Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2003 (25/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 25 de marzo de 2003

El vencimiento de la fecha de pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines correspondiente al ejercicio 2003, es trimestral y se realizara de acuerdo al siguiente cronograma: - 1er. Trimestre: Meses de enero, febrero y marzo del 2003. Vencimiento: el dia 31 de marzo del 2003. - 2do. Trimestre: Meses de MORDAZA, MORDAZA y junio del 2003. Vencimiento: el dia 30 de junio del 2003. - 3er. Trimestre: Meses de MORDAZA, agosto y septiembre del 2003. Vencimiento: 30 de septiembre del 2003. - 4to. Trimestre: Meses de octubre, noviembre y diciembre del 2003. Vencimiento: 31 de diciembre del 2003. Articulo Tercero.- Por el ejercicio correspondiente al periodo 2003, dentro de la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, no ha sido aprobado el Arbitrio de Serenazgo, por lo cual, no se efectuara ningun cobro por dicho concepto. Articulo Cuarto.- Aprobar como Gastos Administrativos de Emision y Distribucion para las cuponeras de Autoavaluo y Recibos de Pago del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 en el 0.323% de la UIT, es decir S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Quinto.- Para cada formato emitido adicional (PU) y/o (PR), se cobrara S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Nuevos Soles), es decir 0.161% de la UIT. Articulo Sexto.- Aprobar como Gastos Administrativos de Emision y Distribucion de los Recibos de Pago para Arbitrios correspondientes al Ejercicio Fiscal 2003 en el 0.0323% de la UIT, es decir S/. 1.00 (Uno y 00/100 MORDAZA Sol) por trimestre. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Octavo.- Encarguese a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento, y a la Unidad de Protocolo e Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05743

ratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC, de fecha 15 de enero del 2003 se otorgo en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo hasta el dia 31 de enero del 2003, el "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del ano 2002 a los contribuyentes o responsables tributarios, por los conceptos senalados en los puntos 01, 02 y 03 del Articulo Primero de la Ordenanza en mencion; el cual fue MORDAZA a solicitud de la Direccion de Administracion Tributaria hasta el dia 15 de febrero del 2003 inclusive, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2003-A/MDC; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2003-A/ MDC de fecha 22 de febrero del 2003, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Carabayllo prorrogo la Ordenanza Nº 001-2003-A/MDC ampliada mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2003-A/MDC, hasta el dia 28 de febrero del 2003; facultando a su vez al senor MORDAZA del distrito a que pueda prorrogar los efectos de la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC mediante Decreto de Alcaldia hasta el dia 15 de marzo del 2003 inclusive; Que, con Decreto de Alcaldia Nº 004-2003-A/MDC de fecha 28 de febrero del presente ano, se amplio el plazo del BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA inicialmente mencionado, hasta el dia 15 de marzo del 2003 inclusive; plazo que de acuerdo al informe de visto, ha resultado insuficiente para que muchos contribuyentes del distrito regularicen su situacion, debido a la falta de una adecuada publicidad en algunos ambitos alejados de nuestra jurisdiccion y de los problemas de liquidez de parte de muchos de nuestros contribuyentes, quienes han expresado su deseo de acogerse a dicho beneficio; Que, el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 0022003-A/MDC faculta al senor MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia pueda ampliar el plazo de este beneficio, con cargo a dar cuenta al Concejo; Que, estando a lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades y a lo dispuesto en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del presente ano; DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR por MORDAZA vez el plazo del "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA" de las Obligaciones Tributarias vencidas al 31 de diciembre del 2002, prorrogado mediante la Ordenanza Nº 002-2003-A/MDC de fecha 22 de febrero del 2003, y MORDAZA a traves del Decreto de Alcaldia Nº 004-2003-A/MDC; hasta el dia 31 de marzo del 2003 inclusive. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento del presente Decreto y a la Unidad de Protocolo e Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05744

Amplian plazo de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa de obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2002
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2003-A/MDC Carabayllo, 15 de marzo de 2003 Visto: El Informe Nº 070-2003 de fecha 15 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Distritales son organos de Gobierno Local y tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10º inciso 3) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, la MORDAZA parte del articulo 41º del Texto Unic o O r d e n a d o d e l C o d i g o Tr i bu t a r i o, e s t a bl e c e excepcionalmente, que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes mo-

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Inician procedimiento disciplinario a funcionario de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 141-2003-MDI Independencia, 20 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

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