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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2003 (16/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 240910 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de marzo de 2003 Estando a lo opinado por la Dirección de Parque Au- tomotor y Circulación Vial en el Memorándum Nº 1127- 2002-MTC/15.03, y de la Asesoría Legal de la Dirección General de Circulación Terrestre en el Informe Nº 356-2003-MTC/15.AL; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº033-2001-MTC, la Ley Nº 27444 y la Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a las personas indica- das en el primer considerando de esta resolución, con INHABILITACIÓN por el período de tres (3) años paraobtener licencias de conducir, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacionaldel Perú, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente reso- lución. Artículo Segundo.- Sin perjuicio de la publicación de la resolución la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial se encargará de notificar a las personasindicadas en el primer considerando de esta resolución de acuerdo a las modalidades establecidas en el artículo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta Resolución a la Dirección de Parque Automotory Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese.LINO DE LA BARRERA L. Director General 05165 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Otorgan autorización provisional de funcionamiento a la Universidad Anto-nio Ruíz de Montoya, con sede en laciudad de Lima CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 055-2003-CONAFU Lima, 5 de marzo del 2003 VISTOS; la Resolución Nº 048-2002-CONAFU del 11 de febrero del 2002, que aprueba el Proyecto de De- sarrollo Institucional de la Universidad Antonio Ruiz deMontoya, el Expediente Nº 57094 del 14 de mayo del 2002; el Oficio Nº 301-2002-CONAFU-P del 15 de mayo del 2002; el Informe Nº 054-2002-CDAYC del 22 de agos-to del 2002, de la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU; el Oficio Nº 526-2002-CONAFU-P del 4 de setiembre del 2002; el Expediente Nº 61597 del 23 desetiembre del 2002; el Informe Nº 111-2002-CEAA del 9 de octubre del 2002; la Resolución Nº 265-2002-CONA- FU del 23 de octubre del 2002; el Expediente Nº 64676del 17 de diciembre del 2002, el Informe Nº 015-2003- CONAFU-CEAA del 22 de enero del 2003; el Informe Nº 038-2003-CONAFU-CJP del 18 de febrero del 2003; elAcuerdo Nº 029-2003-CONAFU de la Sesión Ordinaria del 20 de febrero del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución: la deevaluar los proyectos y solicitudes de autorización defuncionamiento de las nuevas universidades a nivel na- cional y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verifi- cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y con-diciones establecidas en la Ley y los reglamentos del CONAFU; Que, con Resolución Nº 048-2002-CONAFU del 11 de febrero del 2002, se aprobó el Proyecto de Desarrollo Institucional de la “Universidad Antonio Ruiz de Montoya”, presentado por su Promotora, laCompañía de Jesús - Provincia del Perú, condicio- nándose su autorización provisional de funcionamien- to a la formulación satisfactoria de las acciones co-rrectivas que permitan superar las observaciones que aun persistían en el Proyecto de Desarrollo Ins- titucional (Partes “A” y “B”); Que, mediante documento de vistos, la Promoto- ra ha cumplido con presentar el Informe de Levanta- miento de Observaciones respectivo, que en susPartes “A” y “B” ha sido trasladado a las Comisiones Jurídica Permanente y de Análisis y Consolidación, quienes luego de evaluar el Informe, señalan que elProyecto de Constitución, el Estatuto y el Reglamen- to General de la Universidad propuestos para la Uni- versidad Antonio Ruiz de Montoya, en el régimen le-gal del Decreto Legislativo 882, son instrumentos que cumplen con las exigencias legales vigentes para ser aprobados; Que, en su Parte “B”, señalan que la Promotora ha cumplido con levantar las observaciones establecidas por la Resolución Nº 048-2002-CONAFU, a excepciónde la Observación Nº 1, por lo que recomiendan de acuer- do a lo establecido en el artículo 23º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universida-des y lo dispuesto por el artículo 3º de la citada resolu- ción, se autorice el funcionamiento provisional de la Uni- versidad Antonio Ruiz de Montoya, con las carreras pro-fesionales propuestas y con el numero de vacantes se- mestrales solicitadas; Que, con Oficio Nº 526-2002-CONAFU-P del 4 de setiembre del 2002, el CONAFU requirió a la Promotora Compañía de Jesús - Provincia del Perú para que sub- sane la Observación Nº 1 de la Resolución Nº 048-2002-CONAFU, con documentos que garanticen su ejecu- ción; Que, la Promotora ha cumplido con presentar la do- cumentación adicional solicitada por el CONAFU, la mis- ma que ha merecido informes favorables del Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos y Comisión Jurí-dica Permanente del CONAFU, señalando que los docu- mentos presentados cumplen con los requisitos forma- les y de fondo para establecer una obligación cierta quegarantice que la Universidad Antonio Ruiz de Montoya recibirá el apoyo financiero de su Promotor para su fun- cionamiento; . Que, el Pleno del CONAFU, en Sesión Ordinaria del 20 de febrero del presente año, luego de revisar el expe- diente administrativo organizado y, considerando quelas Observaciones han sido levantadas totalmente por la Promotora del Proyecto, por unanimidad, acordó, otor- gar la Autorización Provisional de Funcionamiento a laUniversidad Antonio Ruiz de Montoya, con sede en la ciudad y departamento de Lima, para que brinde servi- cios educativos de nivel universitario, a través de lascarreras profesionales de: Filosofía, Educación Secun- daria con las especialidades de: Filosofía y Ciencias Histórico Sociales y Lengua y Literatura, carreras queen su evaluación han alcanzado el puntaje superior al mínimo exigido por este Consejo Nacional para su apro- bación; Que, por Acuerdo del Pleno del CONAFU, se ha dis- puesto que la Promotora y Comisión Organizadora de la Universidad, implementen la infraestructura física y losrecursos humanos necesarios, para el funcionamiento inicial de la Universidad en sus dos primeros años; Estando a lo expuesto, en concordancia con el artí- culo 2º, literal c) de la Ley 26439, el Decreto Legislativo Nº 882; la Resolución Nº 094-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2002; el Estatuto y Reglamento Generaldel CONAFU, el Reglamento para la Autorización de Fun- cionamiento de Universidades; el Acuerdo Nº 029-2003- CONAFU de la Sesión Ordinaria del 20 de febrero del2003 y, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Artículo 16º del Reglamento General del CONA- FU;