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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2003 (25/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 241408 NORMAS LEGALES Lima, martes 25 de marzo de 2003 El vencimiento de la fecha de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines correspondiente al ejercicio 2003, es trimestral y se realizará de acuerdo al siguiente cronograma: - 1er. Trimestre: Meses de enero, febrero y marzo del 2003. Vencimiento: el día 31 de marzo del 2003. - 2do. Trimestre: Meses de abril, mayo y junio del 2003. Vencimiento: el día 30 de junio del 2003. - 3er. Trimestre: Meses de julio, agosto y septiembre del 2003. Vencimiento: 30 de septiembre del 2003. - 4to. Trimestre: Meses de octubre, noviembre y di- ciembre del 2003. Vencimiento: 31 de diciembre del 2003. Artículo Tercero.- Por el ejercicio correspondiente al período 2003, dentro de la jurisdicción del distrito de Carabayllo, no ha sido aprobado el Arbitrio de Serenaz- go, por lo cual, no se efectuará ningún cobro por dicho concepto. Artículo Cuarto.- Aprobar como Gastos Administrativos de Emisión y Distribución para las cuponeras de Autoavalúo y Recibos de Pago del Im- puesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 en el 0.323% de la UIT, es decir S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Quinto.- Para cada formato emitido adicional (PU) y/o (PR), se cobrará S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles), es decir 0.161% de la UIT. Artículo Sexto.- Aprobar como Gastos Administrati- vos de Emisión y Distribución de los Recibos de Pago para Arbitrios correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003 en el 0.0323% de la UIT, es decir S/. 1.00 (Uno y 00/100 Nuevo Sol) por trimestre. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Octavo.- Encárguese a la Dirección de Administración Tributaria el cumplimiento, y a la Unidad de Protocolo e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 05743 Amplían plazo de Beneficio de Regularización Tributaria y Adminis-trativa de obligaciones vencidas al 31de diciembre de 2002 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2003-A/MDC Carabayllo, 15 de marzo de 2003 Visto: El Informe Nº 070-2003 de fecha 15 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º inciso 3) de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y ren- tas; Que, la última parte del artículo 41º del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece excepcionalmente, que los Gobiernos Locales po- drán condonar, con carácter general, el interés mo-ratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC, de fecha 15 de enero del 2003 se otorgó en la juris- dicción del distrito de Carabayllo hasta el día 31 de enero del 2003, el "BENEFICIO DE REGULARIZA- CIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obli- gaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del año 2002 a los contribuyentes o responsables tribu- tarios, por los conceptos señalados en los puntos 01, 02 y 03 del Artículo Primero de la Ordenanza en mención; el cual fue ampliado a solicitud de la Direc- ción de Administración Tributaria hasta el día 15 de febrero del 2003 inclusive, mediante Decreto de Al- caldía Nº 002-2003-A/MDC; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2003-A/ MDC de fecha 22 de febrero del 2003, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Carabayllo prorrogó la Orde- nanza Nº 001-2003-A/MDC ampliada mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2003-A/MDC, hasta el día 28 de fe- brero del 2003; facultando a su vez al señor Alcalde del distrito a que pueda prorrogar los efectos de la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC mediante Decreto de Alcaldía has- ta el día 15 de marzo del 2003 inclusive; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 004-2003-A/MDC de fecha 28 de febrero del presente año, se amplió el plazo del BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRI- BUTARIA Y ADMINISTRATIVA inicialmente mencio- nado, hasta el día 15 de marzo del 2003 inclusive; plazo que de acuerdo al informe de visto, ha resulta- do insuficiente para que muchos contribuyentes del distrito regularicen su situación, debido a la falta de una adecuada publicidad en algunos ámbitos aleja- dos de nuestra jurisdicción y de los problemas de liquidez de parte de muchos de nuestros contribu- yentes, quienes han expresado su deseo de acoger- se a dicho beneficio; Que, el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 002- 2003-A/MDC faculta al señor Alcalde para que por De- creto de Alcaldía pueda ampliar el plazo de este benefi- cio, con cargo a dar cuenta al Concejo; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades y a lo dispuesto en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del presente año; DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR por última vez el plazo del "BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del 2002, prorrogado me- diante la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del 2003, y ampliado a través del Decreto de Alcaldía Nº 004-2003-A/MDC; hasta el día 31 de marzo del 2003 inclusive. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Protocolo e Imagen Institucio- nal su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 05744 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Inician procedimiento disciplinario a funcionario de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 141-2003-MDI Independencia, 20 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA