Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2003 (16/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2003

bado por el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en los Memorandos Nº 1593 y 1594-2002 y 180 y 183-2003-MTC/15.03. y de la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en el Informe Nº 303-2003-MTC/ 15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, la Ley Nº 27444 y la Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la SUSPENSION de sus licencias de conducir por el periodo de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la ocurrencia de la infraccion o la fecha de la remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda. Articulo Segundo.- Sin perjuicio de la publicacion de la resolucion la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial se encargara de notificar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion de acuerdo a las modalidades establecidas en el articulo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444. Articulo Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General 05162

Que, los conductores indicados en el considerando anterior, han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehiculos automotores en estado de ebriedad, hecho que fue comprobado con el examen etilico correspondiente o por negarse al mismo; por lo tanto, aquellos conductores son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal C-1 del articulo 314º del Reglamento acotado; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo VII, Capitulo III, Seccion II del Reglamento Nacional de MORDAZA, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licencias de conducir y conductores que han infringido el Reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en el Informe Nº 319-2003-MTC/15.AL, y con la visacion de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, la Ley Nº 27444 y la Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con la SUSPENSION de sus licencias de conducir por el periodo de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la toma del examen de dosaje etilico o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda. Articulo Segundo.- Sin perjuicio de la publicacion de la resolucion la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial se encargara de notificar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion de acuerdo a las modalidades establecidas en el articulo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444. Articulo Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General 05163

DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 649-2003-MTC/15. MORDAZA, 27 de febrero de 2003 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 1057206, 0906506, 0661606, 0979606, 0961106, 0837406, 0731906, 0830106, 1020706, 1023206 y 1085006, sobre infraccion al Reglamento Nacional de Transito; el Informe Nº 1110-2002-MTC/15.03.3.AA., elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Memorandum Nº 1655-2002-MTC/15.03. de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial; CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru, han remitido las licencias de conducir retenidas a sus titulares por conducir vehiculos en estado de ebriedad, hecho que fue comprobado con el examen etilico correspondiente o por negarse al mismo cuya relacion es la siguiente:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LERTORA LAVAUD, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAZZETTI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Williams MORDAZA MORDAZA, Erick Emilinho MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Frabicio MORDAZA MORDAZA PAMO, MORDAZA LICENCIA D/E FECHA LC-255458/2B1 2.53 14.10.2002 X-011806/2B2 1.50 11.09.2002 LC-261506/2B1 0.71 10.07.2002 Q-053139/A-I 1.47 29.09.2002 Q-397200/A-I 1.61 21.07.2002 Q-148309/A-I 1.44 11.08.2002 Q-259458/A-I 1.58 18.08.2002 Q-271619/A-I 1.85 01.09.2002 Q-217072/A-I Se Nego 18.10.2002 Q-127361/A-I 2.60 06.10.2002 Q-024332/A-I Se Nego 15.11.2002

DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 650-2003-MTC/15. MORDAZA, 27 de febrero de 2003 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 1176606, 1232206, 1236206, 1184906, 1144506, 1152806, 1153506, 1214106, 1236406, 1189106, 1190706, 1062206, 1209506, 1165606, 1136806, 1214906, 1244206, 1175906, 1241506 y 1190806, sobre infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA, los informes Nºs. 056 y 054-2003-MTC/15.03.3.AA, elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y los Memorandos Nºs. 182 y 181-2003-MTC/15.03 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial; CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru, han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a choferes de vehiculos conduciendo con licencia de conducir vencida cuya relacion es la siguiente:

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