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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2003 (25/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 241412 NORMAS LEGALES Lima, martes 25 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdos Nºs. 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229,230, 231 y 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258,259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267 y 268emitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima se aprobó la nomenclatura vial de distintas Urbani- zaciones, Cooperativas, Asociaciones de Vivienda,Asentamientos Humanos y Pueblos Jóvenes ubica-dos en la jurisdicción del distrito de Santiago de Sur-co; Que, la nomenclatura recientemente aprobada trae consigo la modificación de las direcciones correspondien- tes a los inmuebles y, en algunos casos, incluso la modi-ficación de la numeración asignada; Que, a efecto de facilitar a los vecinos los trámites que han de llevar a cabo, ante instituciones públicas yprivadas, para el registro de la nueva nomenclatura de la calle y numeración modificada a consecuencia de los Acuerdos del Concejo Metropolitano de Lima antes men-cionados, es necesario expedir los certificados de nu-meración que sean requeridos; Que, igualmente es oportuno brindar, a quienes no cuentan formalmente con numeración asignada por la Municipalidad, facilidades a efecto de obtener el Certifi- cado de Numeración; Estando al Informe Nº 070-2003-DDU-MSS emiti- do por la Dirección de Desarrollo Urbano; contandocon los dictámenes favorables Nº 001-2003-CDU/MSS, Nº 012-2003-CEPP/MSS y Nº 019-2003-CAL/ MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano, Eco- nomía, Planificación y Presupuesto y de AsuntosLegales, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36º inciso 3) 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por Unanimidad, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO DE NUMERACIÓN Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de aplicación para todos aquellos inmuebles ubicados en las vías que han sido materia de modificación de acuerdo a lo dispuesto porlos Acuerdos del Concejo Metropolitano mencionadosen el primer considerando. Igualmente, autorizar la expedición del Certifica- do de Numeración, con el beneficio que otorga la presente ordenanza, a todos aquellos que no cuen- ten con numeración otorgada formalmente por laMunicipalidad. Artículo 2.- OBJETOAutorizar la expedición de Certificados de Numera- ción con los beneficios que otorga la presente Ordenan- za a favor de los vecinos propietarios de predios ubica- dos en las vías materia de nueva nomenclatura. Artículo 3º.- REQUISITOSA efectos de obtener el Certificado de Numeración, el vecino deberá presentar: - Solicitud, según formato, debidamente llenada. - Copia del certificado de numeración anteriormente emitido por la Municipalidad o del asiento registral (copiasimple del tomo, ficha o partida registral) en que obre lainscripción de la numeración asignada. - De no contar con certificado de numeración, recibo de pago del derecho, conforme a lo establecido en el artículo siguiente.Para efectos de la presente Ordenanza no serán exigibles los requisitos establecidos en el numeral4.24 del Texto Único de Procedimientos Administrati-vos - TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 94-MSS. Artículo 4º.- BENEFICIO En los casos en que el inmueble cuente con numeración asignada formalmente por la Municipali- dad, mediante Resolución o Certificado de Numera- ción, el vecino propietario del mismo podrá solicitarla convalidación del certificado de numeración exo-nerado del pago del derecho establecido en el nume-ral 4.24 del TUPA. De no contar con numeración autorizada por la Muni- cipalidad, el vecino propietario del inmueble deberá pa- gar por derecho de trámite el equivalente al 50% delcosto del derecho establecido en el numeral 4.24 delTUPA. Artículo 5º.- VIGENCIALa presente ordenanza tendrá vigencia desde el 1 de abril al 31 de agosto del 2003. Artículo 6º.- CUMPLIMIENTOEncargar a la Dirección de Desarrollo Urbano y la Oficina de Administración y Finanzas, el cabal cumpli-miento de la presente, en cuanto les corresponda. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 05706 Encargan despacho de la Alcaldía al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 26-2003-ACSS Santiago de Surco, 20 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de Concejo de la fecha, en atención alpedido presentado por el señor Alcalde CARLOS DAR-GENT CHAMOT y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 10) del artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con la dispensa deltrámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por Una-nimidad el siguiente: ACUERDO 1. Conceder licencia al señor Alcalde CARLOS DAR- GENT CHAMOT del 26 al 28 de marzo de 2003, por tener que atender compromisos de índole particular fue- ra de la capital. 2. Encargar el despacho de Alcaldía al señor Teniente Alcalde ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT mientrasdure la ausencia del titular, con las facultades y atribu-ciones inherentes al cargo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 05746