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PÆg. 240923 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Informe Nº 008-03/MDLO/OREC de la Unidad de Registro Civil; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26497 publicada el 12 de julio de 1995, se creó el Registro Nacional de Identificación yEstado Civil - RENIEC, encargado de organizar y mante- ner el Registro Único de las Personas Naturales y sus- cribir hechos y actos vitales; Que, en virtud a la norma citada, mediante Resolu- ción Jefatural Nº 023-96-JEF publicada el 11 de abril de 1996, se delega en las Oficinas de los Registros Civilesque funcionan en las Municipalidades Provinciales y Dis- tritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el matrimonio y protege a la familia considerándolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad pe-ruana; Que, a través del Informe del Visto, el Jefe de la Unidad de Registro Civil, propone la realización deun gran matrimonio comunitario con ocasión de cele- brar el XIV Aniversario de la Creación Política del distrito de Los Olivos cuya ceremonia central se rea-lizaría el 5 de abril próximo, proponiendo como Tasa Única a cancelarse por derecho de Matrimonio Comunitario, la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100Nuevos Soles); Estando a lo informado, de conformidad a lo dispues- to en el Art. 4º de la Constitución Política del Estado, laOrdenanza Municipal Nº 031-97/CDLO, el Art. 250º del Código Civil, Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 47º,incisos 6) y 12) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORÍCESE, LA CELEBRA- CIÓN DEL MATRIMONIO COMUNITARIO a realizarse el día sábado 5 de abril del 2003, en conmemoración del XIV Aniversario de creación del distrito de Los Olivos,cuyo cronograma se detalla a continuación: - Inscripciones : 3 al 29 de marzo. - Firma de Actas : 27 de marzo y 1 y 2 de abril. - Ceremonia Central : 5 de abril. - Lugar : Plaza Cívica de PRO - Hora : 4.00 p.m. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE, como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo ade- más adjuntarse los siguientes requisitos: a.Partidas de Nacimiento de ambos contrayentes en original. b.Copia simple de las Libretas Electorales, D.N.I. o C.I.P. de ambos contrayentes. c.1 foto de cada contrayente.d.Declaración Jurada de Estado Civil, Domicilio y de Salud con firma legalizada ante Notario Público. e.Publicación del Edicto Matrimonial (conforme a la recomendación formulada por RENIEC mediante Carta Circular Nº 002-00-P/CREC-RENIEC. f. Recibo de pago de la Tasa Única: S/. 80.00 (Ochen- ta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad del Registro Civil, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones de la Municipalidad, su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 05140Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra-ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 0023-2003/CDLO Los Olivos, 13 de marzo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: La Moción de Alcaldía sobre declaración de urgencia; y, CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Distrital de Los Olivos es un órgano de Gobierno Local con autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, conforme a los artículos 194º de la Constitución Política, y 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853; Que, con Informe Nº 003-2003-MDLO/CE el Presi- dente del Comité Especial a cargo de la Licitación Públi-ca Nacional Nº 002-2003/MDLO/CE refiere que el 12 de febrero las empresas PROFOOD S.A.C., Agraria El Es- corial, LACTIFOOD S.A.C., PRONAZA y AgroindustriaSanta María, presentaron observaciones a las bases, relacionadas con el Objeto del Proceso de Selección y con los Valores Nutricionales Mínimos de los insumos;observaciones que al no ser acogidas se remitieron con Oficio Nº 007-2003-MDLO/CE, de fecha 20 de febrero, al CONSUCODE para su pronunciamiento; Que, con Informe Nº 004-2003-MDLO/CE el Presi- dente del Comité Especial comunica que el CONSUCO- DE ha emitido pronunciamiento con relación a las Ob-servaciones no acogidas, por lo que en consideración de lo resuelto por dicho organismo, se ha venido en reprogramar el calendario de la Convocatoria, el que hasido publicado el martes 11 de marzo en el Diario Oficial El Peruano, el cual refiere que el Otorgamiento de la Buena Pro está programada para el 24 de marzo, seña-lando el Presidente del Comité como fecha tentativa para la suscripción del contrato el 31 del mismo mes; Que, con Informe Técnico Nº 071-2003/MDLO/PVL el Jefe del Programa del Vaso de Leche señala que se hace necesario declarar en Situación de Urgencia la adquisición de los insumos del Programa por espacio decuatro (4) semanas, tiempo estimado de duración del Proceso de Selección, a fin de adquirir 138,880 latas de LECHE EVAPORADA ENTERA EN LATAS DE 410 gr.,hasta por un valor de S/. 240,956.80 (Doscientos Cua- renta Mil Novecientos Cincuenta y Seis con 80/100 Nue- vos Soles); y de 9.728 T.M. de HOJUELA DE QUINUACON AVENA EN BOLSAS DE 500 gr., compuesta por 80% de quinua y 20% de avena, hasta por un valor de S/ . 32,851.46 (Treinta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta yUno con 46/100 Nuevos Soles); Que, con Informe Nº 037-2003-MDLO/OAL la Ofici- na de Asesoría Legal señala que el retraso en la provi-sión de dichos productos podría provocar el desabastecimiento de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; siendo necesario ampliar la urgencia porel lapso de 4 semanas adicionales; por lo que estando a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 19º, literal c) del artículo 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012- 2001-PCM; y, el numeral 2 del artículo 108º, 113º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado- D.S. Nº 013-2001-PCM; Estando a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado y Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y, en ejercicio de las faculta-des conferidas al Concejo por los artículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por UNA- NIMIDAD: ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA por el espacio de 4 semanas la adquisición de Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua con