Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2003 (16/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2003
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 008-03/MDLO/OREC de la Unidad de Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 publicada el 12 de MORDAZA de 1995, se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, encargado de organizar y mantener el Registro Unico de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, en virtud a la MORDAZA citada, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF publicada el 11 de MORDAZA de 1996, se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de Los MORDAZA promueve el matrimonio y protege a la familia considerandolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad peruana; Que, a traves del Informe del Visto, el Jefe de la Unidad de Registro Civil, propone la realizacion de un gran matrimonio comunitario con ocasion de celebrar el XIV Aniversario de la Creacion Politica del distrito de Los MORDAZA cuya ceremonia central se realizaria el 5 de MORDAZA proximo, proponiendo como Tasa Unica a cancelarse por derecho de Matrimonio Comunitario, la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles); Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Estado, la Ordenanza Municipal Nº 031-97/CDLO, el Art. 250º del Codigo Civil, Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 47º, incisos 6) y 12) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORICESE, LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO COMUNITARIO a realizarse el dia sabado 5 de MORDAZA del 2003, en conmemoracion del XIV Aniversario de creacion del distrito de Los MORDAZA, cuyo cronograma se detalla a continuacion: Inscripciones Firma de Actas Ceremonia Central Lugar Hora : 3 al 29 de marzo. : 27 de marzo y 1 y 2 de abril. : 5 de abril. : Plaza Civica de PRO : 4.00 p.m.

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0023-2003/CDLO
Los MORDAZA, 13 de marzo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTA: La Mocion de Alcaldia sobre declaracion de urgencia; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA es un organo de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los articulos 194º de la Constitucion Politica, y 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, con Informe Nº 003-2003-MDLO/CE el Presidente del Comite Especial a cargo de la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003/MDLO/CE refiere que el 12 de febrero las empresas PROFOOD S.A.C., Agraria El Escorial, LACTIFOOD S.A.C., PRONAZA y Agroindustria MORDAZA MORDAZA, presentaron observaciones a las bases, relacionadas con el Objeto del MORDAZA de Seleccion y con los Valores Nutricionales Minimos de los insumos; observaciones que al no ser acogidas se remitieron con Oficio Nº 007-2003-MDLO/CE, de fecha 20 de febrero, al CONSUCODE para su pronunciamiento; Que, con Informe Nº 004-2003-MDLO/CE el Presidente del Comite Especial comunica que el CONSUCODE ha emitido pronunciamiento con relacion a las Observaciones no acogidas, por lo que en consideracion de lo resuelto por dicho organismo, se ha venido en reprogramar el calendario de la Convocatoria, el que ha sido publicado el martes 11 de marzo en el Diario Oficial El Peruano, el cual refiere que el Otorgamiento de la Buena Pro esta programada para el 24 de marzo, senalando el Presidente del Comite como fecha tentativa para la suscripcion del contrato el 31 del mismo mes; Que, con Informe Tecnico Nº 071-2003/MDLO/PVL el Jefe del Programa del Vaso de Leche senala que se hace necesario declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de los insumos del Programa por espacio de cuatro (4) semanas, tiempo estimado de duracion del MORDAZA de Seleccion, a fin de adquirir 138,880 latas de LECHE EVAPORADA ENTERA EN LATAS DE 410 gr., hasta por un valor de S/. 240,956.80 (Doscientos Cuarenta Mil Novecientos Cincuenta y Seis con 80/100 Nuevos Soles); y de 9.728 T.M. de HOJUELA DE QUINUA CON MORDAZA EN BOLSAS DE 500 gr., compuesta por 80% de quinua y 20% de MORDAZA, hasta por un valor de S/ . 32,851.46 (Treinta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Uno con 46/100 Nuevos Soles); Que, con Informe Nº 037-2003-MDLO/OAL la Oficina de Asesoria Legal senala que el retraso en la provision de dichos productos podria provocar el desabastecimiento de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; siendo necesario ampliar la urgencia por el lapso de 4 semanas adicionales; por lo que estando a lo dispuesto en el literal c) del Articulo 19º, literal c) del articulo 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 0122001-PCM; y, el numeral 2 del articulo 108º, 113º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM; Estando a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y, en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por los articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD: ACORDO:

Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE, como unico pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo ademas adjuntarse los siguientes requisitos: a. Partidas de Nacimiento de ambos contrayentes en original. b. MORDAZA simple de las Libretas Electorales, D.N.I. o C.I.P. de ambos contrayentes. c. 1 foto de cada contrayente. d. Declaracion Jurada de Estado Civil, Domicilio y de Salud con firma legalizada ante Notario Publico. e. Publicacion del Edicto Matrimonial (conforme a la recomendacion formulada por RENIEC mediante Carta Circular Nº 002-00-P/CREC-RENIEC. f. Recibo de pago de la Tasa Unica: S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Unidad del Registro Civil, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones de la Municipalidad, su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05140

Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA por el espacio de 4 semanas la adquisicion de Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua con

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