Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2003 (25/03/2003)


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EXPOSICION DE MOTIVOS

NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, martes 25 de marzo de 2003

El MORDAZA de las telecomunicaciones en el Peru, desde su apertura, ha experimentado un importante crecimiento en determinados servicios por efecto de la competencia, como es el caso de los servicios de telefonia de larga distancia nacional e internacional y de los servicios moviles. Sin embargo, los niveles de teledensidad para el servicio de telefonia fija local en nuestro MORDAZA, es decir el numero de personas que acceden a un telefono fijo, se encuentra por debajo de otros paises de la region. Adicionalmente, la oferta de los servicios de telefonia fija se encuentra altamente concentrada 1 , y en los ultimos anos se ha producido una marcada desaceleracion en el crecimiento de lineas. Asimismo se evidencia una limitada oferta de servicios que respondan a las diversas necesidades y demandas de los consumidores y tarifas comparativamente altas a nivel internacional. En esta linea, si bien desde la apertura del MORDAZA de las telecomunicaciones, el Gobierno ha venido adoptando una serie de medidas destinadas a remover barreras legales a la entrada y la inversion de nuevos operadores con el fin de facilitar el ingreso de concesionarios y nuevas tecnologias; en el caso del MORDAZA de telefonia fija local, caracterizado por su alta concentracion y baja contestabilidad 2 , es necesario que paralelamente la regulacion este orientada a permitir que el usuario aproveche las potencialidades tecnologicas para ejercer libremente su derecho a elegir al proveedor que ofrezca las mejores condiciones en precio y calidad en los servicios. Actualmente las condiciones tecnologicas permiten ofrecer a los usuarios practicamente todas las comunicaciones en regimen de competencia independientemente del proveedor de la linea telefonica que estos utilicen. Es el caso de las posibilidades por las que el usuario pueda acceder desde la linea telefonica a las plataformas de servicios de diversos operadores interconectados con la red del operador local. Un primer paso hacia este objetivo, lo encontramos en el numeral 2.10.3 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC, en el cual se definio a los Servicios Especiales con Interoperabilidad como aquellos servicios brindados por los concesionarios de los servicios publicos locales, que deben ser necesaria y obligatoriamente reconocidos por todas las redes de los demas concesionarios de estos servicios 3 . Sin embargo, se evidencia la necesidad de perfeccionar el MORDAZA regulatorio vigente y adoptar las medidas que faciliten dicha interoperabilidad 4 . Uno de los mecanismos que se vienen empleando en la interoperabilidad de redes lo constituyen las tarjetas de pago, MORDAZA estas fisicas o de cualquier modalidad; las que ademas constituyen una de las formas de pago mas utilizadas en la actualidad para el acceso a los servicios publicos de telecomunicaciones. A traves de ellas, los usuarios pueden acceder desde su linea telefonica a distintos servicios -telefonia fija, movil, larga distancia, acceso a Internet, valor anadido- de otros operadores a traves de una sola tarjeta y pueden contar con una gama mas amplia de opciones de servicios a menores precios como resultado de la competencia 5 . Por esta razon es necesario fortalecer los mecanismos que permitan su utilizacion en la red de cualquier operador. En esta linea, el objetivo de la presente MORDAZA es reforzar las posibilidades de eleccion para los usuarios del MORDAZA de tarjetas de pago en los servicios de telefonia fija. Se espera que el efecto de la competencia en este MORDAZA, ademas de brindarle al usuario la posibilidad de elegir al proveedor de servicios, conlleve una gradual disminucion de las tarifas en la telefonia local. Como se ha senalado, la evidencia en los servicios de telefonia de larga distancia muestra que una vez introducida la competencia en la provision de estos servicios, las tarifas disminuyen considerablemente. Luego de la apertura a la competencia en larga distancia entre noviembre de 1999 y MORDAZA del 2002, la tarifa promedio real se redujo en 26% en llamadas internacionales y 7.8% en llamadas de larga distancia nacionales.

El articulo 1º del presente Decreto Supremo establece que las empresas concesionarias de los servicios de telefonia fija, en la modalidad de abonados o telefonos publicos, estan obligados a reconocer y habilitar los codigos de los servicios especiales con interoperabilidad de los otros operadores locales, a fin de facilitar la prestacion de los diversos servicios a los usuarios mediante el uso de tarjetas de pago, de conformidad con lo establecido en el Plan Tecnico Fundamental de Numeracion aprobado por Resolucion Suprema Nº 22-2002-MTC. Por el uso de la red del servicio de telefonia fija local, donde se origina la comunicacion, solo se pagara el cargo de terminacion de llamada y, de ser el caso, el cargo de acceso a los telefonos publicos. Asimismo se dispone que no hay cobro por la programacion de codigos de los servicios especiales con interoperabilidad en la red del servicio de telefonia fija local, ni por otros conceptos que se deriven de su implementacion. De otro lado, cabe senalar que a fin de coadyuvar el crecimiento de lineas para aumentar la penetracion de los servicios preferentemente en areas no atendidas es necesario establecer que las empresas concesionarias que brindan servicios publicos de telecomunicaciones mediante tarjetas de pago a traves de codigos de numeracion para servicios especiales con interoperabilidad, deberan solicitar la ampliacion de sus planes minimos de expansion, los cuales seran evaluados por el MTC. Los principales beneficios que se esperan lograr con esta propuesta son: 1. La reduccion de las tarifas locales, abriendo un MORDAZA MORDAZA a la competencia. 2. Facilitar la prestacion de diversos ser vicios como telefonia fija, movil, larga distancia, acceso a Internet, valor anadido; entre otros, utilizando una sola tarjeta de pago desde cualquier red. 3. Permitir al usuario contar con una gama de servicios desde cualquier terminal de telefonia y ejercer libremente su derecho a elegir al proveedor que ofrezca las mejores condiciones en precio y calidad en los servicios. Adicionalmente, el Ministerio viene trabajando en el diseno de estrategias destinadas a fomentar el desarrollo de las telecomunicaciones en areas rurales y zonas de preferente interes social a traves de un esquema de incentivos con el fin de promover la integracion de los servicios y el acceso universal.

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El 99.60% de la participacion del MORDAZA se encuentra concentrada en un solo operador. Fuente: OSIPTEL, a setiembre de 2002. Dados los altos costos de inversion en infraestructura, operacionales y de mantenimiento que es necesario incurrir para desarrollar a nivel masivo la competencia. La interoperabilidad esta orientada a reconocer y permitir el acceso desde la red de un operador a los servicios de otros operadores, con el fin que el usuario este en condiciones de acceder de manera indistinta a los servicios que ofrece cada operador. Solo asi sera posible que el MORDAZA MORDAZA existente en el servicio de telefonia fija local, que en el caso peruano significa mas del 99%, pueda acceder a los servicios de otros operadores y optimice su decision de consumo. En MORDAZA, Espana y en otros paises de la Comunidad Europea, el organismo regulador ha dispuesto que las tarjetas de pago de un operador MORDAZA reconocidas en las redes de otros operadores, con el fin de promover competencia.

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