanente, dispuesta por el literal c) del articulo 2º de la Ley Nº 26439 y, el Reglamento de Funcionamiento y Evaluacion Periodica de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento; Articulo 5º.- Concluida la implementacion senalada en el articulo precedente, y previo Informe favorable, este Consejo Nacional autorizara el primer MORDAZA de admision de alumnos a la Universidad, quedando establecido, que en caso de incumplimiento, se revocara la Autorizacion Provisional de Funcionamiento. Articulo 6º.- La Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, debera remitir al CONAFU, MORDAZA certificada notarial, de la Escritura Publica que contiene los Estatutos Sociales y el Reglamento General de la Universidad, debidamente inscritos, para los fines a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 882, modificado por la Ley Nº 27278. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos MORDAZA VILLAGRASA MORDAZA Consejero de Asuntos Administrativos MORDAZA GUERRA-GARCIA MORDAZA Consejero de Asuntos Internacionales MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 05136

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